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210 NORMAS LEGALES Jueves 30 de diciembre de 2021 El Peruano / DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR, por un periodo de seis meses, el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 057-2020-MDMP, prorrogada inicialmente mediante el Decreto de Alcaldía Nº 001-2021-MDMP y Decreto de Alcaldía Nº 005-2021-MDMP, mediante la cual se otorga bene fi cios para el trámite del certi fi cado de jurisdicción en el Distrito de Mi Perú, según los considerandos expuestos. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Obras y Desarrollo Urbano a través de la Subgerencia de Obras Privadas y Catastro, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente decreto de alcaldía en el Diario O fi cial El Peruano y a la Subgerencia de Tecnología de la Información y Estadística su publicación en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Mi Perú, con dirección electrónica: http://munimiperu.gob.pe Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.JADE ELISA VEGA VEGA Alcaldesa 2026030-1 Prorrogan plazo de vigencia del artículo primero de la Ordenanza N° 079/MDMP, “Ordenanza que Amplía el Plazo Dispuesto en la Segunda Disposición Transitoria y Final de la Ordenanza N° 072-2021/MDMP, que Regula el Procedimiento Administrativo del Otorgamiento de Certificado y/o Constancia de Posesión para la Dotación de Servicios Básicos en el Distrito de Mi Perú” DECRETO DE ALCALDÍA Nº 011-2021MDMP Mi Perú, 20 de diciembre del 2021LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MI PERÚ VISTO: el Memorando Nº 2804-2021-MDMP/GM de Gerencia Municipal, el Informe Legal Nº 468-2021/MDMP/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 242-2021-GODU de la Gerencia de Obras y Desarrollo Urbano, el Informe Nº 367-2021-MDMP/GODU-SGOPC de la Subgerencia de Obras Privadas y Catastro; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional, señala que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Que, de conformidad con el artículo 195º de la norma acotada, los Gobiernos Locales promueven el desarrollo y la economía local, y la prestación de servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo, de manera que son competentes para plani fi car el desarrollo urbano y rural de sus circunscripciones, incluyendo la zonifi cación, urbanismo y el acondicionamiento territorial; desarrollar y regular actividades y/o servicios en materia de saneamiento, ello concordante con el artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, señala que el alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno señaladas en la referida ley mediante decretos de alcaldía, asimismo el artículo 42º re fi ere que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración que no sean de competencia del concejo municipal; Que, mediante Ordenanza Nº 072-2021/MDMP (Ordenanza que Regula el Procedimiento Administrativo del Otorgamiento de Certi fi cado y/o Constancia de Posesión para la Dotación de Servicios Básicos en el Distrito de Mi Perú), publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 06 de agosto del 2021, se reguló el Procedimiento Administrativo para el “Otorgamiento de Constancia de Posesión para la Factibilidad de Servicios Básicos” con la fi nalidad de contribuir a la obtención de los servicios básicos de electri fi cación e instalación de redes de agua y alcantarillado por parte de las Empresas Prestadoras de Servicio (EPS) dentro de la jurisdicción de Mi Perú en posesiones informales, en el marco de la Ley Nº 28687 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 017- 2006-VIVIENDA y demás normas aplicables; Que, el artículo 10º de la Ordenanza Nº 072-2021/ MDMP establece que el procedimiento de constancia de posesión para fi nes de dotación de servicios básicos, comprendido dentro de los alcances de la indicada ordenanza será el valor mínimo del 1% (*) de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT); por otro lado, la Segunda Disposición Transitoria y Final de la indicada ordenanza, establece que la aplicación del pago por derecho de trámite de los administrados, contenido en el art. 10º de la misma, queda suspendido por el plazo de treinta (30) días calendario desde su entrada en vigencia, siendo durante ese lapso de manera gratuita su tramitación; Que, mediante Ordenanza Nº 079/MDMP se dispuso ampliar el plazo dispuesto en la Segunda Disposición Transitoria y Final de la Ordenanza Nº 072-2021/MDMP, que Regula el Procedimiento Administrativo del Otorgamiento de Certi fi cado y/o Constancia de Posesión para la Dotación de Servicios Básicos en el Distrito de Mi Perú, hasta el 31 de diciembre del 2021; asimismo en su artículo segundo se dispuso facultar a la alcaldesa para que mediante decreto de alcaldía, si fuera necesario, dicte las disposiciones complementarias para la adecuada aplicación de la referida ordenanza; Que, mediante Informe Nº 367-2021-MDMP/GODU- SGOPC la Subgerencia de Obras Privadas y Catastro, con la fi nalidad de seguir facilitando a los pobladores de la jurisdicción del Distrito de Mi Perú, el acceso a los servicios básicos de energía eléctrica, agua y desagüe alcanza la propuesta de decreto que dispone prorrogar por un periodo de seis meses, el plazo de vigencia del artículo primero de la Ordenanza Nº 079/MDMP, “Ordenanza que Amplía el Plazo Dispuesto en la Segunda Disposición Transitoria y Final de la Ordenanza Nº 072-2021/MDMP, que Regula el Procedimiento Administrativo del Otorgamiento de Certi fi cado y/o Constancia de Posesión para la Dotación de Servicios Básicos en el Distrito de Mi Perú”; Que, mediante Informe Legal Nº 468-2021- MDMP/GAJ la Gerencia de Asesoría Jurídica, luego del correspondiente análisis del caso, opina por la viabilidad de aprobar, mediante decreto de alcaldía, la prórroga de la Ordenanza Nº 079/MDMP por un periodo de seis meses, en favor de los pobladores del Distrito de Mi Perú; Estando a lo expuesto y lo dispuesto en el artículo 20º, numeral 6 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA:Artículo Primero.- PRORROGAR, por un plazo de seis (06) meses, el plazo de vigencia del artículo primero de la Ordenanza Nº 079/MDMP, “Ordenanza que Amplía el Plazo Dispuesto en la Segunda Disposición Transitoria y Final de la Ordenanza Nº 072-2021/MDMP, que Regula el Procedimiento Administrativo del Otorgamiento de Certi fi cado y/o Constancia de Posesión para la Dotación de Servicios Básicos en el Distrito de Mi Perú”, según los considerandos expuestos.