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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2021 (30/12/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 212

TEXTO PAGINA: 195

195 NORMAS LEGALES Jueves 30 de diciembre de 2021 El Peruano / declaración jurada. Si se detectara la falsedad de uno de los documentos, la Sub Gerencia de Participación Vecinal suspenderá el proceso y/ o dará cuenta a la Gerencia de Desarrollo Humano y Social para que proceda a la cancelación de o fi cio del reconocimiento y la inscripción de la organización, y determinará la aplicación de sanciones que por ley corresponden. TÍTULO V DEL REGISTRO ÚNICO DE ORGANIZACIONES SOCIALES (R.U.O.S.) Artículo 21º.- Información mínima que debe contener los Libros del R.U.O.S. y la Plataforma Virtual R.U.O.S. Los libros del Registro Único de Organizaciones Sociales – R.U.O.S. deberán contener como mínimo la siguiente información: 21.1.- Asiento Principal de Inscripción: Contiene la información que se requiere para la primera inscripción de la organización, contiene: a. Fecha de Inscripción. b. Nivel y tipo de organización.c. Código de Organización – R.U.O.S.d. Nombre o denominación.e. Domicilio exacto de la Organización.f. Fecha de fundación de la organización.g. Número de miembros.h. Señalamiento de los fi nes y objetivo social de la organización. i. Relación de los integrantes del Órgano Directivo.j. Fecha de inicio y término de los cargos directivos.k. Número de la Resolución que reconoce la Organización. 21.2.- Asiento Secundario de Inscripción Contendrá los actos que la organización realice de forma posterior a su inscripción, siendo las siguientes: a. Cambio de nombre o denominación. b. Cambio de domicilio de la organización.c. Aumento o disminución del número de miembros.d. Complementación de miembros del órgano directivo.e. Actualización de reconocimiento y registro de la renovación del Órgano Directivo, y entrega de credenciales. f. Constitución de comisiones u órganos de apoyo.g. Cambio de nivel y tipo de organización.h. Señalamiento del cambio de los fi nes y de objeto social en el estatuto. i. Transformación de la forma jurídica cual haya adoptado la organización. j. Disolución de la Organización aprobada por Asamblea General. TÍTULO VI DEL RECONOCIMIENTO Y REGISTRO MUNICIPAL DE LAS ORGANIZACIONES SOCIALES Artículo 22º.- Responsables del reconocimiento y registro de las Organizaciones Sociales La Gerencia de Desarrollo Humano y Social se encarga de dictar la resolución de reconocimiento como Organización Social, previo informe fi nal de la Sub Gerencia de Participación Vecinal. La Sub Gerencia de Participación Vecinal se encargará del procedimiento para el reconocimiento de las Organizaciones Sociales. Asimismo, luego de su reconocimiento, procederá a su inscripción en el Registro Único de Organizaciones Sociales (R.U.O.S.) de la Municipalidad Distrital de Pucusana, cuya tenencia y custodia de los libros estará bajo su responsabilidad. Artículo 23º.- Estadísticas sobre Organizaciones Sociales registradas en la provincia de Lima La Gerencia de Desarrollo Humano y Social, a través de la Sub Gerencia de Participación Vecinal, lleva las estadísticas de las organizaciones sociales reconocidas y registradas en su ámbito, así como de los actos que realicen con posterioridad. Artículo 24º.- Requisitos que se deben presentar para solicitar el reconocimiento y registro de Organizaciones Sociales. Las Organizaciones Sociales, de cualquier tipo y nivel, para obtener su reconocimiento y registro deben presentar la siguiente documentación: a. Solicitud dirigida a la Sub Gerencia de Participación Vecinal, debiendo señalar en dicha solicitud, nombre del peticionario, su número del documento nacional de identidad, nombre y dirección de su organización, así como el pedido expreso de reconocimiento y registro. b. Copia simple del Libro de Actas que deberá contener: − Copia simple del Acta de fundación o de constitución. − Copia simple del Estatuto y acta de aprobación. − Copia simple del Acta de elección del órgano directivo. c. Copia simple del Libro Padrón de Asociados. d. Plano o croquis referencial de la ubicación del local o domicilio institucional, así como del radio de acción de la organización. e. Otro acervo documental grá fi co y fuentes de registro pueden ser presentados adicionalmente para evidenciar la existencia de hecho, el historial y antecedentes de la organización. 24.1.- Para el registro y actualización en el R.U.O.S. por parte de las Organizaciones Sociales de Base de Apoyo Alimentario en conformidad con la Ley Nº 25307 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 041-2002-PCM. deberán presentar lo siguiente: a) Solicitud dirigida a la Alcalde/sa con atención a la Sub Gerencia de Participación Vecinal con el pedido expreso de reconocimiento y registro o actualización de su reconocimiento y registro. b) Copia simple del acta de constitución mediante asamblea general de socios. c) Copia simple de la nómina de la Junta Directiva y el acta que conste la elección correspondiente. d) Copia simple del Estatuto.e) Copia simple del Padrón de Integrantes, con un número mínimo de quince (15) integrantes en el caso de la OSB de segundo o más niveles. Deberá acreditarse la representación mencionada en el artículo 9º del Reglamento de la Ley Nº 25307 aprobado por D.S Nº 041-2002-PCM y modi fi cado por el D.S Nº 041- 2010-PCM. 24.2. - Que, para efectos de su Registro y Actualización en el R.U.O.S. las Organizaciones de Juventudes deberán presentar lo siguiente: a) Solicitud dirigida a la Alcalde/sa con atención a la Sub Gerencia de Participación Vecinal o la que haga sus veces, con el pedido expreso de Reconocimiento o Actualización, especi fi cando lo siguiente: - El domicilio para fi nes de comunicación. - La Identi fi cación de persona natural en la que recae la representación de la organización. b) Copia Simple del Acta de la Reunión de Constitución o Asamblea General. c) La lista de miembros de la organización, donde se establece, Nombres y Apellidos, edad, fecha de nacimiento, DNI, domicilio, celular y correo electrónico. 24.3. - Que, para efectos de su Registro y Actualización en el R.U.O.S. las Organizaciones de Gestión deberán presentar lo siguiente: a) Solicitud dirigida a la Alcalde/sa con atención a la Sub Gerencia de Participación Vecinal o la que haga