TEXTO PAGINA: 196
196 NORMAS LEGALES Jueves 30 de diciembre de 2021 El Peruano / sus veces, con el pedido expreso de Reconocimiento o Actualización, especi fi cando lo siguiente: - El domicilio para fi nes de comunicación. - Celular y Correo Electrónico del representante.- La Identi fi cación de persona natural en la que recae la representación de la organización. b) Copia Simple del Acta de la Reunión de Constitución o Asamblea General. c) Copia Simple de la Nómina de la Junta Directiva del Comité de Gestión indicando la Vigencia. d) Copia Simple de los Fines y Objetivos a cumplir durante su Vigencia. e) La lista de miembros de la organización, donde se establece, Nombres y Apellidos, DNI, domicilio, celular, correo electrónico y fi rma. Artículo 25º.- Renovación o Actualización del Registro de las Organizaciones Sociales: Las Organizaciones Sociales de cualquier tipo y nivel, para realizar la Renovación o Actualización de registro deberán presentar la siguiente documentación: a) Solicitud dirigida al Alcalde/sa con atención a la Sub Gerencia de Participación Vecinal, debiendo señalar en dicha solicitud, numero de documento nacional de identidad, nombre, dirección domiciliaria de la persona y de su organización, así como el pedido expreso de renovación o actualización. b) Copia simple de DNI de los miembros de la Junta Directiva de la Organización Social. c) Copia simple del acta de Asamblea General en que conste el acuerdo correspondiente y la elección de la nueva junta directiva, y la relación de los miembros que participaron en la asamblea. d) Copia Simple de la Nómina de los miembros del Órgano Directivo. e) Copia simple de la convocatoria o esquela de invitación a la Asamblea General. f) Copia simple de la Nómina de miembros de la Organización Social. g) Copia simple del estatuto de la Organización en caso haya modi fi cación parcial o total, o una declaración jurada de no modi fi cación del estatuto. h) Copia simple de la resolución de reconocimiento anterior. Artículo 26º.- Requisitos adicionales para el Reconocimiento y Registro de las Organizaciones Sociales de Niveles de Superior representación Las Organizaciones Sociales que se articulan entre sí para conformar una organización de mayor representación territorial, establecidas en el artículo 6º numeral 6.1 al 6.8, podrán ser reconocidas y registradas por la Municipalidad Distrital de Pucusana, cumpliendo con los requisitos señalados en el artículo 23º y artículo 24º, debiendo adicionalmente observar los siguientes requisitos: a. Las organizaciones del nivel inferior que conforman la Organización de mayor Nivel deberán obligatoriamente encontrase registradas previamente en el R.U.O.S., para cuyo efecto dichas organizaciones de menor nivel deben mantenerse vigentes. b. Las organizaciones que se articulen entre sí para formar una organización de mayor nivel, deberán tener fi nes en común establecidos y precisados en sus Estatutos. Del mismo modo deberán acompañar el Acta de Acuerdo a la Asamblea de cada Organización donde indique que esta decide ser parte de una Organización de Mayor Nivel. c. La Organizaciones de nivel Superior (Zonales y Distritales), remitirán un acta de vigencia y rati fi cación de su pertenencia a cada una de las Organizaciones que la conforman. En caso que perdieran el número de organizaciones que la conforman y que son requeridas para tener la condición de Organización de Nivel Superior, la Sub Gerencia de Participación Vecinal o la que haga sus veces realizada un informe realizando la veri fi cación del Análisis, ya que se perdería la condición de organización en el nivel registrado.Artículo 27º.- Registro de Organizaciones Sociales en la PLAT-RUOS de la Municipalidad de Lima Metropolitana La Sub Gerencia de Participación Vecinal se encargará de realizar el registro de las Organizaciones Sociales de la Jurisdicción del Distrito de Pucusana en la Plataforma Virtual del R.U.O.S. a cargo de la Municipalidad de Lima Metropolitana. El registro comprende los datos siguientes: 1. Datos de la Organización.1.1. Nombre de la Organización. 1.2. Dirección del Local de la Organización.1.3. Distrito.1.4. Tipo de Organización.1.5. Fecha de Constitución de la Organización.1.6. Número de Miembros de la Organización.1.7. Geolocalización.1.8. Registro de Resolución de Reconocimiento o Actualización. 1.9. Registro de Miembros del Órgano Directivo de la Organización Social. Artículo 28º.- Cali fi cación de los Procedimientos Administrativos y Plazos 28.1.- El reconocimiento y registro de las Organizaciones Sociales en los distintos niveles, es un procedimiento administrativo de evaluación previa por parte de la Sub Gerencia de Participación Vecinal, Sub Gerencia de Obras Privadas y Catastro y de la Sub Gerencia de Gestión del Riesgo de Desastres y fi nalmente por la Gerencia de Desarrollo Humano y Social y está sujeto al silencio administrativo positivo luego de vencer el plazo de 30 días hábiles. 28.2.- La actualización del reconocimiento y registro de la renovación de la Junta Directiva de las Organizaciones Sociales cuya vigencia haya caducado, es un procedimiento administrativo de evaluación previa por parte de la Sub Gerencia de Participación Vecinal y de la Gerencia de Desarrollo Humano y Social, sujeto a silencio administrativo positivo luego de vencer el plazo de 30 días hábiles. 28.3.- El Reconocimiento y Actualización de las Organizaciones Sociales de Base de Apoyo Alimentario, conforme el artículo 11º del Reglamento de la Ley Nº 25307, aprobado por D.S. Nº 041-2002-PCM, el plazo para cali fi car la solicitud de inscripción es de diez (10) días hábiles. Si transcurre el plazo señalado sin que se emitiera pronunciamiento alguno, se tiene por aceptada la solicitud. En el caso que la documentación presentada por la OSB contenga omisiones o de fi ciencias, se le comunicara para que regularice dentro del plazo de quince (15) días hábiles, más al término de la distancia. Transcurrido el plazo sin que se regularice el trámite se dará por no presentado la solicitud de reconocimiento o actualización. Artículo 29º.- Certi fi cado Otorgado a las Organizaciones Sociales La Sub Gerencia de Participación Vecinal otorgara el respectivo certi fi cado que acredite la inscripción de la Organización Social en el Registro Único de Organizaciones Sociales R.U.O.S. de la Municipalidad Distrital de Pucusana. El Certi fi cado contendrá lo siguiente: a. Nombre de la Organización. b. Nivel y Tipo de Organización.c. Código de Identidad de la Organización.d. Dirección de Domicilio Institucional.e. Radio de Acción.f. Periodo de vigencia de la Certi fi cación. g. Restricciones de la Personería Municipal conforme el artículo 16º de la presente Ordenanza. h. Firma y Sello del Sub Gerente de Participación Vecinal. Artículo 30º.- Credenciales de los Directivos de las Organizaciones Sociales