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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE ENERO DEL AÑO 2021 (15/01/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 20

20 NORMAS LEGALES Viernes 15 de enero de 2021 / El Peruano CUL TURA Modifican la R.M. N° 000001-2021-DM/MC, mediante la cual se delega facultades y atribuciones en diversos funcionarios del Ministerio durante el Ejercicio Fiscal 2021 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 000010-2021-DM/MC San Borja, 14 de enero del 2021VISTOS; el Informe N° 000007-2021-DGIA/MC de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes; el Informe N° 000032-2021-OGAJ/MC de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, por la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modi fi catoria, se crea el Ministerio de Cultura, como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, estableciéndose las áreas programáticas de acción sobre las cuales ejerce sus competencias y atribuciones para el logro de los objetivos y metas del Estado; Que, el último párrafo del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, dispone que los Ministros de Estado pueden delegar en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función, siempre que la normatividad lo autorice; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 000001- 2021-DM/MC, se delega facultades y atribuciones en diversos funcionarios del Ministerio durante el Ejercicio Fiscal 2021; Que, el numeral 12.1 del artículo 12 del Decreto de Urgencia N° 022-2019, Decreto de Urgencia que promueve la actividad cinematográ fi ca y audiovisual, dispone que se puede otorgar apoyo económico proveniente de donaciones de personas naturales y jurídicas de derecho privado, las mismas que deben ser aceptadas por el Ministerio de Cultura, de conformidad con lo establecido en el numeral 70.1 del artículo 70 del precitado Decreto Legislativo 1440; asimismo, señala que el titular del Ministerio de Cultura puede delegar la aceptación de las donaciones en la Dirección General de Industrias Culturales y Artes o la que haga de sus veces; Que, al respecto, a través del Informe N° 000007- 2021-DGIA/MC, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes solicita que se le delegue facultades para la aceptación de donaciones en el marco de lo dispuesto en el numeral 12.1 del artículo 12 del Decreto de Urgencia N° 022-2019; Que, por otro lado, mediante el Informe N° 000032-2021- OGAJ/MC, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, en el marco de lo establecido en el numeral 25.6 del artículo 25 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC, propone la modi fi cación del literal c) del numeral 3.1 del artículo 3 de la Resolución Ministerial N° 000001-2021-DM/MC; y, que se delegue en el/la Secretario/a General del Ministerio de Cultura, durante el Ejercicio Fiscal 2021, la facultad de autorizar transferencias fi nancieras a los Sub Comités de Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo CAFAE de las Unidades Ejecutoras 002: MC - Cusco, 005: MC - Naylamp – Lambayeque, y 009: MC - La Libertad, con la fi nalidad de dotar de celeridad y e fi cacia a la autorización de dichas transferencias fi nancieras; Que, en ese sentido, se estima pertinente modi fi car la Resolución Ministerial N° 000001-2021-DM/MC; Con la visación de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y modi fi catorias; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modi fi catoria; el Decreto de Urgencia N° 022-2019, Decreto de Urgencia que promueve la actividad cinematográ fi ca y audiovisual; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC; SE RESUELVE:Artículo 1.- Incorporación del artículo 9-A a la Resolución Ministerial N° 000001-2021-DM/MC Incorpórase el artículo 9-A a la Resolución Ministerial N° 000001-2021-DM/MC, quedando redactado de la siguiente manera: “Artículo 9-A.- Delegar en el/la Director/a General de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, la facultad de aceptar donaciones de personas naturales y/o jurídicas de derecho privado, en el marco de lo establecido en el numeral 12.1 del artículo 12 del Decreto de Urgencia N° 022-2019, Decreto de Urgencia que promueve la actividad cinematográ fi ca y audiovisual”. Artículo 2.- Modi fi cación del literal c) del numeral 3.1 y el sub numeral 3.3.2 del numeral 3.3 del artículo 3, e incorporación del sub numeral 3.3.3 al numeral 3.3 del artículo 3 de la Resolución Ministerial N° 000001-2021-DM/MC Modifícase el literal c) del numeral 3.1 y el sub numeral 3.3.2 del numeral 3.3 del artículo 3, e incorpórase el sub numeral 3.3.3 al numeral 3.3 del artículo 3 de la Resolución Ministerial N° 000001-2021-DM/MC; los mismos que quedan redactados en los siguientes términos: “(…) 3.1 En Materia Presupuestaria: Respecto del Pliego 003: Ministerio de Cultura.- (…)c. Aprobar y remitir la evaluación anual del Presupuesto Institucional del Ministerio de Cultura y suscribir la Ficha Técnica de los Indicadores de la Evaluación Institucional Financiera, de conformidad con la normativa vigente en la materia. (…) 3.3 En materia de Recursos Humanos: (…)3.3.2 Respecto de la Unidad Ejecutora 002: MC – Cusco, y Unidad Ejecutora 009: MC - La Libertad a. Resolver los recursos interpuestos contra los actos administrativos emitidos respecto de solicitudes de reconocimiento de boni fi caciones, asignaciones, subsidios y otros conceptos de similar naturaleza, remunerativa y no remunerativa, resueltos por los/las Directores/as de las Direcciones Desconcentradas de Cultura, dando fi n a la instancia administrativa. b. Autorizar las transferencias fi nancieras a los Sub Comités de Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo CAFAE correspondientes.” 3.3.3. Respecto de la Unidad Ejecutora 005: MC - Naylamp – Lambayeque Autorizar las transferencias fi nancieras al Sub Comité de Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo CAFAE.” Artículo 3.- La presente resolución entra en vigencia el mismo día de su publicación en el diario o fi cial “El Peruano”. Artículo 4.- Remitir copia de la presente resolución a los funcionarios a quienes se les ha delegado facultades. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente resolución en el portal institucional del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALEJANDRO ARTURO NEYRA SANCHEZ Ministro de Cultura 1919825-1