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21 NORMAS LEGALES Viernes 15 de enero de 2021 El Peruano / DEFENSA Autorizan viaje de oficial de la Marina de Guerra del Perú a México, en misión de estudios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 018-2021-DE Lima, 14 de enero del 2021 VISTOS: El O fi cio N° 4918/51 de la Secretaría de la Comandante General de la Marina; el O fi cio N° 1229-2020-MINDEF/VPD/DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 00010-2021-MINDEF/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, el Centro de Estudios Superiores Navales (CESNAV) es un Centro Educativo Naval que imparte estudios de postgrado, relacionados con las Operaciones Navales y la Seguridad y Defensa Nacional, al personal de la Armada de México, así como, a los O fi ciales de otras Armadas. Actualmente, se imparten los Cursos de Mando y Liderazgo, Mando Superior y Seguridad de la Información, Sistemas de Armas, Informática con Análisis de Operaciones, Comunicaciones Navales, Electrónica Naval, Logística (básico, medio y avanzado) e Inteligencia (Ofi cial analista y O fi cial de caso); Que, con O fi cio N° A-1049 del 17 de julio de 2020, el Secretario de Marina de los Estados Unidos Mexicanos cursa invitación al Comandante General de la Marina de Guerra del Perú para que un (1) O fi cial Superior, del grado de Capitán de Corbeta de dicha Institución Armada, se desempeñe como Asesor Comisionado en el Centro de Estudios Superiores Navales (CESNAV); Que, mediante O fi cio Nº 120/44 del 21 de julio de 2020, el Agregado de Defensa y Naval a la Embajada del Perú en los Estados Unidos Mexicanos traslada a la Comandancia General de la Marina la invitación cursada por el Secretario de Marina de los Estados Unidos Mexicanos, la cual es aceptada por el Comandante General de la Marina, con O fi cio N° 1159/51 del 26 de noviembre de 2020; Que, a través del Informe Legal N° 038-2020/AS-DGE del 20 de noviembre de 2020, el Jefe de la O fi cina de Asesoría Legal de la Dirección General de Educación de la Marina considera viable autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, al O fi cial Superior Miguel Ángel LAZO LUNA, designado por la Junta de Selección a través del Acta N° 014-2020, a partir del 01 de febrero de 2021 y su retorno el 01 de febrero de 2023, así como autorizar su salida el 31 de enero de 2021; Que, con O fi cio Nº 1273/52 del 23 de noviembre de 2020, la Dirección General de Educación solicita al Comandante General de la Marina se gestione la misión de estudios del Capitán de Corbeta Miguel Ángel LAZO LUNA, para que se desempeñe como Asesor Comisionado en el Centro de Estudios Superiores Navales (CESNAV), como profesor y enlace de la Marina de Guerra del Perú, en la Ciudad de México, Estados Unidos Mexicanos; Que, asimismo, el acotado documento indica que teniendo en cuenta que la duración de la misión de estudios abarca más de un ejercicio presupuestal, los pagos por el período del 01 de febrero al 31 de diciembre de 2021, se efectuarán con cargo al presupuesto del Año Fiscal 2021; y, para completar el período de duración de la misión de estudios, a partir del 01 de enero de 2022 al 01 de febrero de 2023, los pagos se efectuarán con cargo al presupuesto del año fi scal respectivo; Que, con O fi cio N° 4918/51 del 04 de diciembre de 2020, la Secretaría de la Comandancia General de la Marina solicita a este Ministerio la autorización de viaje al exterior del Capitán de Corbeta Miguel Ángel LAZO LUNA, para que se desempeñe como Asesor Comisionado en el Centro de Estudios Superiores Navales (CESNAV), como profesor y enlace de la Marina de Guerra del Perú, del 01 de febrero de 2021 al 01 de febrero de 2023; así como, autorizar su salida del país el 31 de enero de 2021; Que, con la Exposición de Motivos, anexada al O fi cio N° 4918/51, se informa que la participación del O fi cial Superior en el principal centro de pensamiento estratégico militar mexicano permitirá a la Marina de Guerra del Perú tener o fi ciales con experiencia en análisis y adaptación de los avances actuales de seguridad y defensa nacional, evaluación para el asesoramiento, negociación y toma de decisiones en las políticas, estrategias y acciones del Estado; así como, conocer los principios, conceptos, criterios y normas de liderazgo de alto nivel; Que, conforme a las Certi fi caciones de Crédito Presupuestario N° 0000000001, N° 0000000002 y N° 0000000004, del 12 y 14 de enero de 2021, respectivamente, emitidas por la Dirección de Presupuesto de la Dirección General de Economía de la Marina, se garantiza el fi nanciamiento del presente viaje durante el Año Fiscal 2021; Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, será reducido en la misma cantidad que la boni fi cación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú; Que, de conformidad con el artículo 26 de la Ley Nº 28359, Ley de Situación Militar de los O fi ciales de las Fuerzas Armadas, modi fi cada por Decreto Legislativo Nº 1143, el O fi cial Superior nombrado en comisión de servicio o misión de estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio previsto en la ley de la materia; Que, a través del O fi cio N° 1229-2020-MINDEF/ VPD/DIGRIN, la Dirección General de Relaciones Internacionales remite el Informe Técnico N° 036-2020-MINDEF/VPD/DIGRIN, mediante el cual emite opinión favorable para la presente autorización de viaje al exterior; Que, mediante el Informe Legal N° 00010-2021-MINDEF/SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera que es legalmente viable autorizar el viaje del personal de la Marina, conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el Reglamento de viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE-SG; así como el citado Decreto Supremo N° 262-2014-EF; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y modi fi catoria; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, y sus modi fi catorias; y, el Decreto Supremo N° 262-2014-EF, modi fi cado por Decreto Supremo N° 414- 2019-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el