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90 NORMAS LEGALES Viernes 29 de enero de 2021 / El Peruano Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial El Peruano y a la Subgerencia de Gobierno Electrónico y Digital, la publicación del Decreto en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Pachacámac: www. munipachacamac.gob.pe Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.GUILLERMO ELVIS POMEZ CANO Alcalde 1923714-1 Prorrogan plazo de vigencia estipulado de la Ordenanza N° 250-2020-MDP/C, que establece el Otorgamiento de Beneficios Tributarios y No Tributarios en el distrito de Pachacámac DECRETO DE ALCALDÍA N° 004-2021-MDP/A Pachacámac, 26 de enero del 2021EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACHACÁMAC VISTO: El Informe N° 012-2021-MDP/GAT-SGREC de la Subgerencia de Recaudación y Ejecución Coactiva, el Informe N° 004-2021-MDP/GAT de la Gerencia de Administración Tributaria y el Informe N° 038-2021-MDP/OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica, sobre la propuesta de Prórroga de la Ordenanza 250-2020-MDP/C “Que Otorga Bene fi cios Tributarios y No Tributarios en el Distrito de Pachacámac”; Y, CONSIDERANDO:Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley N° 30305, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N°27972 establece que “Los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativos y de administración, con sujeción al Ordenamiento Jurídico”. Que, el Artículo 42° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, indica que “Los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal”. Que, mediante Ordenanza Municipal N°250-2020- MDP/C que establece el Otorgamiento de Bene fi cios Tributarios y No Tributarios en el Distrito de Pachacámac”. Asimismo, mediante Decreto de Alcaldía Nº001-2021-MDP/A, donde se prorrogó la vigencia de dicha Ordenanza hasta el 31 de enero de 2021. Que, con Informe N° 012-2021-MDP/GAT-SGREC la Subgerencia de Recaudación y Ejecución Coactiva, propone prorrogar hasta el 15 de febrero de 2021, el plazo estipulado en la Primera Disposición Final de la Ordenanza Municipal Nº 250-2020-MDP/C Que Otorga Bene fi cios Tributarios y No Tributarios en el Distrito de Pachacámac, mediante Decreto de Alcaldía. Que, mediante Informe N° 004-2021-MDP/GAT la Gerencia de Administración Tributaria recomienda extender hasta el 15 de febrero de 2021 el plazo de vigencia estipulado en la Ordenanza Municipal N° 250-2020-MDP/C, de conformidad con la Sexta Disposición Final de la misma, en razón de promover el pago anual de las obligaciones tributarias del ejercicio 2020, de periodos anteriores e incentivar la cultura tributaria a través del pago puntual de sus deudas.Que, mediante Informe N° 038-2020-MDP/OAJ, la Ofi cina de Asesoría Jurídica opina que resulta procedente la prorroga de la Ordenanza N° 250-2020-MDP/C que Otorga Bene fi cios Tributarios y No tributarios en el Distrito de Pachacámac, conforme a la fecha propuesta al 15 de febrero de 2021, debiendo emitirse el acto administrativo correspondiente. Que, de conformidad con la Sexta Disposición Final de la Ordenanza Nº 250-2020-MDP/C se faculta al señor Alcalde del Distrito de Pachacámac para que mediante Decreto de Alcaldía establezca prorrogas en la vigencia de la misma. Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas en el numeral 6° del artículo 20° y el artículo 42° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA:Artículo Primero.- PRORROGAR el plazo de vigencia estipulado de la Ordenanza N° 250-2020-MDP/C, ampliada por Decreto de Alcaldía Nº 001-2021-MDP/A, hasta el 15 de febrero de 2021, de conformidad con la Sexta Disposición Final de la misma. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Administración Tributaria, O fi cina de Administración y Finanzas y sus unidades dependientes, en cuanto les corresponda. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Pachacámac: www. munipachacamac.gob.pe Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.GUILLERMO ELVIS POMEZ CANO Alcalde 1923707-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Declaran diversas vías como Zonas Rígidas para el estacionamiento de vehículos las 24 horas del día DECRETO DE ALCALDÍA Nº 01-2021-DA/MPC Callao, 20 de enero del 2021 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO CONSIDERANDO:Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por la Ley Nº 30305 - Ley de Reforma Constitucional, precisa que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972. Que, el inciso 1 y 6 del artículo 20° de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972, establece entre las atribuciones del Alcalde la de defender y cautelar los derechos e intereses de la municipalidad y los vecinos, así como; dictar Decretos y Resoluciones de Alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas;