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80 NORMAS LEGALES Viernes 29 de enero de 2021 / El Peruano Que, posteriormente con fecha 26 de abril del 2019, se reunieron en la ciudad de Tacna, los gobernadores regionales de los Departamentos de Tacna, Arequipa, Cusco, Madre de Dios y Moquegua con el objeto de restablecer las actividades inherentes a la Mancomunidad Regional Macro Región Sur; adoptando la determinación de “constituir” nuevamente ésta entidad macrorregional, acordando asimismo aprobar su Estatuto, y elegir al “Primer” Presidente del Comité Ejecutivo, suscribiendo el correspondiente Acta de “creación”. Que, seguidamente con fecha 10 de mayo del 2019, nuevamente se reunieron en la ciudad de Puerto Maldonado, los Gobernadores Regionales de la Mancomunidad, bajo la Presidencia del Gobernador Regional de Tacna, señor Juan TONCONI QUISPE; en la cual acordaron aprobar el Plan Operativo Institucional y el Presupuesto Institucional para el Año Fiscal 2019, designar como Director Ejecutivo, equivalente a Gerente General, al Mag. Abel SARAVIA ANGLES, y fi jar el Presupuesto de la Macro Región Sur para el Año Fiscal 2019, en la suma de S/. 500,000.00, de los cuales S/. 450,000.00, corresponde a servicios y S/. 50,000.00, a bienes de capital. Que, la solicitud de emisión de una nueva Ordenanza Regional constitutiva de la Mancomunidad Regional “MACRO REGIÓN SUR”, conllevaría a suponer que ésta Entidad aún no existe como persona jurídica o que se ha disuelto o extinguido, lo cual no se ajusta a la verdad. Los cambios producidos con posterioridad a la constitución legal de la Mancomunidad Regional Macro Región Sur, tales como una conformación diferente de los Gobiernos Regionales que inicialmente la integraban o la reconformación de su cuerpo directivo no con fi guran causal de disolución o extinción de su personería jurídica de derecho público. Que, resulta más apropiado, emitir una Ordenanza de Rati fi cación del Acuerdo de continuidad de su vida institucional, de sus Estatutos, de aprobación del Plan Operativo Institucional y el Presupuesto Institucional para el Año Fiscal 2019; así como, de la designación del Mag. Abel SARAVIA ANGLES, como Director Ejecutivo equivalente a Gerente General. Que, con O fi cio Nº 787-2019-GOREMAD/GR y reiterada mediante O fi cio Nº 377-2020-GOREMAD/GR, el Gobernador Regional de Madre de Dios, requiere al Consejo Regional de Madre de Dios, la emisión de una nueva Ordenanza Regional de constitución de la Mancomunidad Regional de la Macro Región Sur, a instancia del Presidente del Comité Ejecutivo de la Mancomunidad Regional Macro Región Sur. Que, luego de haberse producido en el tiempo y a resultas de las últimas elecciones regionales, una sucesión política y una renovación de los Gobiernos Regionales y por consiguiente, de su componente humano, se propone también restablecer los cuadros directivos de la Mancomunidad, con la novedad de la ausencia de la representación de los Gobiernos Regionales de Puno y Apurímac. Esta situación, amerita la necesidad de reconformar los órganos de representación de dicha Entidad más no una nueva constitución de algo que ya existe, por cuanto dicha Mancomunidad ya ha sido constituída legalmente. Que, el artículo 6º la Ley 30804, Ley de Mancomunidad Regional, establece que la Ordenanza Regional que incluya “el presupuesto aprobado, el mismo que debe ser transferido a la mancomunidad regional para el inicio de sus operaciones”, debe ser aprobada por el Consejo Regional en una sesión “ordinaria”. Que, la Comisión de Presupuesto y Fiscalización, en su Dictamen Nº 005-2020-GOREMAD-CR/CPYF, considera que, fuera del requerimiento de rati fi cación de la Mancomunidad Regional “MACRO REGIÓN SUR”, es procedente la continuidad de su vigencia o vida institucional, su Estatuto y los Acuerdos contenidos en el Acta de Sesión de la Mancomunidad Regional “MACRO REGIÓN SUR”, suscrita con fecha 10 de mayo del 2019, sobre aprobación del Plan Operativo Institucional (POI) 2019, de presentación y aprobación de su Presupuesto Institucional Año 2019 y designación de su Director Ejecutivo.El Consejo Regional de Madre de Dios, en uso de sus facultades conferidas por la Constitución Política del Estado; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias; con el voto aprobatorio por unanimidad, HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE:Artículo Primero .- RATIFICAR, la continuidad de la vida institucional de la Mancomunidad Regional “MACRO REGIÓN SUR”, acordada por los Gobernadores Regionales de Arequipa, Cusco, Moquegua, Madre de Dios y Tacna, en la ciudad de Tacna, con fecha 26 de abril del 2019. Artículo Segundo.- RATIFICAR, el contenido del Estatuto de la Mancomunidad Regional “MACRO REGIÓN SUR”; así como, de la elección del Presidente del Comité Ejecutivo, acordada con fecha 26 de abril del 2019. Artículo Tercero.- RATIFICAR, el contenido del Acta de Sesión de la Mancomunidad Regional “MACRO REGIÓN SUR”, suscrita con fecha 10 de mayo del 2019; en cuanto a la aprobación del Plan Operativo Institucional (POI) 2019, de presentación y aprobación de su Presupuesto Institucional Año 2019 y designación de su Director Ejecutivo”. Artículo Cuarto.- DEJAR SIN EFECTO, toda disposición que contravenga a la presente Ordenanza Regional. Artículo Quinto.- DISPENSAR, la emisión de la presente norma regional, del trámite de lectura y aprobación del acta correspondiente. Artículo Sexto.- ENCARGAR, a la O fi cina Regional de Administración del Gobierno Regional Madre de Dios, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial “El Peruano” y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional Madre de Dios. Comuníquese al señor Gobernador Regional de Madre de Dios, para su promulgación. En la ciudad de Puerto Maldonado, a los seis días del mes de noviembre del año dos mil veinte. FATIMA PIZANGO SALAZAR Consejera DelegadaConsejo Regional POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.Dado en la Sede del Gobierno Regional de Madre de Dios, a los nueve días del mes de noviembre del año dos mil veinte. LUIS GUILLERMO HIDALGO OKIMURA Gobernador Regional 1923247-1 GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI Aprueban el Nuevo Reglamento de Aplicación de la Zonificación Ecológica y Económica - ZEE del Departamento de Ucayali ORDENANZA REGIONAL Nº 006-2020-GRU-CR POR CUANTO:El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en los Artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV