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53 NORMAS LEGALES Domingo 28 de febrero de 2021 El Peruano / Granja Carrizales” (inscrito en la partida 90172972 del Registro de Predios de Cañete), en adelante, para efectos del presente procedimiento al predio señalado lo denominaremos “Carrizales 01”; asimismo adjunta los anexos: Memoria Descriptiva (Predio de Propiedad de INDUPARK SAC.), Plano de ubicación U-01, Plano Perimétrico P-1 del predio, Copia Legalizada de Escritura Pública de fecha 04 de abril de 2019, Declaración Jurada (Guillermo Javier Camino Bellido e INDUPARK S.A.C. que no existe discrepancia, reclamo o situación litigiosa) , Expediente Técnico: Memoria Descriptiva, Plano de Uso de Suelos Actual PI-04, Plano de Zoni fi cación Propuesta PI-05, Plano de Planeamiento Integral PI-03; Que, con Informe N° 0765-DYCH-SGOP-2019, de fecha 13 de noviembre del 2019, la Sub Gerencia de Obras Privadas de la Municipalidad Provincial de Cañete, respecto al análisis de los documentos presentados por el administrado, es necesario precisar que se re fi ere al mismo predio que inició el procedimiento en el año 2018, con el documento de inscripción preventiva P90285656, actualmente el administrado ha realizado la inscripción defi nitiva en los Registros Públicos SUNARP mediante Partida P90172972, presentando sus planos y memoria descriptiva con las características actuales del predio solicitado, se ha replanteado las dimensiones con la memoria descriptiva y planos: Plano Perimétrico, Plano Lámina P-1, Plano de Ubicación Lámina U-1, fi rmado por el Ing. Geográfo Ernesto Vicente Lazo Robles. Asimismo, con la inscripción de fi nitiva del predio se ha replanteado las dimensiones con la memoria descriptiva y planos replanteados: Plano de Planeamiento Integral Lámina PI-03, Plano de Usos de Suelo Actual Lámina PI-04, Plano de Propuesta de Zoni fi cación Lámina PI-05 fi rmado por el Ing. Civil Jeyner Saucedo Chuquimbalqui con registro CIP. 178200. De acuerdo a la calidad mínima de las obras de habilitación Urbana los proyectos Industriales I-2 le corresponde TIPO C o superior; las secciones (anchos) de vías propuestas tiene las siguientes: Av. Chilca –Pucusana Corte 1-1 Ancho Total 31.20 M; por lo que se concluye que es procedente el Planeamiento Integral técnicamente solicitado por el administrado de acuerdo a los antecedentes y actuados; rati fi cando el Informe N° 0855-DYCH-SGOP-2019, de fecha 10 de diciembre del 2019, donde se considera procedente el Planeamiento Integral (PI) técnicamente del predio P90172972 con un área igual a 65,000 m2; Que, con Informe N° 129-2020-MPFR-GODUR- MPC, de fecha 05 de febrero del 2020, la Gerencia de Obras, desarrollo Urbano y Rural de la Municipalidad Provincial de Cañete, concluye que, de acuerdo a la verifi cación e informes técnicos, que ameritaron un pronunciamiento por parte de la Sub Gerencia de Obras Privadas, por ser de su competencia, por especialidad, respecto a la aprobación de la propuesta de la aprobación de Planeamiento Integral, por tanto, la Gerencia da conformidad técnica del Planeamiento Integral, remitiendo al Despacho de Asesoría Jurídica, para su revisión y posteriormente elevarlo al Concejo Municipal, para su determinación de aprobación, del predio rústico inscrito en la Partida electrónica N° P90172972, denominado Granja Carrizales, ubicado en el distrito de Chilca, provincia de Cañete, departamento de Lima; Que, mediante Proveído N° 77-2020-GAJ-MPC, de fecha 11 de febrero de 2020, la Gerencia de Asesoría Jurídica de la Municipalidad Provincial de Cañete, re fi ere que estando en el TUPA de la MPC, establece dentro del procedimiento anexión al área urbana y asignación de zoni fi cación de terrenos anexados al área urbana, establece como requisito la presentación de la copia del título de propiedad; y considerando que a fojas 242 del expediente obra copia de la partida Electrónica N° 90172972, perteneciente al inmueble sección este del predio denominado Granja Carrizales en el cual no se encuentra consignado el área del predio, en tal sentido solicita que previamente a emitir opinión legal, se requiera al administrado, cumpla con remitir copia literal en donde se consigne el área de la propiedad inmueble, a causa de ello, el administrado INDUPARK, mediante escrito de fecha 18 Jr. Quilca 556 - Lima 1 Teléfono: 315-0400, anexo 2048mloyola@editoraperu.com.pe