TEXTO PAGINA: 40
40 NORMAS LEGALES Domingo 28 de febrero de 2021 / El Peruano a través de la implementación de medidas de mejoras en los despachos judiciales , procedimientos de simpli fi cación y virtualización ;y fortalecimiento de competencia de los operadores y del Equipo Multidisciplinario en las veinticuatro Cortes Superiores de Justicia que forman parte de su ambito de acción . Cuarto. Que, en este contexto la señora Consejera Responsable del Programa Presupuestal 0067 “Celeridad en los Procesos Judiciales de Familia” pone en conocimiento de este Órgano de Gobierno, la necesidad de reconocer y felicitar a los integrantes del citado Programa , por haber cumplido cabalmente con sus labores en el presente año; señalando que pese a las difi cultades por la emergencia sanitaria que vive el país , se logro cumplir con las metas trazadas en su plan de actividades . Quinto. Que, teniendo en consideración que es política de este órgano de gobierno reconocer el desempeño de los servidores de este Poder del Estado , en el ejercicio el desempeño de los servidores de este Poder del Estado, en el ejercicio de sus funciones jurisdiccionales y/o administrativas, conforme a lo previsto en el artículo 233° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, así como en el ejercicio de la facultad conferida en el artículo 82°, inciso 26), del mismo cuerpo legal, que determina como una de las funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, adoptar acuerdos y medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia, corresponde emitir el acto administrativo correspondiente. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 1603-2020 de la septuagésima sexta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 30 de diciembre de 2020, realizada en forma virtual con la participación de los señores Lecaros Cornejo, Arévalo Vela, Lama More, Álvarez Trujillo, Pareja Centeno y Castillo Venegas; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Reconocer y felicitar a los siguientes funcionarios del Programa Presupuestal 0067 “Celeridad en los Procesos Judiciales de Familia”, por su labor y compromiso con el fortalecimiento institucional: Nombre y Apellidos Cargo Miguel Alan Puente Harada Responsable Técnico del PP 0067 Evelia Rosalina Fátima Castro AvilésCoordinadora de Seguimiento y Evaluación del PP0067 Madeleine Katherine Chura ArenasApoyo en los procesos y procedimientos jurisdiccionales de Familia del PP0067 Wendy Madeleine Córdova Barrientos Apoyo Jurídico del PP0067 Daniel Roberto Nagata AguirreApoyo Estadístico en las Actividades de Monitoreo y Evaluación del PP 0067 Carlos Rodolfo Pérez Hernández Apoyo Logístico y Contable del PP0067 Nancybell Dorell Ly Bellido Apoyo Administrativo del PP0067 Artículo Segundo.- Disponer que la presente resolución sea anotada en el legajo personal de cada uno de los funcionarios del Programa Presupuestal 0067 “Celeridad en los Procesos Judiciales de Familia”. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución al Programa Presupuestal 0067 “Celeridad en los Procesos Judiciales de Familia”; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO Presidente 1931121-3GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Establecen, a partir del 1 de setiembre de 2021, la obligatoriedad del uso de la Agencia Virtual del SAT , para la presentación de la declaración jurada del Impuesto al Patrimonio Vehicular e Impuesto Predial; así como para la liquidación de pago del Impuesto de Alcabala, que puede efectuarse también a través del Módulo de Notario-SAT en notarías afiliadas SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA - SAT RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 001-004-00004556 Lima, 26 de febrero de 2021.CONSIDERANDO: Que, mediante Edicto N.º 225, se creó el Servicio de Administración Tributaria - SAT, como organismo público descentralizado de la Municipalidad Metropolitana de Lima, con personería jurídica de derecho público interno y con autonomía administrativa, económica, presupuestaria y fi nanciera; Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 12 y 13 del Reglamento de Organización y Funciones - ROF del SAT, aprobado mediante la Ordenanza N.º 1698, modi fi cada por la Ordenanza N.º 1881, la Jefatura de la Institución tiene como principal objetivo dirigir, controlar y supervisar el correcto funcionamiento de la Entidad; suscribir toda clase de actos conducentes al desarrollo y a los objetivos de la Entidad; así como aprobar la normativa destinada a poner en conocimiento de los contribuyentes o responsables el adecuado cumplimiento de sus obligaciones tributarias; Que, a través de la Resolución Jefatural N.º 001- 004-00004447, se aprobó la Directiva N.º 001-006-00000029, “Directiva que establece los lineamientos para el registro y uso de la Agencia Virtual del SAT”, publicada el 30 de junio de 2020, con el objeto de promover la presentación de declaraciones juradas del Impuesto al Patrimonio Vehicular e Impuesto Predial, la actualización de datos y domicilio fi scal para efectos tributarios, la liquidación de pago del Impuesto de Alcabala; así como la presentación de escritos, documentos o solicitudes que se dirijan al SAT, mediante canales o plataformas digitales; Que, a través de la Resolución Jefatural N.º 001- 004-00004471, publicada el 31 de agosto de 2020, se estableció, a partir del 1 de marzo de 2021, la obligatoriedad del uso de la Agencia Virtual del SAT para la presentación de la declaración jurada del Impuesto al Patrimonio Vehicular e Impuesto Predial, reguladas en el literal a) de los artículos 14 y 34, respectivamente, del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal; así como para la liquidación de pago del Impuesto de Alcabala, que puede efectuarse también a través del Módulo de Notario-SAT en las notarías afi liadas, según lo estipulado en el numeral 15 de la citada Directiva; Que, mediante Memorando n.º D000085-2021-SAT- GCO de fecha 26 de febrero de 2021, la Gerencia Central de Operaciones, comunica que según lo señalado por la Gerencia de Servicios al Administrado a través del Informe n.º D000024-2021-SAT-GSA, de la evaluación efectuada al uso de la Agencia Virtual del SAT por parte de los ciudadanos, se tiene que un número signi fi cativo de las