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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE JULIO DEL AÑO 2021 (10/07/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 102

TEXTO PAGINA: 38

38 NORMAS LEGALES Sábado 10 de julio de 2021 El Peruano / a) Procedimiento de implementación, cuando se crea un nuevo Catálogo Electrónico. b) Procedimiento de extensión de vigencia, cuando se renueva un Catálogo Electrónico. Los tipos de procedimiento de extensión de vigencia son los siguientes: • Renovación de los Catálogos Electrónicos: Se extiende la vigencia del Acuerdo Marco, manteniéndose las mismas Reglas para el procedimiento de selección de proveedores. Este procedimiento puede implicar la incorporación de proveedores. • Nueva convocatoria: Se extiende la vigencia del Catálogo Electrónico existente modi fi cándose las Reglas para el procedimiento de selección de proveedores e implica la incorporación de proveedores. c) Procedimientos de incorporación de proveedores, en caso sean necesarios para mejorar las condiciones de competencia. d) Otros necesarios para la implementación o extensión de vigencia de los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco. Los procedimientos de implementación o extensión de vigencia comprenderán, como mínimo, las siguientes fases: − Convocatoria. − Registro y presentación de ofertas. − Admisión y evaluación. − Publicación de resultados. − Suscripción del Acuerdo Marco. Las fases señaladas anteriormente, pueden ser modi fi cadas, según se establezca en los análisis realizados durante la etapa de elaboración. PERÚ COMPRAS procura que los mecanismos de verifi cación de los criterios de admisión o evaluación sean automatizados a través de la Plataforma y podrá veri fi car información en bases de datos de otras entidades, de manera que la fase de admisión y evaluación sea realizada en tiempo óptimo. PERÚ COMPRAS publica la relación de proveedores adjudicatarios en los portales web de PERÚ COMPRAS y del SEACE. Después de publicados los resultados de adjudicación correspondientes a un procedimiento de implementación y/o extensión de la vigencia de los Catálogos Electrónicos y en caso de existir alguna controversia en el desarrollo del procedimiento, los proveedores pueden interponer el respectivo recurso de apelación conforme a los requisitos, términos y plazos establecidos en el TUO de la Ley y su Reglamento. La interposición del recurso de apelación no suspende el procedimiento para la incorporación de proveedores a los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco, ni el procedimiento de extensión de vigencia de dichos Catálogos. El perfeccionamiento de los Acuerdos Marco se realiza en la forma descrita en los documentos asociados a la convocatoria. Los proveedores adjudicatarios están obligados a perfeccionar los Acuerdos Marco, lo que supone la aceptación y adhesión a los términos y condiciones establecidos en los documentos asociados a la convocatoria. Los Acuerdos Marco que se suscriban con los proveedores adjudicatarios, incluyen la cláusula anticorrupción prevista en el Reglamento. El incumplimiento de lo establecido en la cláusula anticorrupción constituye causal de exclusión de todos los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco. La presente etapa culmina con el perfeccionamiento de los Acuerdos Marco con los proveedores adjudicatarios. 8.3.5 Etapa de Análisis de Resultados.La Dirección de Acuerdos Marco, es el órgano responsable de la presente etapa, para lo cual realiza periódicamente la revisión y evaluación a los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco vigentes, en el marco de la mejora continua de la herramienta. La presente etapa inicia con la entrada en operación de los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco. La Dirección de Acuerdos Marco evalúa el desempeño de las Reglas contenidas en los documentos asociados a la convocatoria aprobados en la Etapa de elaboración y el comportamiento de las operaciones de los Catálogos Electrónicos, a fi n proponer oportunidades de mejora. En esta etapa, la Dirección de Acuerdos Marco elabora los siguientes informes: a) Informe de evaluación del procedimiento para la Implementación o Extensión de la vigencia de los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco. Documento que contiene la evaluación del procedimiento de implementación o extensión de la vigencia de los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco, el cual incluye las oportunidades de mejora identi fi cadas. Este documento deberá ser culminado como máximo dentro de los sesenta (60) días calendario siguientes a la entrada en operación. b) Informe de evaluación de la operación de los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco. Documento que contiene la evaluación de los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco durante la vigencia derivada de una implementación o extensión de vigencia, incluyendo el análisis del desempeño de las reglas del método especial de contratación, de las operaciones, entre otros, así como las oportunidades de mejora que pudieran identi fi carse. Asimismo, el presente informe recomienda la necesidad de extender o no la vigencia del Catálogo Electrónico materia de evaluación. Este documento deberá ser culminado con una anticipación no menor de noventa (90) días calendario, previos al fi n de la vigencia del Catálogo Electrónico respectivo, salvo que, como consecuencia de su revisión, se haya fi nalizado en forma anticipada a la culminación de su vigencia, conforme a las facultades de PERÚ COMPRAS, en cuyo caso el informe se formulará a la fi nalización anticipada de dicho Catálogo Electrónico de Acuerdo Marco. La presente etapa culmina con la presentación a la Jefatura del Informe de evaluación de la operación de los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco. 8.4 De las contrataciones a través de los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco 8.4.1 Una vez iniciada la vigencia del Catálogo Electrónico, la contratación de los bienes y/o servicios incluidos en este, resulta obligatoria a través del método especial de contratación, conforme a lo establecido en el TUO de la Ley y su Reglamento. 8.4.2 La contratación de los bienes y/o servicios incluidos en los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco se efectúa a través de la Plataforma, con los proveedores que hayan suscrito el Acuerdo Marco respectivo con PERÚ COMPRAS, siempre que estos no se encuentren excluidos o suspendidos. 8.4.3 Las entidades para contratar a través del método especial deben desplegar las siguientes actuaciones administrativas: a) El área usuaria de la entidad contratante es responsable de formular el requerimiento, debiendo determinar de forma precisa y objetiva las características (que incluyen especi fi caciones técnicas, detalle descriptivo, plazo de entrega, garantía, cantidad, entre otros, de corresponder) y condiciones de los bienes y/o servicios requeridos, observando las disposiciones contenidas en el TUO de la Ley y su Reglamento. b) Las entidades contratantes, a través de su Órgano Encargado de las Contrataciones, veri fi can y evalúan si las características y condiciones de los bienes o servicios del requerimiento pueden ser satisfechos con los bienes y servicios incluidos en los Catálogos Electrónicos. En caso