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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE JULIO DEL AÑO 2021 (13/07/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 16

16 NORMAS LEGALES Martes 13 de julio de 2021 El Peruano / Artículo 7.- Publicación Dispóngase la publicación del presente Decreto Supremo y su anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.gob.pe/minjus), en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en el Portal institucional del Ministerio de Salud, el mismo día de la publicación del presente Decreto Supremo en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 8.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y el Ministro de Salud. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA Única .- Derógase la Resolución Ministerial Nº 0363-2016-JUS, que aprueba el Plan Nacional para la Búsqueda de Personas Desaparecidas (1980-2000). Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los doce días del mes de julio del año dos mil veintiuno. FRANCISCO RAFAEL SAGASTI HOCHHAUSLER Presidente de la República EDUARDO VEGA LUNA Ministro de Justicia y Derechos Humanos ÓSCAR UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 1972052-2 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Aprueban transferencia financiera del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú” a favor de organismos ejecutores del sector público RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 123-2021-TR Lima, 12 de julio de 2021 VISTOS: El Informe N° 073-2021-TP/DE/UGI de la Unidad de Gestión de Intervenciones del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”; el Informe N° 0682-2021-TP/DE/UPPSM-CFPP de la Unidad de Plani fi cación, Presupuesto, Seguimiento y Modernización del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”; el Informe N° 173-2021-TP/DE/UAJ de la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”; el O fi cio N° 584-2021- MTPE/3/24.1 de la Dirección Ejecutiva del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”; el Memorando N° 0564-2021-MTPE/4/9 de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe N° 0591-2021-MTPE/4/8, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2011-TR, Crean el Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”, se crea el referido Programa con el objetivo de generar empleo temporal destinado a la población en edad de trabajar a partir de 18 años, que se encuentre en situación de pobreza, pobreza extrema, o afectada parcial o íntegramente por desastres naturales o por emergencias, de acuerdo a la información que proporcione el organismo competente, y a las mujeres víctimas de toda forma o contexto de violencia, otorgándoseles a cambio un incentivo económico; Que, el artículo 5 del Decreto Supremo N° 004-2020- TR, Decreto Supremo que aprueba la reestructuración del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú” y declara la extinción del Programa “Perú Responsable”, establece que son funciones del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú” las siguientes: a) Promover la generación de empleo temporal para la población en situación de pobreza, pobreza extrema y afectada parcial o íntegramente por desastres naturales o por emergencias, a través del fi nanciamiento o co fi nanciamiento de proyectos de inversión pública y actividades intensivas en mano de obra no cali fi cada (MONC); b) Brindar asistencia técnica para la presentación de proyectos de inversión pública y actividades intensivas en MONC, generadoras de empleo temporal, ante el Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”; c) Supervisar, monitorear y hacer seguimiento de la ejecución de proyectos de inversión pública y actividades intensivas en MONC, generadoras de empleo temporal, a cargo de los gobiernos locales o regionales; y, d) Implementar estrategias de difusión, transparencia y rendición de cuentas; Que, el artículo 1 del Manual de Operaciones del Programa para Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 226-2012-TR, establece que dicho Programa tiene por fi nalidad contribuir temporalmente en la mejora de los ingresos de la población en edad de trabajar a partir de 18 años en situación de desempleo o afectada por una emergencia o desastre natural; Que, el literal a) del artículo 4 del citado Manual de Operaciones establece como función general del Programa para Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú” la de promover la generación de empleo temporal para la población en situación de pobreza, pobreza extrema y afectada parcial o íntegramente por desastres naturales o emergencias, a través del fi nanciamiento o co fi nanciamiento de proyectos de inversión pública y actividades intensivas en mano de obra no cali fi cada (MONC); Que, el literal c) del numeral 16.1 del artículo 16 de la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, autoriza, de manera excepcional, la realización de diversas transferencias fi nancieras entre entidades, las que incluyen a aquellas que realice el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo para el Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”, a favor de gobiernos regionales y gobiernos locales, estableciendo el numeral 16.2 del citado artículo que dichas transferencias deben ser aprobadas mediante resolución del titular del pliego, publicada en el diario ofi cial “El Peruano”; Que, el numeral 16.2 del artículo 16 de la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, señala que las transferencias fi nancieras autorizadas en el numeral 16.1 de dicho artículo se realizan, en el caso de las entidades del gobierno nacional, mediante resolución del titular del pliego, y en el caso de los gobiernos regionales y los gobiernos locales, mediante acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, respectivamente, requiriéndose en ambos casos el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. La resolución del titular del pliego y el acuerdo del Consejo Regional se publican en el diario o fi cial El Peruano, y el acuerdo del Concejo Municipal se publica en su página web; Que, mediante Resolución Directoral N° 001-2021- TP/DE, se aprueban las Modalidades de Intervención del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú, conforme al Anexo que forma parte integrante de dicha Resolución Directoral; Que, sobre la Modalidad de Intervención 2- Por emergencias o desastres naturales, el Anexo de la precitada Resolución Directoral señala lo siguiente: “Esta intervención aborda la mitigación de los shocks covariados de desempleo por emergencias o desastres naturales, tiene por fi nalidad ejecutar acciones