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20 NORMAS LEGALES Martes 13 de julio de 2021 El Peruano / – OSCE, encontrándose presidido por su Presidente Ejecutivo; Que, de conformidad con el artículo 6 y el numeral 8 del artículo 7 del Reglamento Interno de Funcionamiento del Consejo Directivo del OSCE, el Presidente del Consejo Directivo, quien a su vez ejerce el cargo de Presidente Ejecutivo del OSCE, formaliza los acuerdos adoptados por el citado Consejo, a través de la Resolución que se emita sobre el particular; Que, mediante Informe Nº D000104-2021-OSCE- DTN, la Dirección Técnico Normativa propone la Directiva “Programa de Vigilancia Ciudadana en las Contrataciones Públicas”, la cual tiene como objeto fortalecer la transparencia, e fi ciencia e integridad en la gestión de las contrataciones del Estado, a través de acciones de supervisión de o fi cio de carácter preventivo motivadas por la participación de la ciudadanía; Que, mediante Informe Nº D000233-2021-OSCE- OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica considera que la propuesta formulada por la Dirección Técnico Normativa se encuentra conforme al marco legal vigente, por lo que resulta viable su aprobación; Que, en atención a la propuesta presentada, mediante Acuerdo Nº 003-008-2021/OSCE-CD del Acta de Sesión de Consejo Directivo Nº 008-2021/OSCE-CD, el Consejo Directivo del OSCE acordó aprobar la Directiva “Programa de Vigilancia Ciudadana en las Contrataciones Públicas”; Que, en consecuencia, corresponde emitir el acto resolutivo que formalice el citado acuerdo del Consejo Directivo; Con el visado del Secretario General, de la Directora Técnico Normativa y del Jefe de la O fi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 082-2019-EF; el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 344-2018-EF y modi fi cado por Decretos Supremos Nº 377-2019-EF, Nº 168-2020-EF, Nº 250-2020-EF y Nº 162-2021-EF; el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 076-2016-EF; y el Reglamento Interno de Funcionamiento del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Formalizar la aprobación de la Directiva Nº 001-2021-OSCE/CD “Programa de Vigilancia Ciudadana en las Contrataciones Públicas”, la misma que en anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su anexo en el Portal Institucional del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE (www.gob.pe/osce). Regístrese, comuníquese y publíquese.SOFÍA PRUDENCIO GAMIO Presidenta Ejecutiva 1971880-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE MIGRACIONES Designan Jefa Zonal de Piura RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 000148-2021-MIGRACIONES Breña, 9 de julio del 2021VISTO: El Informe Nº 00107-2021-ORH/MIGRACIONES, emitido por la O fi cina de Recursos Humanos; y, CONSIDERANDO: Se encuentra vacante el cargo de con fi anza de Jefe Zonal de Piura; por lo cual, se considera pertinente designar al profesional que ocupará dicho cargo de confi anza; En cumplimiento de las funciones establecidas en Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES, publicado por Resolución de Superintendencia N° 000153-2020-MIGRACIONES; SE RESUELVE:Artículo 1°.- DESIGNAR, a partir del 12 de julio de 2021, a la señora LISETH MARINA MELCHOR INFANTES, en el cargo de con fi anza de Jefe Zonal de Piura. Artículo 2°. - Disponer la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional de la Superintendencia Nacional de Migraciones (www.migraciones.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.FRIEDA ROXANA DEL ÁGUILA TUESTA Superintendente Nacional de Migraciones 1971717-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE EDUCACION SUPERIOR UNIVERSITARIA Rectifican errores incurridos en anexos de la Res. N° 098-2017-SUNEDU/CD mediante la cual se otorgó licencia institucional a la Universidad Andina del Cusco para ofrecer el servicio educativo superior universitario RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO N° 071-2021-SUNEDU/CD Lima, 9 de julio de 2021 VISTOS:La Resolución del Consejo Directivo N° 098-2017-SUNEDU/CD, mediante la cual se otorgó la licencia institucional a la Universidad Andina del Cusco (en adelante, Universidad), los o fi cios N° 546 R-2020-UAC, 096-2021-R/UAC, 291-2021-R/UAC y 298-2021-R/UAC del 20 de noviembre de 2020, 3 de marzo, 31 de mayo y 4 de junio de 2021, respectivamente, presentados por la Universidad; y, el Informe N° 0592-2021-SUNEDU-02-12 del 28 de junio de 2021, de la Dirección de Licenciamiento (en adelante, Dilic). CONSIDERANDO: 1. Antecedentes El numeral 19.3 del artículo 19 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria (en adelante, Ley Universitaria) establece como función del Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (en adelante, Sunedu) aprobar, denegar, suspender o cancelar las licencias para el funcionamiento del servicio de educación superior universitario bajo su competencia. El 23 de diciembre de 2017 se publicó en el Diario Ofi cial “El Peruano” la Resolución del Consejo Directivo