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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE JULIO DEL AÑO 2021 (15/07/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 106

106 NORMAS LEGALES Jueves 15 de julio de 2021 El Peruano / 522-2021-GAJ/MDLP emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica de fecha 25 de junio de 2021, Memorándum Nº 531-2021-GM-MDLP emitido por la Gerencia Municipal de fecha 01 de julio de 2021; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 195º de la Constitución Política del Perú establece que los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economía local, y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo; de manera que son competentes para crear, modi fi car y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales conforme a Ley; así como presentar iniciativas legislativas en materia y asuntos de su competencia; Que, de acuerdo al numeral 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades-, establece que una de las atribuciones del Alcalde es: “Dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas”; concordante con el artículo 42º de la citada Ley, que señala que: ”Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta aplicación y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario que no sean de competencia del concejo municipal”; Que, el numeral 43.5 del artículo 43º del TUO de la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, estable que, una vez aprobado el TUPA, toda modi fi cación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar para el caso de gobiernos locales, por Decreto de Alcaldía; Que, mediante Ordenanza Nº 011-2016-MDLP que aprueba la estructura de costos, los procedimientos administrativos y servicios administrativos brindados en exclusividad, requisitos y derechos de trámite contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad Distrital de La Perla, y rati fi cada con Acuerdo de Concejo Nº011-2017 por la Municipalidad Provincial del Callao publicado en el Diario O fi cial El Peruano el 10 de febrero del 2017,entre los que se encuentran el servicio de “Separación Convencional; Que, a través del D.S. Nº 009-2021-SA se establece la prórroga de la declaratoria de Emergencia Sanitaria, a partir del 07 de marzo de 2021, por un plazo de (180) días calendario; Que, con el D.S. 105-2021-PCM, se prórroga el Estado de Emergencia Nacional por el plazo de (30) días calendario a partir del martes 01 de junio de 2021, por las graves circunstancias que afectan la vida de las personas a consecuencia de la COVID-19 y establece las medidas que debe seguir la ciudadanía en la nueva convivencia social. Asimismo, en el artículo 16 del Decreto de Urgencia Nº 026-2020 en el cual se establecen medidas excepcionales y temporales para prevenir la propagación del COVID-19, en el territorio nacional, en el artículo 16, regula la fi gura del Trabajo Remoto, que se caracteriza por la prestación de servicios subordinada con la presencia física del trabajador en su domicilio o lugar de aislamiento domiciliario, utilizando cualquier medio o mecanismo que posibilite realizar las labores fuera del centro de trabajo, siempre que la naturaleza de las labores lo permita; Que, el Decreto Legislativo Nº 1412 aprueba la Ley de Gobierno Digital, especí fi camente el artículo 6º señala que el gobierno digital es el uso estratégico de las tecnologías digitales y datos en la administración pública en concordancia con lo señalado en el artículo 7º del referido Decreto, “el objetivo es promover y orientar la formación y capacitación en materia de gobierno digital y tecnologías en todos los niveles de gobierno, brindando así un mejor servicio a la ciudadanía”; Que, mediante Memorándum Nº 026-2021-SGRC- SG-MDLP emitido por la Subgerencia de Registro Civil de fecha 21 de junio de 2021 indica que ante la ampliación del Estado de Emergencia y con el fi n de priorizar el teletrabajo para respetar los aforos de con fl uencia al Palacio Municipal y el distanciamiento social, el procedimiento de Separación Convencional seguirá siendo semipresencial, aun con la implementación de la Audiencia de Rati fi cación Virtual, toda vez que la presentación de documentos y pago de derechos se mantendría en modalidad presencial; Que, mediante Informe Nº 091-2021-SGP-GPP/MDLP emitido por la Subgerencia de Planeamiento de fecha 22 de junio de 2021 recomienda la modi fi cación en forma extraordinaria, mientras dure la Declaratoria del Estado de Emergencia Sanitaria por el COVID-19, del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de La Perla en lo referente al procedimiento Separación Convencional (se permite solamente la realización de la audiencia única de rati fi cación de voluntades por estado de emergencia sanitaria de manera virtual); Que, mediante Memorándum Nº 424-2021-GPP/ MDLP emitido por la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto de fecha 23 de junio de 2021 emite opinión favorable al Proyecto de Modi fi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de La Perla en lo referente al procedimiento “Separación Convencional “ (Se permite solamente la realización de la audiencia única de rati fi cación de voluntades por estado de emergencia sanitaria de manera virtual), y corre traslado del citado Proyecto a la Gerencia de Asesoría Jurídica para su opinión legal y continuar con el trámite respectivo de aprobación e implementación; Que, mediante Informe Nº 522-2021-GAJ/MDLP emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica de fecha 25 de junio de 2021 concluye opinando por la Procedencia de Aprobar el “Proyecto de Decreto de Alcaldía que Modi fi ca el Texto Único de Procedimientos Administrativos-TUPA de la Municipalidad Distrital de La Perla, en lo referente al Procedimiento Separación Convencional (Se permite solamente la realización de la audiencia única de rati fi cación de voluntades en modalidad virtual por estado de emergencia sanitaria)”, propuesto por la Sub Gerencia de Registro Civil; asimismo, recomienda remitir los actuados a Secretaria General a afectos de que se emita el Decreto de Alcaldía correspondiente; Que, mediante Memorándum Nº 531-2021-GM-MDLP emitido por la Gerencia Municipal de fecha 01 de julio de 2021 remite los actuados administrativos a la Secretaría General para continuar con el trámite y emitir el acto resolutivo correspondiente, por contar con opinión técnica y legal de las áreas competentes, referente al presente Decreto de Alcaldía; En aplicación de las facultades conferidas en el numeral 6) del Artículo 20º y el Artículo 42º de la Ley 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades. DECRETA: Artículo Primero.- MODIFICAR el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad Distrital de La Perla, en lo referente al procedimiento Separación Convencional (se permite solamente la realización de la audiencia única de ratifi cación de voluntades en modalidad virtual por estado de emergencia sanitaria). Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la SUBGERENCIA DE REGISTRO CIVIL. Artículo Tercero.- ENCARGAR a SECRETARIA GENERAL la publicación del texto del presente Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial “El Peruano” así como el Anexo TUPA en el portal digital del referido diario; y a la SUBGERENCIA DE TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN para su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de La Perla (www.munilaperla.gob.pe), el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas (www.servicioalciudadano.gob.pe) y el Portal del Estado Peruano (www.peru.pob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ANIBAL NOVILO JARA AGUIRRE Alcalde * El TUPA se publica en la página WEB del Diario O fi cial El Peruano, sección Normas Legales. 1971680-1