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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE JULIO DEL AÑO 2021 (15/07/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 89

89 NORMAS LEGALES Jueves 15 de julio de 2021 El Peruano / reuniones de trabajo con distintos servidores y jueces; así como del correspondiente análisis de las actividades que tradicionalmente venían desplegándose en la O fi cina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena, respecto de la Justicia Intercultural, las cuales se agotaban en productos inmediatos sin impacto ni medición. Por tal motivo, en el mencionado Plan se plantean actividades, metodologías, productos y resultados concretos y diferenciados según objetivos especí fi cos, los cuales se encuentran a su vez diferenciados por ejes, todos orientados a la meta fi nal que es la prestación del servicio de justicia con pertinencia cultural. Quinto. Que, el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Por lo que siendo así, y teniendo en cuenta que el Plan de Capacitación de la Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena 2021, se encuentra formulado considerando las metas previstas en el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2021-2030 del Poder Judicial, aprobado por Resolución Administrativa N° 136-2021-P-PJ, deviene en pertinente su aprobación. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 791- 2021 de la cuadragésima sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 7 de julio de 2021, realizada en forma virtual con la participación de los señores y señoras Barrios Alvarado, Arévalo Vela, Lama More, Álvarez Trujillo, Pareja Centeno y Castillo Venegas; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar el “Plan de Capacitación de la O fi cina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena–2021”, con cargo a la disponibilidad presupuestal; que en anexo forma parte de la presente resolución. Artículo Segundo.- Publicar la presente resolución y el documento aprobado, en el Portal Institucional del Poder Judicial, para su difusión y cumplimiento. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la O fi cina de Control de la Magistratura, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del país, O fi cina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena; y a la Gerencia General del Poder Judicial para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.ELVIA BARRIOS ALVARADO Presidenta 1972806-6 Aprueban el “Plan de Actividades de Trata de Personas para el año 2021” CONSEJO EJECUTIVO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000215-2021-CE-PJ Lima, 13 de julio del 2021VISTO:El Informe N° 0009-2021-ATCE-CMNPTPTIM-PJ remitido por la Coordinadora entre la Presidencia del Poder Judicial y la Comisión Multisectorial de Naturaleza Permanente contra la Trata de Personas y el Trá fi co Ilícito de Migrantes. CONSIDERANDO: Primero. Que, el Poder Judicial forma parte de la Comisión Multisectorial de Naturaleza Permanente contra la Trata de Personas y el Trá fi co Ilícito de Migrantes, en el marco de dicha participación, se ha elaborado la propuesta de Plan de Actividades previstos para el año 2021, el mismo que fue remitido a este Órgano de Gobierno mediante Informe N° 0009-2021-ATCE-CMNPTPTIM-PJ de la Coordinadora entre la Presidencia del Poder Judicial y la Comisión Multisectorial de Naturaleza Permanente contra la Trata de Personas y el Trá fi co Ilícito de Migrantes. Segundo. Que, el referido Plan de Actividades 2021, tiene como fi nalidad fortalecer y mejorar la experticia de los/las jueces/zas y personal jurisdiccional, especí fi camente en los temas relacionados al fortalecimiento de competencias sobre las características de la Ley N° 28950 “Ley contra la Trata de Personas y el Trá fi co Ilícito de Migrantes”, sus modi fi catorias y normas complementarias; así como a trabajar campañas de sensibilización de la población en áreas de mayor incidencia del delito, como las Cortes Superiores de Justicia ubicadas en zonas de frontera, donde se tiene que desarrollar intensa actividad, en cumplimiento a los Acuerdos Binacionales suscritos por el Perú con los países fronterizos, para la lucha contra la trata de personas y el trá fi co ilícito de migrantes. Tercero. Que, asimismo, se precisa que el Plan contempla acciones que han sido formuladas considerando el contexto de la emergencia sanitaria a nivel nacional, por las graves circunstancias que viene afectando la vida por el COVID-19. Para ello se prevén desarrollar acciones de manera virtual con el apoyo de diferentes organizaciones internacionales u organismos no gubernamentales. Cuarto. Que, el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. Por lo que siendo así, y teniendo en cuenta que el Plan de Actividades de Trata de Personas para el año 2021, se encuentra formulado considerando las metas previstas en el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2021-2030 del Poder Judicial, aprobado por Resolución Administrativa N° 136-2021-P-PJ; así como al Plan Nacional Contra la Trata de Personas 2017-2021, deviene en pertinente su aprobación. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 793- 2021 de la cuadragésima sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 7 de julio de 2021, realizada en forma virtual con la participación de los señores y señoras Barrios Alvarado, Arévalo Vela, Lama More, Álvarez Trujillo, Pareja Centeno y Castillo Venegas; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar el “Plan de Actividades de Trata de Personas para el año 2021”, con cargo a la disponibilidad presupuestal; que en anexo forma parte de la presente resolución. Artículo Segundo.- Publicar la presente resolución y el documento aprobado, en el Portal Institucional del Poder Judicial, para su difusión y cumplimiento. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del país, Coordinadora entre la Presidencia del Poder Judicial y la Comisión Multisectorial de Naturaleza Permanente contra la Trata de Personas y el Tráfico Ilícito de Migrantes; y a la Gerencia General del Poder Judicial para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.ELVIA BARRIOS ALVARADO Presidenta 1972806-7