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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE JULIO DEL AÑO 2021 (21/07/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 7

7 NORMAS LEGALES Miércoles 21 de julio de 2021 El Peruano / derechos, obligaciones, prohibiciones, capacitación y régimen laboral del servicio de serenazgo municipal como parte del servicio de seguridad ciudadana que prestan las municipalidades, a fi n de que contribuya con la convivencia pací fi ca de la ciudadanía. Asimismo, esta ley establece los mecanismos de apoyo y coordinación del serenazgo municipal con la Policía Nacional del Perú, la sociedad civil y las instituciones vinculadas con la seguridad ciudadana, a fi n de cumplir sus funciones de manera e fi ciente y e fi caz en concordancia con lo dispuesto en la Ley 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, y la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo 2. Ámbito de aplicación La presente ley se aplica al servicio de serenazgo municipal que como parte del servicio de seguridad ciudadana prestan las municipalidades provinciales y distritales, conforme a ley. Artículo 3. Serenazgo municipal El serenazgo municipal es el servicio de seguridad ciudadana que brindan los gobiernos locales en su respectivo ámbito geográ fi co y consiste en acciones de vigilancia pública y apoyo en atención de emergencias, así como auxilio y asistencia al ciudadano y cooperación con las entidades públicas que la requieran, en materia de seguridad ciudadana. Sus procedimientos están enmarcados en la Constitución Política del Perú, y el ordenamiento jurídico en materia de seguridad ciudadana, observando el respeto irrestricto de los derechos humanos. Artículo 4. Finalidad del serenazgo municipal El serenazgo municipal participa en las acciones preventivas y disuasivas del servicio de seguridad ciudadana y en apoyo al cumplimiento de las disposiciones municipales, de conformidad con lo establecido en la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y la Ley 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana. CAPÍTULO II ORGANIZACIÓN DEL SERVICIO DE SERENAZGO MUNICIPAL Artículo 5. Funciones del servicio de serenazgo municipal Son funciones del servicio de serenazgo municipal las siguientes: a) Contribuir en el mantenimiento de la tranquilidad, orden y seguridad del vecindario, en el marco de los planes de acción de seguridad ciudadana de las respectivas municipalidades. b) Vigilar y comunicar de forma inmediata sobre situaciones o comportamientos irregulares o ilegales que evidencien la comisión o la realización de actos preparatorios de delitos, faltas y contravenciones que se produzcan en su sector de vigilancia. Dichas ocurrencias serán informadas a la Policía Nacional del Perú. c) Colaborar en operativos conjuntos con la Policía Nacional, gobernación y otras instituciones vinculadas al sistema de seguridad ciudadana, conforme al marco establecido en los planes de seguridad ciudadana. d) Comunicar y colaborar con la Policía Nacional del Perú en casos de comisión de delitos, faltas, actos de violencia fl agrantes y accidentes. e) Comunicar y coordinar de forma inmediata con la Policía Nacional, Bomberos, sistema de atención móvil de urgencias, municipalidad y otras instituciones, según se requiera, para la atención y el apoyo en las labores de auxilio y evacuación ante situaciones de emergencia o desastres. f) Colaborar con la Policía Nacional del Perú para el cumplimiento de las normas de seguridad ciudadana en eventos públicos deportivos y no deportivos. g) Colaborar con el cumplimiento de las disposiciones respecto al uso de los espacios públicos.h) Brindar orientación a los ciudadanos respecto a la ubicación de las principales dependencias públicas y centros de servicios privados. i) Colaborar con la Policía Nacional, en forma subsidiaria, con el control del tránsito vehicular en caso de necesidad y urgencia (congestión, accidentes de tránsito, desastres naturales y otros eventos). j) Colaborar en las zonas afectadas por desastres naturales o antrópicos con el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) y el Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres (CENEPRED). k) Otras funciones de apoyo en el cumplimiento de las disposiciones municipales relacionadas a la seguridad ciudadana. Las funciones del serenazgo municipal se sujetan al tipo y a la organización de la respectiva municipalidad, en armonía con la autonomía administrativa reconocida por la Constitución Política del Perú. Artículo 6. Modalidades del servicio El servicio de serenazgo municipal considera las siguientes modalidades: a) Sereno a pie. b) Sereno de patrullaje motorizado.c) Sereno de patrullaje no motorizado (en bicicletas y medios similares). d) Sereno especialista en vigilancia a través de cámaras. De acuerdo con la realidad y capacidad propia de cada municipalidad, según su geografía o las necesidades del servicio de serenazgo municipal, se pueden implementar otras modalidades de servicio, que pueden incluir compañía canina, debiendo comunicarlas oportunamente al Ministerio del Interior. Artículo 7. Obligaciones del sereno municipal Además de las obligaciones derivadas del ordenamiento legal vigente, de la modalidad de contratación, de las disposiciones y reglamentos internos de cada municipalidad y de la Ley 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública, y su Reglamento, los serenos municipales se sujetan a las siguientes obligaciones: a) Prestar su servicio de manera e fi ciente y responsable en el puesto de servicio o sector asignado. b) Guardar la neutralidad respecto a las actividades de índole política durante el cumplimiento de sus funciones. c) Usar los bienes del Estado única y exclusivamente para el cumplimiento de sus funciones. d) Mantener reserva de la información que obtenga en el ejercicio de sus funciones. No le está permitido hacer declaraciones a la prensa, salvo que cuente con la autorización respectiva del órgano competente en la respectiva municipalidad. e) Informar inmediatamente a sus superiores y a la Policía Nacional del Perú sobre la comisión de delitos, faltas, accidentes, con fl ictos sociales y otros eventos de relevancia en el ámbito de la seguridad ciudadana y del incumplimiento de disposiciones municipales. f) Usar el uniforme y equipamiento básico necesario únicamente durante el ejercicio de sus funciones. g) Cumplir con las funciones asignadas de acuerdo a lo señalado en la presente ley y su reglamento. Artículo 8. Derechos del sereno municipal Además de los derechos emanados de la modalidad de contratación a que se sujeta, el sereno municipal tiene derecho a: a) Percibir la contraprestación económica correspondiente al servicio prestado y los