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23 NORMAS LEGALES Miércoles 21 de julio de 2021 El Peruano / presente Resolución Directoral y su anexo, para fi nes de conocimiento público. Artículo 4º.- Dejar sin efecto la Resolución Directoral Nº 0226-2013 MGP/DCG de fecha 7 de marzo del 2013. Regístrese, comuníquese y archívese.ALBERTO ALCALÁ LUNA Director General de Capitanías y Guardacostas 1974734-1 ECONOMIA Y FINANZAS Aprueban el Reglamento de la Ley Nº 31120, Ley que regula la Cuenta Documento Nacional de Identidad (Cuenta-DNI) DECRETO SUPREMO Nº 184-2021-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 31120, Ley que regula la Cuenta Documento Nacional de Identidad (Cuenta-DNI), establece el marco regulatorio de la Cuenta Documento Nacional de Identidad (DNI), en atención a los objetivos prioritarios y lineamientos de la Política Nacional de Inclusión Financiera; Que, la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley que regula la Cuenta Documento Nacional de Identidad (Cuenta-DNI), dispone que el Poder Ejecutivo emite el reglamento de dicha Ley; para tal efecto, el Ministerio de Economía y Finanzas, como ente rector en la materia, coordina con todas las entidades involucradas considerando las competencias que la ley les asigna; Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar el reglamento de la Ley que regula la Cuenta Documento Nacional de Identidad (Cuenta-DNI), que tiene por objeto regular los aspectos operativos, los términos o condiciones, características y disposiciones complementarias necesarias para la implementación de la Cuenta-DNI, incluyendo los procedimientos operativos de apertura, activación, cierre e intercambio de información; lo que va a permitir facilitar el acceso a los servicios fi nancieros que el Estado provee a los ciudadanos a través de canales digitales; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31120, Ley que regula la Cuenta Documento Nacional de Identidad (Cuenta-DNI); DECRETA:Artículo 1. Aprobación del Reglamento de la Ley Nº 31120, Ley que regula la Cuenta Documento Nacional de Identidad (Cuenta-DNI ) Apruébase el Reglamento de la Ley Nº 31120, Ley que regula la Cuenta Documento Nacional de Identidad (Cuenta-DNI); el mismo que, como Anexo, forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2. Publicación El presente Decreto Supremo y su Anexo se publican en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe), y en las sedes digitales de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm), del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef) y del Banco de la Nación (www.bn.com.pe), el mismo día de la publicación del presente Decreto Supremo en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo 3. Financiamiento La implementación de lo dispuesto en el Reglamento de la Ley Nº 31120, Ley que regula la Cuenta Documento Nacional de Identidad (Cuenta-DNI) se fi nancia con cargo a los recursos del presupuesto institucional de las entidades involucradas, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 4. Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Presidenta del Consejo de Ministros y el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinte días del mes de julio del año dos mil veintiuno. FRANCISCO RAFAEL SAGASTI HOCHHAUSLER Presidente de la República VIOLETA BERMÚDEZ VALDIVIA Presidenta del Consejo de Ministros WALDO MENDOZA BELLIDO Ministro de Economía y Finanzas REGLAMENTO DE LA LEY Nº 31120, LEY QUE REGULA LA CUENTA DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD (CUENTA-DNI) Artículo 1. Objeto Las disposiciones del presente Reglamento tienen por objeto regular los aspectos operativos, los términos o condiciones, características y disposiciones complementarias necesarias para la implementación de la Cuenta-DNI, incluyendo los procedimientos operativos de apertura, activación, cierre e intercambio de información. Artículo 2. De fi niciones El presente Reglamento utiliza las siguientes defi niciones: BN Banco de la Nación. Cuenta básicaEs aquella cuenta de depósito de ahorro que las empresas del sistema fi nanciero autorizadas a captar depósitos del público ponen a disposición de personas naturales, regulada por la Resolución SBS Nº 2891-2018 y modi fi catorias. Cuenta-DNIEs la cuenta básica de ahorros, de naturaleza digital y en moneda nacional, que se abre en el BN para cada titular, creada por la Ley Nº 31120. Decreto Legislativo Gobierno DigitalDecreto Legislativo Nº 1412, Ley de Gobierno Digital, y modi fi catorias DNIDocumento Nacional de Identidad expedido por el RENIEC, puede ser convencional, electrónico, digital u otro medio análogo que de fi ne dicha entidad. LeyLey Nº 31120, Ley que regula la Cuenta Documento Nacional de Identidad (Cuenta-DNI). Ley de Protección de Datos PersonalesLey Nº 29733, Ley de Protección de Datos Personales, y modi fi catorias. Ley General del Sistema FinancieroLey Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y modi fi catorias. MEF Ministerio de Economía y Finanzas. OSIPTELOrganismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones. ReglamentoReglamento de la Ley Nº 31120, Ley que regula la Cuenta Documento Nacional de Identidad (Cuenta-DNI). Es el presente instrumento normativo. Registro de AbonadosRegistro actualizado de los abonados del servicio público móvil que hubieran contratado servicios bajo la modalidad prepago, control y/o postpago, siendo que el mismo es compartido por los concesionarios móviles al OSIPTEL. Reglamento Protección de Datos PersonalesDecreto Supremo Nº 003-2013-JUS, Reglamento de la Ley de Protección de Datos Personales, y modi fi catorias.