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86 NORMAS LEGALES Martes 27 de julio de 2021 El Peruano / 6 83.25 87.75 8 181.25 185.75 10 193.25 197.75 12 205.25 209.75 Total de canales: 5 La máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será: 0.1 KW. Artículo 2.- Modi fi car el artículo 1 de la Resolución Viceministerial Nº 273-2004-MTC/03, que aprueba los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión por Televisión en VHF de las localidades del departamento de Ayacucho, a fi n de modi fi car el plan de la localidad de APONGO; conforme se indica a continuación: Localidad: APONGO – CANARIA - YANANACO NUEVO Plan de Asignación de Frecuencias Plan de Canalización Plan de Asignación Canales Frec. Video (MHz)Frec. Audio (MHz) 3 61.25 65.75 6 83.25 87.758 181.25 185.75 10 193.25 197.75 12 205.25 209.75 Total de canales: 5 La máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será: 0.1 KW. Artículo 3.- La Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones debe considerar las condiciones técnicas previstas en los Planes de Asignación de Frecuencias aprobados, en la evaluación de las solicitudes de autorización y de modi fi cación de características técnicas. Asimismo, la citada Dirección General, en la evaluación de las solicitudes de autorización para prestar el servicio de radiodifusión por televisión en VHF, cautelará el cumplimiento de las disposiciones previstas en el Plan Maestro para la Implementación de la Televisión Digital Terrestre en el Perú, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 017-2010-MTC y sus modi fi catorias. Regístrese, comuníquese y publíquese.DIEGO ELOY CARRILLO PURIN Viceministro de Comunicaciones 1976857-1 Modifican los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en FM aprobados mediante la R.VM. N° 080-2004-MTC/03, a fin de incorporar los planes de las localidades del departamento de Puno RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 205-2021-MTC/03 Lima, 23 de julio de 2021VISTO: el Informe N° 2235-2021-MTC/28.01 de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; CONSIDERANDO: Que, el artículo 11 de la Ley N° 28278, Ley de Radio y Televisión, concordado con el artículo 6 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 005- 2005-MTC, establece que es competencia del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la administración, atribución, asignación, control y en general cuanto concierne a la gestión del espectro radioeléctrico atribuido al servicio de radiodifusión; Que, el artículo 7 del precitado Reglamento, dispone que toda asignación de frecuencias para el servicio de radiodifusión se realiza en base al Plan Nacional de Asignación de Frecuencias, el cual comprende los Planes de Canalización y de Asignación de Frecuencias correspondientes a cada localidad y banda de frecuencias atribuidas al servicio de radiodifusión y determina las frecuencias técnicamente disponibles; asimismo, establece que los Planes de Asignación de Frecuencias son aprobados por Resolución Viceministerial; Que, mediante Resolución Viceministerial N° 080- 2004-MTC/03 y sus modi fi catorias, se aprobaron los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (FM) para diversas localidades del departamento de Puno; Que, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones mediante Informe N° 2235-2021-MTC/28.01, propone la incorporación de las localidades de AMANTANI, ATUNCOLLA, CONIMA, JUNCAL, PUSI, TILALI y TIQUILLACA-VILQUE a los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (FM) del departamento de Puno; e indica que en la elaboración de su propuesta, ha observado lo dispuesto en las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión, aprobado por Resolución Ministerial N° 358-2003-MTC/03 y sus modi fi catorias, en el Acuerdo Interinstitucional Internacional entre el Ministerio de Transportes y Comunicaciones de la República de Perú y el Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda del Estado Plurinacional de Bolivia, para la Asignación y Uso de Frecuencias Radioeléctricas para la Operación de Estaciones de Radiodifusión Sonora en FM y de Televisión VHF y UHF en el Área de Frontera, así como lo establecido por el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión; De conformidad con la Ley N° 28278, Ley de Radio y Televisión, y sus modi fi catorias, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2005-MTC y sus modi fi catorias, las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión, aprobadas por Resolución Ministerial N° 358-2003-MTC/03 y sus modi fi catorias, el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por la Resolución Ministerial N° 658-2021-MTC/01; y, Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi car el artículo 1 de la Resolución Viceministerial N° 080-2004-MTC/03, que aprueba los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (FM) de las localidades del departamento de Puno, a fi n de incorporar los planes de las localidades de AMANTANI, ATUNCOLLA, CONIMA, JUNCAL, PUSI, TILALI y TIQUILLACA-VILQUE; conforme se indica a continuación: Localidad: AMANTANI Plan de Asignación de Frecuencias Plan de Canalización CanalesPlan de AsignaciónFrecuencia (MHz) 231 94.1 241 96.1 259 99.7 298 107.5 Total de canales: 4 La máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será de 0.1 KW.