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81 NORMAS LEGALES Martes 27 de julio de 2021 El Peruano / en el Banco de la Nación, el monto del valor de la Tasación a favor del Sujeto Pasivo de la expropiación, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Información Necesaria para Inscribir el área del Bien Inmueble a Favor del Bene fi ciario y Orden de Levantar toda Carga o Gravamen que contenga la Partida Registral 3.1 Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución Ministerial y noti fi cada la consignación al Sujeto Pasivo, remita al Registro de Predios de la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos–SUNARP, la información señalada en el artículo 30 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado mediante Decreto Supremo N° 015-2020-VIVIENDA, a efectos de inscribir el área expropiada del bien inmueble a favor del bene fi ciario. 3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contenga la Partida Registral. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con el valor de la Tasación pagado directamente o vía consignación al Sujeto Pasivo.Artículo 4.- Inscripción Registral del área del bien inmueble a favor del Bene fi ciario Disponer que la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos–SUNARP inscriba a favor del bene fi ciario el área expropiada del bien inmueble, bajo responsabilidad y sanción de destitución. Artículo 5.- Noti fi cación al Sujeto Pasivo Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, noti fi que la presente Resolución Ministerial al Sujeto Pasivo de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado mediante Decreto Supremo N° 015-2020-VIVIENDA, requiriéndole la desocupación y entrega del área expropiada del bien inmueble afectado dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de noti fi cada la presente Resolución Ministerial, de encontrarse el área del inmueble desocupada, o treinta (30) días hábiles de estar ocupada o en uso, bajo apercibimiento de iniciar los procedimientos de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del área del bien inmueble materia de expropiación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO GONZÁLEZ CHÁVEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones VALOR DE TASACIÓN DEL ÁREA DEL INMUEBLE AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: RED VIAL Nº 6: TRAMO: PUENTE PUCUSANA – CERRO AZUL–ICA, DE LA CARRETERA PANAMERICANA SUR . NoSUJETO ACTIVO / BENEFICIARIOSUJETO PASIVOIDENTIFICACIÓN DEL BIEN INMUEBLE VALOR DE LA TASACIÓN (S/.) CÓDIGO: RV6-ST1-BUJ-01AREA AFECTADA: 489.52 m2AFECTACIÓN: PARCIAL COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE 1MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES- PROVIAS NACIONALINOCENTA TRINIDAD VDA. DE ORTEGALINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS DEL AREA AFECTADA:Por el Norte: Colinda con el predio de U.C. 001727, inscrito en la P.E. N° P17069690, a favor de Inocenta Trinidad Vda. De Ortega., con una longitud de 0.63 m.Por el Sur: Colinda con el predio de posesión de Carlos Alberto Rocio Cavero (área inscrita en la P.E. N° P03145668, a favor del Estado – Dirección Regional de Formalización de la Propiedad Rural)., con una longitud de 4.47 m.Por el Este: Colinda con el predio de U.C. 001727, inscrito en la P.E. N° P17069690, a favor de Inocenta Trinidad Vda. De Ortega., con una longitud de 131.16 m.Por el Oeste: Colinda con la Carretera Panamericana Sur (área inscrita en la P.E. N° P03145668, a favor del Estado – Dirección Regional de Formalización de la Propiedad Rural)., con una longitud de 129.87 m.Vértice Lado Distancia (m)WGS 84 58 404,40Este(X) Norte(Y) A A-B 131.17 322650.6823 8594449.0240 B B-C 4.47 322752.3724 8594366.1782 C C-D 42.74 322748.5659 8594363.8274 D D-E 87.13 322714.5254 8594389.6772 E E-A 0.63 322650.2846 8594448.5358 - PARTIDA REGISTRAL: Nº P17069690 perteneciente a la O fi cina Registral Cañete, Zona Registral N° I–Sede Lima.- CERTIFICADO DE BUSQUEDA CATASTRAL: Emitido con fecha 06.08.2019 (Informe Técnico N° 16350-2019-SUNARP-Z.R.N°IX/OC del 05.08.2019) por la O fi cina Registral de Cañete, Zona Registral N° I – Sede Lima- INFORME TECNICO: N°020-2021/CCV.CONSTRUCCIONES del 15.01.2021, suscrito por veri fi cador catastral. 1976866-1