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82 NORMAS LEGALES Martes 27 de julio de 2021 El Peruano / Modifican los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en FM aprobados mediante R.VM. Nº 086-2004-MTC/03, a fin de incorporar los planes de diversas localidades del departamento de Ayacucho RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 203-2021-MTC/03 Lima, 23 de julio de 2021VISTO, el Informe Nº 1682-2021-MTC/28.01, complementado con Memorando Nº 1106-2021-MTC/28 de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; CONSIDERANDO:Que, el artículo 11 de la Ley Nº 28278, Ley de Radio y Televisión, concordado con el artículo 6 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, establece que es competencia del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la administración, atribución, asignación, control y en general cuanto concierne a la gestión del espectro radioeléctrico atribuido al servicio de radiodifusión; Que, el artículo 7 del precitado Reglamento, dispone que toda asignación de frecuencias para el servicio de radiodifusión se realiza en base al Plan Nacional de Asignación de Frecuencias, el cual comprende los Planes de Canalización y de Asignación de Frecuencias correspondientes a cada localidad y banda de frecuencias atribuidas al servicio de radiodifusión y determina las frecuencias técnicamente disponibles; asimismo, establece que los Planes de Asignación de Frecuencias son aprobados por Resolución Viceministerial; Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 086- 2004-MTC/03 y sus modi fi catorias, se aprobaron los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (FM) para diversas localidades del departamento de Ayacucho; Que, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones mediante Informe Nº 1682-2021-MTC/28.01 complementado con Memorando Nº 1106-2021-MTC/28, propone la modi fi cación de los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (FM) del departamento de Ayacucho, a fi n de incorporar las localidades de ACCOSA-SAN ANTONIO DE QUICHAWUA-SAN GERONIMO DE TAULLI-SAN MIGUEL DE MANCHIRI, APARO-CUSIBAMBA-LLACTA URAN, CAYRAMAYO-TOCONDOLO, HUANACCMARCA, HUERTA HUASI-CCORIHUAYLLA, PAMPAHUASI, ROSASPAMPA y YURACCANCHA, así como modi fi car el plan de la localidad de INCUYO-PARARCA-QUILCATA, señalando que ha observado lo dispuesto en las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión aprobadas por Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y sus modi fi catorias, así como lo establecido por el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión; De conformidad con la Ley de Radio y Televisión, Ley Nº 28278 y sus modi fi catorias; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modi fi catorias; las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión, aprobadas por Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y sus modi fi catorias; el Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial Nº 658-2021-MTC/01; y, Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE:Artículo 1 .- Modi fi car el artículo 1 de la Resolución Viceministerial Nº 086-2004-MTC/03, que aprueba los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (FM) de las localidades del departamento de Ayacucho, a fi n de incorporar los planes de las localidades de ACCOSA-SAN ANTONIO DE QUICHAWUA-SAN GERONIMO DE TAULLI-SAN MIGUEL DE MANCHIRI, APARO-CUSIBAMBA-LLACTA URAN, CAYRAMAYO-TOCONDOLO, HUANACCMARCA, HUERTA HUASI-CCORIHUAYLLA, PAMPAHUASI, ROSASPAMPA y YURACCANCHA, conforme se indica a continuación: Localidad: ACCOSA-SAN ANTONIO DE QUICHAWUA- SAN GERONIMO DE TAULLI-SAN MIGUEL DE MANCHIRI Plan de Asignación de Frecuencias Plan de Canalización CanalesPlan de Asignación Frecuencia (MHz) 220 91.9224 92.7 228 23624093.5 95.195.9 Total de canales: 5 La máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será de 0.1 KW.Las estaciones a instalarse en esta localidad son secundarias de acuerdo a lo previsto en el artículo 16 del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y están sujetas a los parámetros técnicos establecidos en las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión aprobadas con Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y sus modi fi catorias. Localidad: APARO-CUSIBAMBA-LLACTA URAN Plan de Asignación de Frecuencias Plan de Canalización CanalesPlan de Asignación Frecuencia (MHz) 226 93.1234 94.7274 102.7286 105.1 298 107.5 Total de canales: 5 La máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será de 0.1 KW.Las estaciones a instalarse en esta localidad son secundarias de acuerdo a lo previsto en el artículo 16 del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y están sujetas a los parámetros técnicos establecidos en las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión aprobadas con Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y sus modi fi catorias. Localidad: CAYRAMAYO-TOCONDOLO Plan de Asignación de Frecuencias Plan de Canalización CanalesPlan de Asignación Frecuencia (MHz) 221 92.1233 94.5241 96.1253 98.5257 99.3 Total de canales: 5 La máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será de 0.1 KW.Las estaciones a instalarse en esta localidad son secundarias de acuerdo a lo previsto en el artículo 16 del