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17 NORMAS LEGALES Jueves 24 de junio de 2021 El Peruano / Nº ITEMSDESCRIPCION DE LOS BIENES 13 MANDILON QUIRURGICO DESCARTABLE 14 MASCARILLA QUIRURGICA 15 PANTALON QUIRURGICO 16 SABANAS BRAMANTE COLOR BLANCO17 SOLERA DE BRAMANTE18 TOALLAS DE MANO NEC MINSA D.U. 075-2020 ET MINSA 0751 CARETA PROTECTORA 2 COLCHA NIDO DE ABEJA COLOR BLANCO DE 1 1/2 PLAZA 3 FRAZADA DE ALGODON DE 1 1/2 PLAZA4 FUNDA BRAMANTE COLOR BLANCO PARA ALMOHADA 5 MASCARILLAS FACIALES TEXTILES DE USO COMUNITARIO 6 SOLERA DE BRAMANTE SANFORIZADO COLOR BLANCO7 SABANA BRAMANTE NEC UNIFORMES PARA LA PNP D.U. 058-2011 ET01-PNP-REGIONES 1 CALCETIN CORTO (UNISEX) 2CAMISETA TERMICA MANGA LARGA CUELLO TORTUGA–JORGE CHAVEZ (DAMA Y CABALLERO) 3 POLO MANGA CORTA GRIS CUELLO CAMISA (CABALLERO) 4 POLO MANGA CORTA GRIS CUELLO CAMISA (DAMA)5 POLO MANGA CORTA GRIS CUELLO REDONDO FAENA (DAMA)6 POLO MANGA CORTA GRIS CUELLO REDONDO FAENA (CABALLERO) 7 POLO BLANCO CUELLO V (DAMA) 8 POLO BLANCO CUELLO V (CABALLERO)9 CAMISETA TÉRMICA (DAMA) ET02-PNP-REGIONES 1 CASACA DE DAMA ET03-PNP-REGIONES 1BOTA BORCEGUIES CUERO NEGRO(CABALLERO SEGUNDA ETAPA - ARTICULADORA) 2 BOTA BORCEGUIES CUERO NEGRO(CABALLERO) PRIMERA ETAPA 3 BOTA BORCEGUIES CUERO NEGRO(DAMA PRIMERA ETAPA) 4BOTA BORCEGUIES CUERO NEGRO(DAMA SEGUNDA ETAPA - ARTICULADORA) 5CALZADO COLOR NEGRO DE MATERIAL SINTÉTICO Y PISO DE POLIURETANO CABALLERO (PRIMERA ETAPA) 6CALZADO COLOR NEGRO DE MATERIAL SINTÉTICO Y PISO DE POLIURETANO CABALLERO (SEGUNDA ETAPA - ARTICULADORA) 7CALZADO COLOR NEGRO DE MATERIAL SINTÉTICO Y PISO DE POLIURETANO DAMA (PRIMERA ETAPA) 8CALZADO COLOR NEGRO DE MATERIAL SINTÉTICO Y PISO DE POLIURETANO DAMA (SEGUNDA ETAPA ARTICULADORA) 9 CORREA ET04-PNP-REGIONES 1 CASACA VERDE FLUORESCENTE CABALLERO 2 CASACA VERDE FLUORESCENTE DAMA 3 CHALECO VERDE FLUORESCENTE UNISEX 4 GORRA DE UNIFORME DE FAENA UNISEX VERDE AZULINO 5 UNIFORME DE FAENA CABALLERO (CAMISACO Y PANTALON) 6 UNIFORME DE FAENA DAMA (CAMISACO Y PANTALON) NEC PRODUCE 1 PROTECTOR FACIAL 2 MASCARILLA 383 TOTAL GENERAL 1966256-4PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia en el distrito de Oyolo de la provincia de Páucar del Sara Sara, del departamento de Ayacucho, por impacto de daños a consecuencia de intensas precipitaciones pluviales DECRETO SUPREMO N° 124-2021-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:Que, mediante el Decreto Supremo Nº 033-2021- PCM, publicado en el Diario O fi cial El Peruano el 25 de febrero de 2021, se declaró el Estado de Emergencia en el distrito de Oyolo de la provincia de Páucar del Sara Sara, del departamento de Ayacucho, por impacto de daños a consecuencia de intensas precipitaciones pluviales, por el plazo de sesenta (60) días calendario, para la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de respuesta y rehabilitación que correspondan; Que, el Estado de Emergencia declarado mediante el Decreto Supremo Nº 033-2021-PCM, fue prorrogado por el Decreto Supremo Nº 080-2021-PCM, por el término de sesenta (60) días calendario, a partir del 27 de abril de 2021, con la fi nalidad de continuar con la ejecución de medidas y acciones de excepción necesarias, de rehabilitación que correspondan; Que, conforme a lo establecido en el artículo 69 del Reglamento de la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado por el Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, y en los artículos 6 y 15 de la “Norma Complementaria sobre la Declaratoria de Estado de Emergencia por Desastre o Peligro Inminente, en el marco de la Ley Nº 29664, del Sistema Nacional de Gestión de Riesgo de Desastres - SINAGERD”, aprobada por el Decreto Supremo Nº 074-2014-PCM; el Gobierno Regional presenta al Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), la solicitud de prórroga del Estado de Emergencia, la que no deberá exceder de sesenta (60) días calendario, adjuntando los informes técnicos que fundamenten su solicitud, así como las medidas de carácter presupuestal necesarias; Que, mediante el O fi cio N° 298-2021-GRA/GR, de fecha 9 de junio de 2021, el Gobernador Regional del Gobierno Regional de Ayacucho solicita al INDECI, la prórroga del Estado de Emergencia en el distrito de Oyolo de la provincia de Páucar del Sara Sara, del departamento de Ayacucho, por impacto de daños a consecuencia de intensas precipitaciones pluviales; Que, de acuerdo a lo establecido en los artículos 8 y 17 de la “Norma Complementaria sobre la Declaratoria de Estado de Emergencia por Desastre o Peligro Inminente, en el marco de la Ley Nº 29664, del Sistema Nacional de Gestión de Riesgo de Desastres - SINAGERD”, aprobada por el Decreto Supremo Nº 074-2014-PCM, el INDECI emite opinión técnica respecto a la procedencia de la solicitud de prórroga del Estado de Emergencia y remite el expediente a la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, mediante el Oficio Nº 2795-2021-INDECI/5.0, de fecha 18 de junio de 2021, el Jefe del INDECI remite el Informe Técnico N° 00079-2021-INDECI/11.0 de fecha 17 de junio de 2021, emitido por el Director de Respuesta de la indicada entidad, sobre la procedencia de la solicitud de prórroga del Estado de Emergencia, teniendo en consideración el sustento contenido en: (i) el Informe Técnico Nº 20-2021-GRA-