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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE JUNIO DEL AÑO 2021 (25/06/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 88

88 NORMAS LEGALES Viernes 25 de junio de 2021 El Peruano / el Informe Nº 066-2021-SGP-GPP/MDLP emitido por la Subgerencia de Planeamiento de fecha 20 de mayo de 2021 concluye recomendando la adecuación de los (09) Procedimientos Administrativos y (01) Servicio Prestado en Exclusividad, aprobados con Ordenanza Nº 003-2020-MDLP, correspondiente a la Subgerencia de Gestión del Riesgo de Desastres, en el marco de las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 043-2021-PCM; Que, mediante Informe Nº 420-2021-GAJ/MDLP emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica de fecha 24 de mayo de 2021 concluye opinando por la Procedencia de Aprobar el “Proyecto de Decreto de Alcaldía que Aprueba la Modi fi cación de (09) Procedimientos Administrativos Estandarizados de Inspección Técnicas de Seguridad en Edifi caciones y (01) Servicio Prestado en Exclusividad. Recomendando emitir el respectivo Decreto de Alcaldía, así como su Anexo en el Diario O fi cial “El Peruano”; Que, mediante Memorándum Nº 408-2021-GM- MDLP emitido por Gerencia Municipal de fecha 26 de mayo de 2021, remite los actuados administrativos a Secretaria General a fi n de emitir el Decreto de Alcaldía correspondiente, por contar con opinión técnica y legal de las áreas competentes; En aplicación de las facultades conferidas en el numeral 6) del Artículo 20º y el Artículo 42º de la Ley 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades. DECRETA:Artículo Primero.- APROBAR la Modi fi cación de (09) Procedimientos Administrativos Estandarizados de Inspección Técnicas de Seguridad en Edi fi caciones y (01) Servicio Prestado en Exclusividad conforme al anexo adjunto, aprobados mediante Ordenanza Nº 003-2020-MDLP, el cual forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la GERENCIA MUNICIPAL, GERENCIA DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO, SUBGERENCIA DE PLANEAMIENTO y SUBGERENCIA DE GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRE, adoptar las acciones pertinentes de acuerdo a su competencia funcional que conlleve a la difusión, implementación y cumplimiento de los dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía. Artículo Tercero.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a SECRETARIA GENERAL la publicación del texto del presente Decreto de Alcaldía y su anexo en el Diario O fi cial “El Peruano” y a la SUBGERENCIA DE TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN para su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de La Perla (www.munilaperla.gob.pe), el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas (www.servicioalciudadano.gob.pe) y el Portal del Estado Peruano (www.peru.pob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.ANIBAL NOVILO JARA AGUIRRE Alcalde * El TUPA se publica en la página WEB del Diario O fi cial El Peruano, sección Normas Legales. 1966108-1 COMUNICADO REQUISITOS PARA PUBLICAR EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES DURANTE LA EMERGENCIA SANITARIA Se comunica a las entidades públicas que durante la emergencia sanitaria se recibirán sólo en modo virtual las solicitudes de publicaciones en la Separata de Normas Legales, para lo cual deberá tomarse en cuenta lo siguiente: 1. La documentación a publicar se recibirá mediante correo electrónico de lunes a viernes, de 8:30 am a 5.30 pm. Sábados, domingos y feriados se recibirán únicamente publicaciones para el día siguiente y en el horario de 8:30 am a 5.30 pm. 2. La persona con fi rma registrada ante la Gerencia de Publicaciones O fi ciales, enviará la solicitud de publicación desde su cuenta de correo institucional a la siguiente cuenta electrónica: normaslegales@editoraperu.com.pe . 3. En el correo institucional se deberá adjuntar lo siguiente: a) Ofi cio fi rmado y escaneado dirigido al Gerente de Publicaciones O fi ciales, en el que solicita la publicación de las normas que se indican. b) Dispositivo legal a publicar escaneado en un único PDF y debidamente refrendado. c) Archivos electrónicos de los documentos a publicar. El o fi cio y dispositivo legal podrán ser fi rmados digitalmente. Si no se cuenta con fi rma digital, debe consignarse sello y fi rma manual del funcionario autorizado. 4. Para todo dispositivo legal, con o sin anexos, el contenido del archivo o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL DOCUMENTO ORIGINAL IMPRESO que se entrega para su publicación. Cada entidad pública se hará responsable del contenido de los archivos electrónicos que entrega para su publicación. 5. En caso se requiera una cotización del dispositivo legal, deberá enviarse un archivo al correo electrónico cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe. 6. Todo documento que contenga tablas deberá ser trabajado en una hoja de cálculo de Excel, de acuerdo al formato original y sin justi fi car. El texto deberá ser redactado en formato Word; en caso incluya grá fi cos, estos deberán ser trabajados en formato PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises. 7. Las publicaciones de normas legales, cotizadas y pagadas al contado, se efectuarán conforme a las medidas facturadas al cliente, pudiendo existir una variación de +/- 5% como resultado de la diagramación fi nal. 8. Este comunicado rige para las entidades públicas que no usan el Portal de Gestión de Atención al Cliente - PGA . GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES