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83 NORMAS LEGALES Viernes 25 de junio de 2021 El Peruano / disposición al Pleno de los Sres. Regidores del Concejo Municipal; Que, mediante el Dictamen Nº 001–2021 de la Comisión Ordinaria de Servicios Comunales, aprueba y declara viable el Proyecto de Actualización del “REGLAMENTO DE SUPERVISIÓN AMBIENTAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA”; Que, mediante Informe Nº 0018-2021-GGA/MDLP emitido por la Gerencia de Gestión Ambiental de fecha 07 de abril de 2021 subsana las observaciones al referido Proyecto de Actualización del “REGLAMENTO DE SUPERVISIÓN AMBIENTAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA”; Que, mediante Memorándum Nº 307-2021-GM- MDLP de fecha 26 de abril del 2021, Gerencia Municipal remite los actuados administrativos a Secretaria General, solicitando la prosecución del trámite correspondiente para disposición al Pleno de los Sres. Regidores del Concejo Municipal; Que, mediante el Dictamen Nº 003–2021 de la Comisión Ordinaria de Servicios Comunales, luego de la subsanación presentada, aprueba por UNANIMIDAD y declara viable el Proyecto de Actualización del “REGLAMENTO DE SUPERVISIÓN AMBIENTAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA”; Que, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 9º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con el VOTO UNÁNIME, del pleno del Concejo Municipal ha aprobado la siguiente: “ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE SUPERVISIÓN AMBIENTAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA” Artículo Primero.- APROBAR la Actualización del REGLAMENTO DE SUPERVISIÓN AMBIENTAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA, el mismo que consta de 36 Artículos; 4 Títulos y 2 Disposiciones Complementarias Finales, y 3 Anexos (Anexo 1 Formato de Modelo de Plan de Supervisión, el Anexo 2 Formato de Acta de Supervisión Ambiental y el Anexo 3 Modelo de Informe de Supervisión Ambiental) que forman parte integrante del presente dispositivo. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la GERENCIA DE GESTIÓN AMBIENTAL, a través de la SUBGERENCIA DE ÁREAS VERDES Y MEDIO AMBIENTE, GERENCIA DE SEGURIDAD CIUDADANA y demás unidades orgánicas competentes, el cumplimiento e implementación del presente REGLAMENTO DE SUPERVISIÓN AMBIENTAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA. Artículo Tercero.- DEROGAR la Ordenanza Municipal Nº018-2016-MDLP y dejar sin efecto cualquier otra disposición que se oponga a la presente disposición. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a SECRETARIA GENERAL la publicación del texto de la presente Ordenanza Municipal y su anexo en el Diario O fi cial “El Peruano” y a la SUBGERENCIA DE TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN para su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de La Perla (www.munilaperla.gob.pe), el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas (www.servicioalciudadano.gob.pe) y el Portal del Estado Peruano (www.peru.pob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ANIBAL NOVILO JARA AGUIRRE Alcalde 1965886-1 Ordenanza que dispone la obligatoriedad de limpiar y cercar terrenos sin construcción, terrenos con construcción paralizada o en situación de abandono en el distrito de La Perla ORDENANZA Nº 007-2021-MDLP La Perla, 28 de mayo de 2021EL ALCALDE DE MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA POR CUANTO:EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE LA PERLA. VISTO:En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 28 de mayo de 2021, el Dictamen Nº 001-2021 presentado por la Comisión Ordinaria de Servicios Técnicos sobre el Proyecto de “ORDENANZA QUE DISPONE OBLIGATORIEDAD DE LIMPIAR Y CERCAR TERRENOS SIN CONSTRUCCIÓN, TERRENOS CON CONSTRUCCIÓN PARALIZADA O EN SITUACIÓN DE ABANDONO EN EL DISTRITO DE LA PERLA”; y, CONSIDERANDO:Que de conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Perú en su artículo 194º, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; y que dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, en virtud de lo dispuesto en el numeral 6) del artículo 195º de la Constitución Política del Perú, los Gobiernos Locales son competentes para plani fi car el desarrollo urbano y rural de sus circunscripciones, incluyendo la zoni fi cación, urbanismo y acondicionamiento territorial; Que, de acuerdo al artículo 88º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley 27972, corresponde a las Municipalidades Provinciales y Distritales dentro del territorio de su jurisdicción, velar por el uso de la propiedad inmueble en armonía con el bien común; Que, mediante el artículo 93º del mencionado cuerpo legal en cuyo numeral 5) cercado de propiedades se establece que es facultad especial de las municipalidades provinciales y distritales dentro del ámbito de su jurisdicción, hacer cumplir la obligación de cercar propiedades, bajo apremio de hacerlo en forma directa y exigir coactivamente el pago correspondiente, más la multa y los intereses de ley, en tal sentido la Municipalidad es competente para regular el uso de los terrenos sin construir y establecer obligaciones a los propietarios, de terrenos sin construir o con construcciones no fi nalizadas que se encuentran en estado de abandono a efectos de evitar los focos infecciosos por el arrojo y la acumulación de residuos sólidos y basura en éstos predios causando malestar a los vecinos colindantes, así como el mal aspecto urbano y ornato del distrito; Que, la Municipalidad de La Perla para continuar mejorando el aspecto urbano y ornato del distrito, para bienestar de los vecinos y visitantes, es necesario adoptar disposiciones para el cercado de terrenos sin construir, con construcción paralizada y en estado de abandono; Que, estando a lo expuesto, con el voto por UNANIMIDAD de los miembros del Concejo y en uso de las facultades conferidas en los artículos 9º y 40º de la Ley Orgánica de municipalidades, Ley Nº 27972 y con dispensa del trámite de aprobación de actas, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE DISPONE OBLIGATORIEDAD DE LIMPIAR Y CERCAR TERRENOS SIN CONSTRUCCIÓN, TERRENOS CON CONSTRUCCIÓN PARALIZADA O EN SITUACIÓN DE ABANDONO EN EL DISTRITO DE LA PERLA CAPÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES Artículo Primero.- Objeto Esta Ordenanza establece la obligatoriedad de limpiar y cercar las propiedades en situación de terrenos sin