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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE JUNIO DEL AÑO 2021 (29/06/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 18

18 NORMAS LEGALES Martes 29 de junio de 2021 El Peruano / ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS CENTRO NACIONAL DE PLANEAMIENTO ESTRATEGICO Prorrogan el plazo de la sección 3.6 de la “Guía para el seguimiento y evaluación de políticas nacionales y planes del Sinaplan” RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DE CONSEJO DIRECTIVO N° 00036-2021/CEPLAN/PCD Lima, 28 de junio de 2021 VISTO: El Informe N° D00007-2021-CEPLAN-DE de la Dirección Ejecutiva, el Informe N° D000056-2021-CEPLAN-DNSE de la Dirección Nacional de Seguimiento y Evaluación, y el Informe N° D0000115-2021-CEPLAN-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN; y, CONSIDERANDO:Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1088 se creó el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN, como órgano rector, orientador y de coordinación de dicho sistema, y como un organismo técnico especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, los numerales 3 y 16 del artículo 10 de la citada norma, dispone que una de las funciones generales del CEPLAN es asesorar a las Entidades del Estado y a los gobiernos regionales y orientar a los gobiernos locales en la formulación, el seguimiento y la evaluación de políticas y planes estratégicos de desarrollos, con la fi nalidad de lograr que se ajusten a los objetivos estratégicos de desarrollo nacional previstos en el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional; y como función especial del CEPLAN, el desarrollar el seguimiento y evaluación de la gestión estratégica del Estado, que comprende el seguimiento y evaluación de los planes y políticas, los objetivos, los programas y los proyectos prioritarios de desarrollo nacional; Que, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 026-2017/CEPLAN/PCD, modi fi cada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00009-2021/CEPLAN/PCD, se aprobó la Directiva N° 001-2017-CEPLAN/PCD, “Directiva para la Formulación y Actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional”, que establece los lineamientos para la formulación y actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional, dentro del marco de una visión compartida y concertada del país con prospectiva de mediano y de largo plazo; Que, la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria de la Directiva N° 001-2017/CEPLAN/PCD, “Directiva para la Formulación y Actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional”, establece que la Presidencia del Consejo Directivo del CEPLAN aprueba la actualización de guías e instrumentos metodológicos necesarios para orientar la actualización de políticas y planes a diferentes niveles, considerando el ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua; Que, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00015-2021/CEPLAN/PCD se aprobó la “Guía para el seguimiento y evaluación de políticas nacionales y planes del Sinaplan”, que establece las pautas para desarrollar el seguimiento y evaluación de las políticas nacionales y planes en el marco del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua, así como ser una herramienta orientadora para las entidades que conforman el Sinaplan; Que, mediante Informe N° D000056-2021-CEPLAN- DNSE, la Dirección Nacional de Seguimiento y Evaluación señala la necesidad de prorrogar el plazo para la elaboración y publicación en el Portal de Transparencia Estándar del reporte de seguimiento del Plan de Desarrollo Regional Concertado y del Plan de Desarrollo Local Concertado, sustentando los motivos de esta medida y con la fi nalidad de no perjudicar las funciones de las entidades públicas; Que, en ese sentido, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente, considerando la necesidad de prorrogar el plazo para la presentación del reporte de seguimiento del Plan de Desarrollo Regional Concertado y del Plan de Desarrollo Local Concertado correspondiente al año 2020, hasta el 30 de julio de 2021; Que el Reglamento de Organización y Funciones del CEPLAN, aprobado por Decreto Supremo N° 046-2009-PCM, establece en el literal w) de su artículo 13 que es una atribución del Presidente del Consejo Directivo de la entidad emitir las Resoluciones y Directivas pertinentes que regulen el marco conceptual, técnico, metodológico y operativo de las actividades inherentes al Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico; Con el visado del Director Ejecutivo, del Director Nacional de Prospectiva y Estudios Estratégicos, de la Directora Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico, del Director Nacional de Seguimiento y Evaluación y de la Jefa de la O fi cina de Asesoría Jurídica del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN; la Directiva N° 001-2017-CEPLAN/PCD, “Directiva para la Formulación y Actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional”, aprobada mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 026-2017/CEPLAN/PCD y modi fi cada por la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00009-2021/CEPLAN/PCD; y en uso de las facultades establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 046-2009-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Prorrogar el plazo de la sección 3.6 de la “Guía para el seguimiento y evaluación de políticas nacionales y planes del Sinaplan”, aprobada por la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00015-2021/CEPLAN/PCD, estableciendo el 30 de julio de 2021 como plazo para la elaboración y publicación en el Portal de Transparencia Estándar del Reporte de Seguimiento del Plan de Desarrollo Regional Concertado y del Plan de Desarrollo Local Concertado correspondiente al año 2020. Artículo 2°.- . Disponer que la O fi cina General de Administración realice las gestiones para la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, así como en el Portal Institucional del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (www.gob.pe/ceplan). Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER EDMUNDO ABUGATTÁS FATULE Presidente del Consejo Directivo del CEPLAN 1967591-1