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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE MARZO DEL AÑO 2021 (05/03/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 11

11 NORMAS LEGALES Viernes 5 de marzo de 2021 El Peruano / de Homologación es obligatorio a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”, siempre que no se haya convocado el procedimiento de selección correspondiente; Que, el numeral 31.1 del artículo 31 del Reglamento señala, entre otros, que la aprobación de la Ficha de Homologación se efectúa mediante resolución del Titular de la Entidad que realiza la homologación, conforme al procedimiento y plazos que establezca PERÚ COMPRAS, siendo esta facultad indelegable; Que, el numeral 31.2 del artículo 31 del Reglamento establece que el proyecto de Ficha de Homologación se prepublica en el portal institucional de la Entidad que realiza la homologación, de PERÚ COMPRAS y en el SEACE a fi n de recibir comentarios, recomendaciones y observaciones sobre su contenido por un periodo mínimo de diez (10) días hábiles, contando la Entidad con un plazo de diez (10) días hábiles para evaluar y, de ser el caso, modi fi car el proyecto de fi cha de homologación; Que, el numeral 8.10 de la Directiva Nº 006-2020-PERÚ COMPRAS denominada “Proceso de Homologación de Requerimientos” (en adelante la Directiva), aprobada por Resolución Jefatural N° 069-2020-PERÚ COMPRAS establece que una vez fi nalizadas las actividades de prepublicación del proyecto de Ficha de Homologación y evaluación de comentarios, recomendaciones y observaciones al proyecto de Ficha de Homologación, los ministerios solicitarán a la Dirección de Estandarización y Sistematización de PERÚ COMPRAS emitir opinión respecto de la viabilidad del proyecto de Fichas de Homologación; Que, el subnumeral 8.13.1 del numeral 8.13 de la Directiva señala que contando con la opinión favorable de la Dirección de Estandarización y Sistematización de PERÚ COMPRAS, la Ficha de Homologación será aprobada mediante Resolución Ministerial, la cual será publicada en el Diario O fi cial “El Peruano”; Que, el sub numeral 8.13.2 del numeral 8.13 de la Directiva estable que “El Ministerio deberá remitir a la Dirección de Estandarización y Sistematización de PERÚ COMPRAS la Resolución de aprobación y la Ficha de Homologación aprobada, el mismo día de publicada en el Diario O fi cial “El Peruano”, a efectos de gestionar su incorporación en la “Relación de Fichas de Homologación vigentes” publicada en el portal institucional de PERÚ COMPRAS”; Que, por O fi cio Nº 000003-2021-PERÚ COMPRAS- PERÚ COMPRAS el Jefe de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS remite el Informe Nº 000002-2021-PERÚ COMPRAS-DES de la Dirección de Estandarización y Sistematización de PERÚ COMPRAS mediante el cual emite opinión favorable sobre el Proyecto de las Fichas de Homologación de “Estructura de soporte de techo con vigas de madera aserrada para módulos para el resguardo de ganado (cobertizos)” y “Estructura de soporte de techo con tijerales de madera aserrada para módulos para el resguardo de ganado (cobertizos)”; Con las visaciones del Viceministro de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego, de la Directora Ejecutiva del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL y de la Directora General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 082-2019-EF, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado; el Decreto Supremo N° 344-2018-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado y su modi fi catoria; la Ley Nº 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; el Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014-MINAGRI y sus modi fi catorias; y, la Resolución Jefatural N° 069-2020-PERÚ COMPRAS que aprueba la Directiva N° 006-2020-PERÚ COMPRAS denominada “Proceso de homologación de requerimientos”; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar dos (02) Fichas de Homologación de “Estructura de soporte de techo con vigas de madera aserrada para módulos para el resguardo de ganado (cobertizos)” y “Estructura de soporte de techo con tijerales de madera aserrada para módulos para el resguardo de ganado (cobertizos), que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, conforme al siguiente detalle: N° Código CUBSO Denominación del Bien 1 3015150700388330 Estructura de soporte de techo con vigas de madera aserrada para módulos para el resguardo de ganado (cobertizos) 2 3015150700388329 Estructura de soporte de techo con tijerales de madera aserrada para módulos para el resguardo de ganado (cobertizos) Artículo 2.- Disponer se remita a la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS las Fichas de Homologación aprobadas en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano para los fi nes pertinentes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.gob.pe/midagri), en la misma fecha de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.FEDERICO TENORIO CALDERÓN Ministro de Desarrollo Agrario y Riego 1932453-1 Modifican el Anexo de la Resolución de Dirección Ejecutiva N° D000004-2020-MINAGRI-SERFOR-DE, que contiene la información sobre ecosistemas incorporados en la “Lista Sectorial de Ecosistemas Frágiles” RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° D000032-2021-MIDAGRI-SERFOR-DE Magdalena del Mar, 3 de marzo de 2021VISTOS:Los Informes Técnicos Nº D000050-2020-MINAGRI- SERFOR-DGIOFFS-DIV y D000057-2020-MIDAGRI-SERFOR-DGIOFFS-DIV emitidos por la Dirección de Inventario y Valoración; los Informes Nº D000016-2020-MIDAGRI-SERFOR-DGIOFFS-DCZO y D000017-2020-MIDAGRI-SERFOR-DGIOFFS-DCZO emitidos por la Direcció n de Catastro, Zoni fi cació n y Ordenamiento; el Memorando N° D000046-2021-MIDAGRI-SERFOR-DGIOFFS de la Direcció n General de Informació n y Ordenamiento Forestal y de Fauna Silvestre; el Informe Té cnico N° D000007-2021-MIDAGRI-SERFOR- DGPCFFS-DPR de la Direcció n de Polí tica y Regulació n; el Memorando N° D000019-2021-MIDAGRI-SERFOR-DGPCFFS de la Direcció n General de Polí tica y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre; y los Informes Legales N° D000060-2021-MIDAGRI-SERFOR-OGAJ y N° D000086-2021-MIDAGRI-SERFOR-OGAJ de la Ofi cina General de Asesorí a Jurí dica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 13 de la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, se creó el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno y como pliego presupuestal adscrito al Ministerio de Agricultura y Riego – MINAGRI, ahora Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego – MIDAGRI; Que, el artículo 14 de la referida Ley, establece como funciones del SERFOR, entre otros, emitir y proponer normas y lineamientos de aplicación nacional,