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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE MARZO DEL AÑO 2021 (05/03/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 14

14 NORMAS LEGALES Viernes 5 de marzo de 2021 / El Peruano del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, cargo considerado de con fi anza. Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal Electrónico del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL (www.agrorural.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.ROXANA ISABEL ORREGO MOYA Directora Ejecutiva 1932511-1 Designan Director de la Dirección Zonal Huancavelica del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 044-2021-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRO RURAL-DE Lima, 4 de marzo de 2021CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Directoral Ejecutiva Nº 027-2021-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRO RURAL-DE, se encargó a partir del 30 de enero de 2021, las funciones de Director de la Dirección Zonal Huancavelica del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, al señor Maximiano Pariona Nalvarte, quien ejerce dicho cargo en adición a sus funciones hasta que se desine a su titular; Que, de acuerdo a lo referido en el párrafo precedente se ha visto conveniente expedir el acto administrativo que de por concluida su encargatura en mención, y se designe a su Titular; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos, y en uso de las atribuciones conferidas en el Manual de Operaciones, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 0015-2015-MINAGRI; SE RESUELVE:Artículo 1.- DAR POR CONCLUIDA, la encargatura de funciones del señor Maximiano Pariona Nalvarte como Director de la Dirección Zonal Huancavelica del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; dándosele las gracias por los servicios prestados, siendo su último día de encargatura el día 04 de marzo de 2021. Artículo 2.- DESIGNAR, a partir del 05 de marzo de 2021 al señor OLEGARIO BENITO ANGULO GONZALEZ, en el cargo Director de la Dirección Zonal Huancavelica del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, cargo considerado de con fi anza. Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal Electrónico del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL (www.agrorural.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. ROXANA ISABEL ORREGO MOYA Directora Ejecutiva 1932511-2 ECONOMIA Y FINANZAS Fijan índices de corrección monetaria para efectos de determinar el costo computable de los inmuebles enajenados por personas naturales, sucesiones indivisas o sociedades conyugales que optaron por tributar como tales RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 091-2021-EF/15 Lima, 4 de marzo del 2021CONSIDERANDO:Que, mediante el artículo 21 del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo Nº 179-2004-EF, se dispone que en el caso de enajenación de bienes inmuebles el costo computable es el valor de adquisición o construcción reajustado por los índices de corrección monetaria que establece el Ministerio de Economía y Finanzas en base a los Índices de Precios al Por Mayor proporcionados por el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI); Que, conforme al artículo 11 del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo Nº 122-94-EF, los índices de corrección monetaria son fi jados mensualmente por Resolución Ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas, la cual es publicada dentro de los primeros cinco (5) días hábiles de cada mes; Que, en tal sentido, es conveniente fi jar los referidos índices de corrección monetaria; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo Nº 179-2004-EF, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 122-94-EF; SE RESUELVE: Artículo Único. Fijan Índices de Corrección Monetaria En las enajenaciones de inmuebles que las personas naturales, sucesiones indivisas o sociedades conyugales -que optaron por tributar como tales- realicen desde el día siguiente de publicada la presente Resolución hasta la fecha de publicación de la Resolución Ministerial mediante la cual se fi jen los índices de corrección monetaria del siguiente mes, el valor de adquisición o construcción, según sea el caso, se ajusta multiplicándolo por el índice de corrección monetaria correspondiente al mes y año de adquisición del inmueble, de acuerdo al Anexo que forma parte de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.WALDO MENDOZA BELLIDO Ministro de Economía y Finanzas ANEXO ÍNDICE DE CORRECCIÓN MONETARIA Años/ MesesEnero Febrero Marzo Abril Mayo Junio Julio Agosto Setiembre Octubre Noviembre Diciembre 1976 -.- 226 642 737,66 223 437 131,31 218 925 735,49 218 805 248,01 216 442 683,41 213 402 649,30 182 916 556,54 170 459 826,63 167 750 690,14 1 63 216 887,71 160 666 452,07 1977 159 655 633,08 152 422 671,81 147 630 573,95 142 429 831,25 141 215 653,20 139 099 353,54 131 456 784,63 126 897 266,40 123 200 847,74 1 20 238 661,92 118 330 017,06 115 494 084,14 1978 111 431 532,39 102 180 972,96 96 306 464,28 93 582 377,95 90 401 137,45 80 101 236,19 73 863 285,77 70 731 351,04 68 267 838,53 65 123 6 67,42 61 731 142,64 58 305 993,69 1979 56 944 731,77 54 145 061,15 51 876 015,35 49 576 332,48 47 968 284,38 46 489 345,63 45 322 518,88 42 655 344,20 40 798 638,81 39 166 157 ,36 38 080 726,90 36 499 905,34 1980 35 384 036,40 34 069 080,56 32 842 025,17 31 852 247,48 31 020 505,26 30 116 212,13 29 374 497,44 28 758 301,25 27 463 702,57 26 160 453 ,74 24 893 709,44 23 998 619,83 1981 23 123 447,21 21 007 246,14 19 844 390,58 19 109 613,34 18 357 393,73 17 510 973,20 17 137 462,47 16 727 075,72 16 016 267,37 15 644 526 ,44 14 931 800,23 14 375 424,49