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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE MARZO DEL AÑO 2021 (05/03/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 26

26 NORMAS LEGALES Viernes 5 de marzo de 2021 / El Peruano La orden de noti fi car al Sujeto Pasivo del área del bien inmueble a expropiarse, requiriéndole la desocupación y entrega del área del bien inmueble expropiado dentro de un plazo máximo de diez días hábiles siguientes de notifi cada la norma para los inmuebles desocupados y treinta días hábiles para los inmuebles ocupados o en uso, bajo apercibimiento de iniciar el procedimiento de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del área del bien inmueble materia de expropiación; Que, por O fi cio Nº 812-2020-VIVIENDA/VMCS- DGPRCS-DC, la Dirección de Construcción de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, remite al Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL (en adelante, PROVIAS NACIONAL), entre otros, los Informes Técnicos de Tasación con Códigos ICT2-VARTAMBO-01, ICT2-ENS13-01 e ICT2-VARHUAY-01, en los que se determina los valores de las tasaciones correspondientes a las áreas de los inmuebles afectados por la obra: “IIRSA Centro Tramo Nº 2 (Puente Ricardo Palma - La Oroya - Huancayo y La Oroya - Desvío Cerro de Pasco)” (en adelante, la Obra) Que, con Memorándum Nos. 941 y 996-2019- MTC/20.22 y 097, 268, 464 y 667-2020-MTC/20.22, la entonces Dirección de Infraestructura de PROVIAS NACIONAL remite los Informes No s. 596 y 619-2019- MTC/20.22.4 y 06 1, 182, 282 y 420-2020-MTC/20.22.4 así como los informes Nos. 110 y 114-2019-TO2-ADR y 003 y 007-2020-TO2-ADR, 032-2020/AWPP/CLS Nº466-2019-MTC/20.22.4 y 053-2020-MTC/20.22.4/AMBN emitidos por la antes denominada Subdirección de Derecho de Vía de PROVIAS NACIONAL y con Memorándum Nº 955-2021-MTC/20.11 la Dirección de Derecho de Vía remite el Informe Nº 007-2021-MTC/20.11.1/MPRG; en los cuales se indica que: i) se ha identi fi cado al Sujeto Pasivo de la expropiación y las áreas de los inmuebles afectados, ii) describe de manera precisa las áreas de los inmuebles afectados por la ejecución de la Obra, los linderos, medidas perimétricas y las áreas totales de acuerdo a las coordenadas UTM de validez universal, iii) se precisa que el Sujeto Pasivo ejerce la posesión sobre las áreas de los inmuebles afectados en el marco de lo dispuesto en el numeral 7.2 del artículo 7 del TUO de la Ley, y iv) las ofertas de adquisición se han considerado rechazadas de conformidad con lo establecido en el numeral 20.5 del artículo 20 del TUO de la Ley, por lo que recomienda la expedición de la resolución ministerial que apruebe la ejecución de la expropiación de las áreas de los inmuebles afectados y los valores de las Tasaciones; asimismo, adjunta los Certi fi cados de Búsqueda Catastral, el Informe Técnico Nº 026-2019-TO2ARQ/ITVC, suscrito por veri fi cador catastral y la disponibilidad presupuestal de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto de PROVIAS NACIONAL, para la expropiación de las áreas de los inmuebles afectados, contenida en el Informe Nº 778-2021-MTC/20.4;Que, con Informe Nº 4091-2019-MTC/20.3, Informe Complementario Nº 626-2020-MTC/20.3 e Informes Nº 2800-2020-MTC/20.3 y 196-2021-MTC/20.3, la O fi cina de Asesoría Jurídica de PROVIAS NACIONAL concluye que, de conformidad con lo dispuesto en el TUO de la Ley y en mérito a lo opinado por la Dirección de Derecho de Vía, resulta legalmente viable la aprobación de la ejecución de expropiación de las áreas de los inmuebles afectados por la Obra y sus respectivos valores de tasación; De conformidad con lo dispuesto en la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30025, Ley que Facilita la Adquisición, Expropiación y Posesión de Bienes Inmuebles para Obras de Infraestructura y Declara de Necesidad Pública la Adquisición o Expropiación de Bienes Inmuebles afectados para la Ejecución de diversas Obras de Infraestructura, la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la Resolución Ministerial Nº 0785-2020-MTC/01 que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y el Decreto Supremo Nº 015-2020-VIVIENDA, que aprueba el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1192, Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobación de la Ejecución de la Expropiación de las áreas de los Inmuebles y de los Valores de las Tasaciones Aprobar la ejecución de la expropiación de las áreas de los inmuebles afectados por la ejecución de la Obra: : “IIRSA Centro Tramo Nº 2 (Puente Ricardo Palma - La Oroya - Huancayo y La Oroya - Desvío Cerro de Pasco)” y los valores de las Tasaciones, ascendentes a S/ 1 202,86 (MIL DOSCIENTOS DOS CON 86/100 SOLES) correspondiente al código ICT2-VARTAMBO-01, S/ 1 316,69 (MIL TRESCIENTOS DIECISEIS CON 69/100 SOLES) correspondiente al código ICT2-ENS13-01 y S/ 2 645,67 (DOS MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y CINCO CON 67/100 SOLES) correspondiente al código ICT2-VARHUAY-01, conforme se detalla en los Anexos que forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Consignación de los Valores de las Tasaciones Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, consigne en el Banco de la Nación, el monto de los Valores de las Tasaciones a favor del Sujeto Pasivo de la expropiación, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución Ministerial. REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos Constitucionales Autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, deberán ser remitidos al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES