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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE MARZO DEL AÑO 2021 (05/03/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 16

16 NORMAS LEGALES Viernes 5 de marzo de 2021 / El Peruano DICE: “Subcapítulo V Plan Anual de Contrataciones(…)”. DEBE DECIR:“Capítulo V Plan Anual de Contrataciones(…)”. 1931982-1 EDUCACION Designan Director de la Dirección de Investigación y Desarrollo de la Secretaría Nacional de la Juventud del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 111-2021-MINEDU Lima, 4 de marzo de 2021VISTOS, el Expediente Nº SENAJU2021- INT-0028114, el O fi cio Nº 00079-2021-MINEDU/DM- SENAJU de la Secretaría Nacional de la Juventud, el Informe Nº 00055-2021-MINEDU/SG-OGRH de la O fi cina General de Recursos Humanos; y, CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Director(a) de la Dirección de Investigación y Desarrollo de la Secretaría Nacional de la Juventud del Ministerio de Educación; Que, resulta necesario designar a la persona que ejercerá el cargo al que se hace referencia en el considerando precedente; De conformidad con lo previsto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modi fi cado por la Ley Nº 26510; en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar, con efectividad al 05 de marzo de 2021, al señor IVAN ANDRES RAMIREZ ZAPATA en el cargo de Director de la Dirección de Investigación y Desarrollo de la Secretaría Nacional de la Juventud del Ministerio de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese.RICARDO DAVID CUENCA PAREJA Ministro de Educación 1932420-1 Designan Director de la Dirección de Asistencia Integral y Monitoreo de la Secretaría Nacional de la Juventud del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 112-2021-MINEDU Lima, 4 de marzo de 2021 VISTOS, el Expediente Nº SENAJU2021- INT-0028114, el O fi cio Nº 00079-2021-MINEDU/DM- SENAJU de la Secretaría Nacional de la Juventud, el Informe Nº 00055-2021-MINEDU/SG-OGRH de la O fi cina General de Recursos Humanos; y,CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director(a) de la Dirección de Asistencia Integral y Monitoreo de la Secretaría Nacional de la Juventud del Ministerio de Educación; Que, resulta necesario designar a la persona que ejercerá el cargo al que se hace referencia en el considerando precedente; De conformidad con lo previsto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modi fi cado por la Ley Nº 26510; en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar, con efectividad al 05 de marzo de 2021, al señor ROBERTO CARLOS MATOS GONZALES en el cargo de Director de la Dirección de Asistencia Integral y Monitoreo de la Secretaría Nacional de la Juventud del Ministerio de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese.RICARDO DAVID CUENCA PAREJA Ministro de Educación 1932422-1 Aprueban el documento normativo denominado “Disposiciones para la organización e implementación del Plan Lector en las Instituciones Educativas y Programas Educativos de la Educación Básica” RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 062-2021-MINEDU Lima, 3 de marzo de 2021VISTOS, el Expediente Nº 0148909-2020, el Informe Nº 01887-2020-MINEDU/VMGP-DIGEBR de la Dirección General de Educación Básica Regular y el Informe Nº 01493-2020-MINEDU/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo previsto en los artículos 13 y 16 de la Constitución Política del Perú, la educación tiene como propósito el desarrollo integral de la persona humana; correspondiéndole al Estado coordinar la política educativa y formular los lineamientos generales de los planes de estudios, así como los requisitos mínimos de la organización de los centros educativos; Que, según los literales b) y d) del artículo 5 del Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, son atribuciones del Ministerio de Educación formular las normas de alcance nacional que regulen las actividades de educación, cultura, deporte y recreación, y orientar el desarrollo del sistema educativo nacional, en concordancia con lo establecido por la citada ley, y establecer las coordinaciones que al efecto pudieran ser convenientes y necesarias; Que, de acuerdo con el literal a) del artículo 53 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, el estudiante es el centro del proceso y del sistema educativo. Le corresponde, entre otros aspectos, contar con un sistema educativo e fi ciente, con instituciones y profesores responsables de su aprendizaje y desarrollo integral; recibir un buen trato y adecuada orientación e ingresar oportunamente al sistema o disponer de alternativas para culminar su educación; Que, asimismo, conforme a lo dispuesto por el artículo 79 de la citada Ley, el Ministerio de Educación es el