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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE MARZO DEL AÑO 2021 (05/03/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 42

42 NORMAS LEGALES Viernes 5 de marzo de 2021 / El Peruano SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE MIGRACIONES Aprueban la Directiva: “Lineamientos para el Control Migratorio de personas nacionales y extranjeras de medios de transportes marítimos y emisión de Permisos de Tierra para tripulantes marítimos” RESOLUCIÓN SUPERINTENDENCIA Nº 000047-2021-MIGRACIONES Breña, 28 de febrero del 2021VISTOS:El Memorando Nº 0000146-2021-DRCM/ MIGRACIONES, de fecha 19 de enero de 2021, de la Dirección de Registro y Control Migratorio, y la Hoja de Elevación Nº 000112-2021-SCM/MIGRACIONES, del 18 de enero de 2021, de la Subdirección de Control Migratorio de la Dirección de Registro y Control Migratorio; el Informe Nº 000002-2021-GRC-UMGC/MIGRACIONES y Hoja de Elevación Nº 000012-2021-UMGC/MIGRACIONES, de fechas 20 y 21 de enero de 2021, respectivamente, de la Unidad de Modernización y Gestión de la Calidad de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto; el Memorando Nº 000154-2021-OPP/MIGRACIONES, de fecha 21 de enero de 2021, de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe Nº 000050-2021-OAJ/MIGRACIONES, de fecha 22 de enero de 2021, elaborado por la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Mediante Decreto Legislativo Nº 1130 se crea la Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES, como Organismo Técnico Especializado adscrito al Ministerio del Interior, con personería jurídica de derecho público interno, así como autonomía administrativa, funcional y económica en el ejercicio de sus atribuciones; Con el Decreto Supremo Nº 009-2020-IN y Resolución de Superintendencia Nº 000148-2020-MIGRACIONES, publicados el 19 de junio y 01 de julio de 2020, se aprueba la Sección Primera y Segunda del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Migraciones, respectivamente. Con Resolución de Superintendencia Nº 000153-2020-MIGRACIONES, se dispone la publicación del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de MIGRACIONES; y, mediante Resolución de Superintendencia Nº 000154-2020-MIGRACIONES, se aprueba el Cuadro de equivalencias y siglas de los órganos y unidades orgánicas de la Superintendencia Nacional de Migraciones; En ese sentido, el artículo 62º del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la entidad señala que la Dirección de Registro y Control Migratorio es el órgano de línea encargado de normar las actividades en materia de control migratorio, sanciones y las actividades de emisión de documentos de viaje e identidad a nivel nacional, en coordinación con las autoridades competentes, entre otras funciones; Por otro lado, mediante la Directiva E04.OPP. DI.001 “Lineamientos para la gestión de la Información Documentada” aprobada con Resolución de Superintendencia Nº 000218-2020-MIGRACIONES, así como su Procedimiento E04.OPP.PR.001 “Gestión de la Información Documentada” y la Norma Administrativa Interna E04.OPP.NAI.011 “Conformación de los Documentos Normativos” , se establecen los lineamientos, procedimiento de aprobación y estructura de los documentos normativos; En ese contexto, con Memorando Nº 0000146-2021- DRCM/MIGRACIONES, la Dirección de Registro y Control Migratorio, adjunta la Hoja de Elevación Nº000112-2021-SCM/MIGRACIONES, de la Subdirección de Control Migratorio, donde solicita se gestione la propuesta de Directiva “Lineamientos para el Control Migratorio de personas nacionales y extranjeras de medios de transportes marítimos y emisión de Permisos de Tierra para tripulantes marítimos” con código M01.DRCM. DI.004, y se deje sin efecto la Directiva “ Lineamientos para el Control Migratorio de personas nacionales y extranjeras de naves marítimas de pasajeros y autorización de permisos de tierra para tripulantes marítimos” con código M01.SM.DI.004, aprobada con Resolución de Superintendencia Nº 000101-2018-MIGRACIONES, de fecha 22 de marzo de 2018, toda vez que, resulta de suma importancia contar con la normativa necesaria para el control migratorio; Con Memorando Nº 000154-2021-OPP/ MIGRACIONES, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto en atención al Informe Nº 000002-2021-GRC-UMGC/MIGRACIONES y Hoja de Elevación Nº 000012-2021-UMGC/MIGRACIONES, de la Unidad de Modernización y Gestión de la Calidad concluye que, la Directiva “Lineamientos para el Control Migratorio de personas nacionales y extranjeras de medios de transportes marítimos y emisión de Permisos de Tierra para tripulantes marítimos” con código M01.DRCM.DI.004, no cuenta con observaciones y se ha elaborado y actualizado en el marco de la implementación del nuevo ROF de MIGRACIONES y considerando las disposiciones establecidas en la Directiva E04.OPP.DI.001 “Lineamientos para la gestión de la Información Documentada” ; así como su Procedimiento E04.OPP.PR.001 y Norma Administrativa Interna E04.OPP.NAI.011. Adicionalmente, a través del Memorando citado en el considerando precedente, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto solicita dejar sin efecto la Directiva “Lineamientos para el Control Migratorio de personas nacionales y extranjeras de naves marítimas de pasajeros y autorización de permisos de tierra para tripulantes marítimos” con código M01.SM.DI.004, aprobada con Resolución de Superintendencia Nº 000101-2018-MIGRACIONES, de fecha 22 de marzo de 2018”; La O fi cina de Asesoría Jurídica a través del Informe Nº 000050-2021-OAJ/MIGRACIONES, considera que resulta jurídicamente viable la aprobación de la Directiva “Lineamientos para el Control Migratorio de personas nacionales y extranjeras de medios de transportes marítimos y emisión de Permisos de Tierra para tripulantes marítimos” con código M01.DRCM.DI.004; El numeral i) del artículo 11º del Texto Único Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de MIGRACIONES señala como parte de las funciones del Despacho de el/la Superintendencia Nacional el emitir directivas y resoluciones en el ámbito de su competencia, en concordancia con el artículo 10º del referido documento en el que se prescribe que el Despacho de el/la Superintendente Nacional es la máxima autoridad ejecutiva de la entidad; Estando a lo propuesto y contando con la opinión favorable y visto de la Gerencia General, de la Dirección de Registro y Control Migratorio y de las O fi cinas de Planeamiento y Presupuesto, y Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1130, que crea la Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES; el Decreto Legislativo Nº 1350, Decreto Legislativo de Migraciones; el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Migraciones, publicado a través de la Resolución de Superintendencia Nº 000153-2020-MIGRACIONES; y, SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Directiva: “Lineamientos para el Control Migratorio de personas nacionales y extranjeras de medios de transportes marítimos y emisión de Permisos de Tierra para tripulantes marítimos” con código