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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE MARZO DEL AÑO 2021 (05/03/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 57

57 NORMAS LEGALES Viernes 5 de marzo de 2021 El Peruano / 2014-IN, establece que son funciones del CODISEC entre otras: “Proponer ante la Municipalidad Distrital la aprobación de Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana, elaborado bajo los enfoques de gestión por resultados, intercultural y distrital, y articulado con los instrumentos de SINAPLAN”; Que, el artículo 46º del Decreto Supremo N° 010- 2019-IN, establece que: “Los planes de acción de seguridad ciudadana son los instrumentos de gestión que orientan el quehacer en materia de seguridad ciudadana en los ámbitos regional, provincial y distrital. Dichos instrumentos deben estar alineados al Plan Nacional de Seguridad Ciudadana y a sus medidas sectoriales y articulados con los instrumentos del SINAPLAN. Deben elaborarse bajo un enfoque descentralizado, de gestión por resultados, derechos humanos, intercultural y género. Los Planes de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana deberán estar alineados al Plan de Acción Provincial de Seguridad Ciudadana. Estos planes se ajustan trimestralmente, de acuerdo al análisis del proceso de ejecución y de los resultados obtenidos mediante la aplicación de los respectivos indicadores de desempeño”; Que, el artículo 47° del citado dispositivo establece que: “Las Secretarías Técnicas de los Comités son las responsables de formular y presentar las propuestas de planes de acción de seguridad ciudadana ante los respectivos Comités. Éstos, después de evaluar las propuestas de planes de acción de seguridad ciudadana, proponen su aprobación ante los Gobiernos Regionales, Municipalidades Provinciales y Municipalidades Distritales”; Que, la Secretaría Técnica del CODISEC de Punta Hermosa, en cumplimiento con el literal 7.5.1 del numeral 7.5) VII Disposiciones Especí fi cas, de la Directiva N° 011-2019-IN-DGSC, mediante O fi cio N° 186-2020-MDPHST-CODISEC, remitió la propuesta del Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana 2021, a la Secretaría Técnica del Comité Regional de Seguridad Ciudadana LM, para su revisión, evaluación y declarada apta la implementación; Que, el literal 7.6.1 del numeral 7.6) VII “Disposiciones Especí fi cas” de la Resolución Ministerial Nº 2056-2019-IN, que aprobó la Directiva Nº 011-2019-IN-DGSC, denominada “Lineamientos técnicos y procedimientos para el diseño, formulación, aprobación, implementación, seguimiento y evaluación de los Planes de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana”, señala que: “Habiendo sido declarada la propuesta del Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana “APTA PARA LA IMPLEMENTACIÓN”, por parte de la Secretaría del CORESEC, el Presidente del CODISEC propone la aprobación del mismo”; en tanto que, en su literal 7.6.2. del numeral 7.6) del inciso VII “Disposiciones Especí fi cas”, establece que: “El Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital, aprueba el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana (PADSC) mediante ordenanza, incorporando el PADSC al Plan Operativo Institucional y su asignación presupuestaria institucional; Que, mediante O fi cio N° 645-2020-MML-GSGC de fecha 29 de diciembre de 2020, el Gerente de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad Metropolitana de Lima, remite el Informe Técnico N° 102-2020-MML-GSGC-STCSC-EPPSC de fecha 21 de diciembre de 2020, con el resultado de la evaluación el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana del Distrito de Punta Hermosa, para el año 2021, y al encontrarse alineado al Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana 2021 de Lima Metropolitana y al Plan Nacional de Seguridad Ciudadana 2019-2023, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 013-2019-IN de fecha 20 de junio de 2019, principales instrumentos de gestión en sus respectivos niveles de gobierno, indica que ha sido declarado APTO PARA SU IMPLEMENTACIÓN, a nivel de la jurisdicción distrital; Que, mediante Informe Nº 001-2021-MDPH-ST- CODISEC de fecha 11 de enero de 2021, el Presidente del CODISEC de Punta Hermosa, remite el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana 2021, para su aprobación por parte del Concejo Municipal; Que, mediante Informe Nº 08-2021-GAJ/MDPH de fecha 01 de febrero de 2021, el Gerente de Asesoría Jurídica, emite opinión favorable para que el referido Plan se apruebe por el Concejo Municipal a través de Ordenanza Municipal; Estando a lo expuesto, de conformidad con las atribuciones conferidas por el numeral 8) del artículo 9º y artículo 40º de la Ley Nº 29792, “Ley Orgánica de Municipalidades”; el Concejo Municipal, con el Voto Unánime de los Señores Regidores, y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE ACCIÓN DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA HERMOSA PARA EL EJERCICIO 2021 Artículo Primero.– APROBAR el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana del Distrito de Punta Hermosa para el ejercicio 2021, declarado “Apto para la Implementación”, por la Secretaría Técnica del Comité Regional de Seguridad Ciudadana de Lima Metropolitana (CORESEC LM), en cumplimiento de lo establecido en la Ley Nº 27933, “Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana” y demás normativa aplicable sobre la materia. Artículo Segundo.- PRECISAR que el Plan aprobado en artículo precedente, forma parte integrante de la presente Ordenanza como anexo, el mismo que será publicado en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Seguridad Ciudadana, Transporte y Seguridad Vial, Secretaría Técnica del CODISEC y a las demás unidades orgánicas de la Municipalidad, el estricto cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial “El Peruano” y a la Gerencia de Administración y Finanzas, la publicación de la Ordenanza y del plan anexo en el Portal Institucional de la Entidad (www.munipuntahermosa.gob.pe) Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.JORGE HUMBERTO OLAECHEA REYES Alcalde 1931974-1 MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS Ordenanza que establece prórroga de plazo para la presentación de la Declaración Jurada de Autovalúo del año 2021 y la modificación del calendario de pago tributario 2021 ORDENANZA N° 309-MDSL/C San Luis, 26 de febrero de 2021EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS POR CUANTOEl Concejo Municipal de San Luis, en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha. VISTO: El Informe Nº 022-2021-MDSL/GSAT de la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria y el Informe Legal Nº 073-2021-MDSL/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica sobre la aprobación de la Ordenanza que establece prorroga de plazo para la presentación de Declaración Jurada de Autovaluo del año 2021 y la modi fi cación del calendario del Pago Tributario 2021;