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106 NORMAS LEGALES Viernes 12 de marzo de 2021 / El Peruano Nº CÓDIGO PROGRAMA GRADO DENOMINACIÓN DEL GRADO MODALIDAD LOCALES DONDE SE AMPLÍA LA OFERTA[1] 10 P119 Maestría en Ingeniería Vial Maestro Maestro en Ingeniería Vial Presencial SL01, SL05, SL07, SL10 11 P120 Maestría en Ingeniería Vial Maestro Maestro en Ingeniería Vial Semipresencial SL01, SL05, SL07, SL10 12 P121 Maestría en Tributación Maestro Maestro en Tributación Presencial SL01, SL05, SL07, SL1013 P122 Maestría en Tributación Maestro Maestro en Tributación Semipresencial SL01, SL05, SL07, SL1014 P123 Maestría en Dirección de Sistemas y Tecnologías de la InformaciónMaestro Maestro en Dirección de Sistemas y Tecnologías de la InformaciónSemipresencial SL05 15 P124 Maestría en Educación Maestro Maestro en Educación Semipresencial SL01, SL05, SL07, SL10 16 P125 Maestría en Gestión Minera Maestro Maestro en Gestión Minera Semipresencial SL05 [1] SL01, distrito de Santiago de Surco; SL05, distrito de San Isidro; SL07, distrito de San Miguel; SL10, distrito de Chorrill os. Fuente: Formato de Licenciamiento A4. Solicitud de Modi fi cación de Licencia. Elaboración: Dilic. Segundo.- REQUERIR a la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas S.A.C., presentar ante la Dirección de Licenciamiento, previo al inicio de los semestres académicos 2021-II y 2022-I, el cronograma de implementación gradual y las evidencias de la implementación del software y recursos virtuales en los laboratorios de cómputo asignados a los programas Maestría en Economía (P113 y P114) y Maestría en Ingeniería Vial (P119 y P120), descritos en la TABLA 77 del Anexo Nº 4 del Informe Técnico de Modi fi cación de Licencia Nº 005-2021-SUNEDU-02-12 del 18 de febrero de 2021. Tercero.- PRECISAR que la presente Resolución no agota la vía administrativa, salvo que sea consentida, pudiendo ser impugnada ante el Consejo Directivo mediante la interposición del recurso de reconsideración, dentro del plazo de quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente de su noti fi cación. Cuarto.- NOTIFICAR la presente Resolución y el Informe Técnico de Modi fi cación de Licencia Nº 005-2021-SUNEDU-02-12 del 18 de febrero de 2021 a la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas S.A.C., encargando a la Unidad de Atención al Ciudadano y Trámite Documentario a realizar el trámite correspondiente. Quinto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Sexto. - ENCARGAR a la O fi cina de Comunicaciones la publicación de la presente Resolución y el Informe Técnico de Modi fi cación de Licencia Nº 005-2021-SUNEDU-02-12 en el portal institucional de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria - Sunedu (www.sunedu.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. OSWALDO ZEGARRA ROJAS Presidente del Consejo Directivo de la Sunedu 1 La Resolución del Consejo Directivo Nº 008-2017-SUNEDU/CD fue publicada el 14 de marzo de 2017 en el Diario O fi cial El Peruano. Sus modi fi caciones, mediante Resoluciones del Consejo Directivo Nº 048-2018-SUNEDU/CD, Nº 063-2018-SUNEDU/CD, Nº 096-2019-SUNEDU/CD y Nº 139-2019-SUNEDU/CD, fueron publicadas en el Diario O fi cial El Peruano los días 31 de mayo de 2018, 29 de junio de 2018, 23 de julio de 2019 y 31 de octubre de 2019, respectivamente. En adición a ello, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 105-2020-SUNEDU/CD, publicada el 25 de agosto de 2020 en el Diario O fi cial el Peruano, se incorporaron numerales a la RCD Nº 008-2017-SUNEDU/CD, aplicables para solicitudes vinculadas a programas semipresenciales y a distancia. 2 Aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2016-MINEDU, modi fi cado por la Resolución Ministerial Nº 459-2017-MINEDU, la Resolución de Consejo Directivo Nº 003-2019-SUNEDU/CD, el Decreto Supremo Nº 010-2020-MINEDU y la Resolución del Consejo Directivo Nº 122-2020-SUNEDU/CD. 3 Resolución del Consejo Directivo Nº 096-2019-SUNEDU/CD. Artículo 31 .- Supuestos de modi fi cación de licencia institucional: 31.1 Los administrados que cuenten con licencia institucional, pueden solicitar a la Sunedu la modi fi cación en los siguientes escenarios: (…) c) Creación de programa conducente a grados y títulos. - Si se pretende crear un programa conducente a grados y títulos que va a ser ofrecido en locales autorizados en la licencia institucional. Son aplicables los requisitos: 1, 2, 3,4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 14, 15, 17, 18, 19, 20, 26, 27, 28, 32, 33, 42 y 43 establecidos en el numeral 30.1 del artículo 30 del presente Reglamento. (…) 4 Mediante Registro de Trámite Documentario (RTD) Nº 019414-2020-SUNEDU-TD. 5 La creación de nuevas modalidades de estudio de programas licenciados sin extinguir la modalidad preexistente se evalúa bajo los criterios que se exige en el supuesto de creación de nuevos programas. 6 Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por D.S. 004-2019-JUS Artículo 86.- Deberes de las autoridades en los procedimientos Son deberes de las autoridades respecto del procedimiento administrativo y de sus partícipes, los siguientes: 3. Encauzar de o fi cio el procedimiento, cuando advierta cualquier error u omisión de los administrados, sin perjuicio de la actuación que les corresponda a ellos. 7 RTD Nº 033626-2020-SUNEDU-TD. 8 RTD Nº 035889-2020-SUNEDU-TD. 9 RTD Nº 036669-2020-SUNEDU-TD. 10 La referida diligencia se llevó a cabo en la fecha programada a través de la plataforma Teams de Microsoft. 11 RTD Nº 037993-2020-SUNEDU-TD. 12 RTD Nº 039670-2020-SUNEDU-TD. 13 RTD Nº 040484-2020-SUNEDU-TD. 14 RTD Nº 040748-2020-SUNEDU-TD. 15 RTD Nº 043178-2020-SUNEDU-TD. 16 RTD Nº 005402-2021-SUNEDU-TD. 17 Según el Scimago Institutions Rankings (SIR IBER) 2017, 2018, 2019 y 2020. 1934255-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Precisan alcances de la Res. Adm. Nº 490-2019-CE-PJ que dispuso que la Corte Superior de Justicia de Puente Piedra - Ventanilla asumirá la competencia territorial, funcional y administrativa del distrito político de Puente Piedra, y dictan otras disposiciones Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 000064-2021-CE-PJ Lima, 10 de marzo del 2021 VISTO: El O fi cio Nº 000078-2021-CR-UETI-CPP-PJ cursado por el señor Gustavo Álvarez Trujillo, Consejero