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97 NORMAS LEGALES Viernes 12 de marzo de 2021 El Peruano / numeral 21.8 del artículo 21 del TUO de la Ley; para tal efecto, a través del “Acta de Entrega de Predio con código EL11-04C” del 01 de diciembre de 2020, realiza la entrega anticipada de la posesión del inmueble a favor de la Autoridad del Transporte Urbano para Lima y Callao – ATU; Que, con O fi cio Nº 087-2021-ATU/GG, de la Gerencia General de la Autoridad del Transporte Urbano para Lima y Callao – ATU, encuentra conforme lo expresado en el Informe Nº 009-2021-ATU/DI-SAPLI de la Subdirección de Adquisición de Predios y Liberación de Interferencias de la ATU, y el Informe Nº 27-2021-ATU/GG-OAJ de la Ofi cina de Asesoría Jurídica de la ATU, así como en el Ofi cio Nº 034-2021/ATU/DI-SAPLI, de la Subdirección de Adquisición de Predios y Liberación de Interferencias de la ATU, a través de los cuales se ha sustentado que resulta procedente la aplicación del numeral 21.8 del artículo 21 del TUO de la Ley, señalando que corresponde dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 931-2019 MTC/01.02, y posteriormente aprobar el valor total de la Tasación y el pago por la adquisición del área afectada del inmueble; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la Resolución Ministerial Nº 0785-2020-MTC/01 que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y el Decreto Supremo Nº 015-2020-VIVIENDA, que aprueba el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 931-2019 MTC/01.02, que aprobó la ejecución de la expropiación de un (01) inmueble con código EL11-04C, afectado por la ejecución del Proyecto Línea 2 y Ramal Av. Faucett – Av. Gambetta de la Red Básica del Metro de Lima y Callao, y el valor de la Tasación, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Disponer que la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao – ATU evalúe y apruebe el valor total de la tasación y el pago por el inmueble indicado en el Artículo 1 de la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíqueseEDUARDO GONZÁLEZ CHÁVEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 1934201-1 ORGANISMOS EJECUTORES INTENDENCIA NACIONAL DE BOMBEROS DEL PERU Aceptan renuncia y encargan funciones de Jefe de la Unidad de Logística y Control Patrimonial de la Oficina de Administración de la INBP RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA Nº 019-2021-INBP San Isidro, 11 de marzo de 2021.VISTOS:La carta S/N de fecha 11 de marzo de 2021, presentada por el C.P.C. Freddy Orlando Alvarado Salazar, y;CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 1260 fortalece el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú como parte del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y regula la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, como organismo público ejecutor adscrito al Ministerio del Interior que ejerce rectoría en materia de prevención, control y extinción de incendios, atención de accidentes, rescate urbano y apoyo en incidentes con materiales peligrosos, estableciendo su ámbito de competencia, funciones generales y estructura orgánica; Que, mediante Decreto Supremo Nº 025-2017-IN, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, que tiene por fi nalidad de fi nir y delimitar las facultades, funciones y atribuciones de los órganos que conforman la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, así como de fi nir su estructura orgánica hasta el tercer nivel organizacional siendo de aplicación a todos los órganos y unidades orgánicas de la INBP; Que, con Resolución Suprema Nº033-2021-IN de fecha 02 de febrero de 2021, se designó al Abogado Luis Antonio Ponce La Jara, las funciones del Intendente Nacional de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú; Que, mediante Resolución de Intendencia Nº 082-2020- INBP de fecha 10 de septiembre de 2020, se designó al C.P.C. Freddy Orlando Alvarado Salazar, en el cargo de con fi anza de Jefe de la Unidad de Logística y Control Patrimonial de la O fi cina de Administración de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú; Que, mediante Carta S/N de fecha 11 de marzo de 2021, el C.P.C. Freddy Orlando Alvarado Salazar, presento su renuncia al cargo de con fi anza Jefe de la Unidad de Logística y Control Patrimonial de la O fi cina de Administración de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú; Que, de conformidad con los artículos 7º y 8º del Reglamento de Organización y Funciones de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, el Intendente Nacional es la más alta autoridad de la entidad, ejerce las funciones ejecutivas de dirección, es el titular del pliego y ejerce la representación legal de la entidad; asimismo, tiene entre sus funciones la de designar y remover a los funcionarios, directivos públicos y servidores de con fi anza de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú; Que, en uso de sus facultades de las que está investido el Representante Legal de la Intendencia de acuerdo al Decreto Legislativo Nº 1260, en concordancia con el Reglamento de Organización y Funciones de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 025-2017-IN; y, con el visto bueno de la Gerencia General, de la O fi cina de Asesoría Jurídica y la Unidad de Recursos Humanos de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú; SE RESUELVE:Artículo 1º.- ACEPTAR la renuncia presentada por el C.P.C. Freddy Orlando Alvarado Salazar al cargo de confi anza de Jefe de la Unidad de Logística y Control Patrimonial de la O fi cina de Administración de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- ENCARGAR al Lic. José Miguel Vargas Rojas, el cargo de con fi anza de Jefe de la Unidad de Logística y Control Patrimonial de la O fi cina de Administración de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú en adición a sus funciones como Jefe de la Unidad de Economía de la O fi cina de Administración. Artículo 3º.- DISPONER que la O fi cina de Comunicación Social realice la publicación de la presente Resolución en el Portal de la página web de la entidad (www.inbp.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase.LUIS A. PONCE LA JARA Intendente Nacional de Bomberos del Perú 1934265-1