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176 NORMAS LEGALES Viernes 12 de marzo de 2021 / El Peruano Que, mediante Ordenanza Nº 057/MDMP se otorgó, por un periodo de tres meses, contados a partir de su publicación en el Diario El Peruano, bene fi cios para el trámite del certi fi cado de jurisdicción en el Distrito de Mi Perú, facultándose al alcalde para que mediante decreto de alcaldía prorrogue la vigencia y/o dicte las disposiciones complementarias o reglamentarias que resulten necesarias para la adecuada aplicación de la indicada ordenanza; Que, la Gerencia de Obras y Desarrollo Urbano mediante Informe Nº 049-2021/MDMP-GODU, teniendo en cuenta el Informe Nº 047-2021-MDMP/GODU-SGOPC de la Subgerencia de Obras Privadas y Catastro, así como la normatividad antes glosada, solicita se prorrogue la vigencia de la Ordenanza Nº 057/MDMP por un periodo de seis meses; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe Legal Nº 103-2021/MDMP/GAJ, luego del correspondiente análisis del caso, opina en sentido favorable para que se prorrogue, mediante el decreto de alcaldía correspondiente, la vigencia de la Ordenanza Nº 057/MDMP; Estando a lo expuesto y lo dispuesto en el artículo 20º, numeral 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972;DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR, por un periodo de seis meses, el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 057-2020-MDMP, mediante la cual se otorga bene fi cios para el trámite del certi fi cado de jurisdicción en el Distrito de Mi Perú, según los considerandos expuestos. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Obras y Desarrollo Urbano a través de la Subgerencia de Obras Privadas y Catastro, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente decreto de alcaldía en el Diario O fi cial El Peruano y a la Subgerencia de Tecnología de la Información y Estadística su publicación en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Mi Perú, con dirección electrónica: http://munimiperu.gob.pe Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase AGUSTIN WILLIAMS SANTAMARIA VALDERA Alcalde 1933878-1 COMUNICADO REQUISITOS PARA PUBLICAR EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES DURANTE LA EMERGENCIA SANITARIA Se comunica a las entidades públicas que durante la emergencia sanitaria se recibirán sólo en modo virtual las solicitudes de publicaciones en la Separata de Normas Legales, para lo cual deberá tomarse en cuenta lo siguiente: 1. La documentación a publicar se recibirá mediante correo electrónico de lunes a viernes, de 8:30 am a 5.30 pm. Sábados, domingos y feriados se recibirán únicamente publicaciones para el día siguiente y en el horario de 8:30 am a 5.30 pm. 2. La persona con fi rma registrada ante la Gerencia de Publicaciones O fi ciales, enviará la solicitud de publicación desde su cuenta de correo institucional a la siguiente cuenta electrónica: normaslegales@editoraperu.com.pe . 3. En el correo institucional se deberá adjuntar lo siguiente: a) Ofi cio fi rmado y escaneado dirigido al Gerente de Publicaciones O fi ciales, en el que solicita la publicación de las normas que se indican. b) Dispositivo legal a publicar escaneado en un único PDF y debidamente refrendado. c) Archivos electrónicos de los documentos a publicar. El o fi cio y dispositivo legal podrán ser fi rmados digitalmente. Si no se cuenta con fi rma digital, debe consignarse sello y fi rma manual del funcionario autorizado. 4. Para todo dispositivo legal, con o sin anexos, el contenido del archivo o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL DOCUMENTO ORIGINAL IMPRESO que se entrega para su publicación. Cada entidad pública se hará responsable del contenido de los archivos electrónicos que entrega para su publicación. 5. En caso se requiera una cotización del dispositivo legal, deberá enviarse un archivo al correo electrónico cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe. 6. Todo documento que contenga tablas deberá ser trabajado en una hoja de cálculo de Excel, de acuerdo al formato original y sin justi fi car. El texto deberá ser redactado en formato Word; en caso incluya grá fi cos, estos deberán ser trabajados en formato PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises. 7. Las publicaciones de normas legales, cotizadas y pagadas al contado, se efectuarán conforme a las medidas facturadas al cliente, pudiendo existir una variación de +/- 5% como resultado de la diagramación fi nal. 8. Este comunicado rige para las entidades públicas que no usan el Portal de Gestión de Atención al Cliente - PGA . GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES