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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE MARZO DEL AÑO 2021 (12/03/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 176

TEXTO PAGINA: 168

168 NORMAS LEGALES Viernes 12 de marzo de 2021 / El Peruano y Presupuesto del Gobierno Regional de Ucayali, concluye y recomienda: i) La emisión de la Certi fi cación de Crédito Presupuestario se enmarca estrictamente a la disponibilidad presupuestal, así mismo no convalida actos administrativos que se realicen o hayan realizado y que no se ciñen a las normas legales vigentes o que se excedan a lo dispuesto en el presente informe; y, ii) Una vez aprobado la O fi cina Regional de Administración deberá proceder con los trámites de aprobación de la transferencia fi nanciera mediante Acuerdo Regional. Que, mediante Opinión Legal Nº 055-2020-GRU- GGR-ORAJ/RDCSH, de fecha 24 de diciembre de 2020, la Abogada Rocío Del Carmen Saavedra Hidalgo De Reátegui - Asesora Legal de la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Ucayali, Opina: Jurídicamente es viable que el Consejo Regional Apruebe la Transferencia de Recursos Financieros a favor de la Mancomunidad Regional Amazónica, hasta por la suma de S/ 25,000.00 (Veinte y cinco mil y 00/100 soles). Que, el artículo 20º de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que: “La Presidencia Regional (Gobernación Regional) es el Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional; recae en el Presidente Regional (Gobernador Regional), quien es la máxima autoridad de su jurisdicción, representante legal y titular del pliego presupuestal del Gobierno Regional”; siendo atribución del Consejo Regional autorizar las transferencias de los bienes e inmuebles de propiedad de Gobierno Regional, conforme al artículo 15º literal i) del citado marco normativo. Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 39º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar o determinar un acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. Que, en Sesión Extraordinaria de fecha 26 de diciembre de 2020, celebrada de manera virtual desde el Auditorio del Consejo Regional, sito en el Jr. Apurímac Nº 460 - Callería, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en concordancia con el Reglamento Interno del Consejo Regional; y, transcurrido el debate conforme costa en el Acta de la presente Sesión, con el voto Unánime, se aprueba el siguiente: ACUERDO REGIONAL Artículo Primero.- APROBAR la Transferencia de Recursos Financieros por parte del Gobierno Regional de Ucayali, a favor de la “Mancomunidad Regional Amazónica”, la suma de S/ 25,000.00 (Veinte cinco mil y 00/100 soles), correspondiente al Año Fiscal 2020. Artículo Segundo.- REMÍTIR el presente Acuerdo Regional a la Gobernación Regional de Ucayali, para su conocimiento y los fi nes pertinentes. Artículo Tercero.- DISPENSAR el Presente Acuerdo Regional del trámite a la Lectura y aprobación del Acta para que se proceda a su implementación correspondiente. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la O fi cina Regional de Administración del Gobierno Regional de Ucayali, la publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario Ofi cial “El Peruano”, debiendo publicarse además en un Diario de mayor circulación de la Capital de la Región, y a la O fi cina de Tecnologías de la Información para su difusión y publicación a través del portal de la página web del Gobierno Regional de Ucayali (www.regionucayali.gob.pe). POR TANTO:Regístrese, publíquese y cúmplase.RAUL EDGAR SOTO RIVERA Consejero Delegado 1934237-1GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ANCON Aprueban Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas - RASA y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones - CUIS de la Municipalidad ORDENANZA Nº 448-2021-MDA Ancón, 22 de febrero del 2021VISTO:En Sesión Ordinaria de la fecha, Informe Nº 064-2021- GM/MDA, de la Gerencia Municipal, Informe Nº 042-2021-GAJ/MDA de la Gerencia de Asesoría Jurídica, Informe Nº 18 -2021- SGSCTyCU-SGC/MDA, de la Subgerencia de Seguridad Ciudadana, Transporte y Control Urbano, y; CONSIDERANDO:Que el Artículo 194º, de la Constitución Política del Perú, señala que “Las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”, concordante con el artículo II del título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que el Artículo 39º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los concejos municipales ejercen sus funciones de Gobierno, mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos; concordante con el artículo 40º del mismo cuerpo de leyes que señala que las ordenanzas “son los normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; Que, el Artículo 46º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, regula la capacidad sancionadora de los gobiernos locales, señalando que “Las normas municipales son de carácter obligatorio y su incumplimiento acarrea las sanciones correspondientes, sin perjuicio de promover las acciones judiciales sobre las responsabilidades civiles y penales a que hubiere lugar”; añadiendo la acotada norma que “Las ordenanzas determinan el régimen de sanciones administrativas por la infracción de sus disposiciones, estableciendo las escalas de multas en función de la gravedad de la falta, así como la imposición de sanciones no pecuniarias”; Que, con el objeto de actualizar el Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas – RASA, y Cuadro Único de Infracciones y Sanciones – CUIS, elaborado en función a las competencias de la Municipalidad distrital de Ancón y la problemática propia del distrito, la Subgerencia de Seguridad Ciudadana, Transporte y Control Urbano, mediante Informe N° 018-2021-SGSCTyCU-GSC/MDA, proponen la aprobación en un Nuevo RASA y CUIS, y para cuyo efecto se cuenta con el Informe Nº 042-2021-GAJ/MDA, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, que opina favorablemente; Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en el Artículo 9º, Inciso 8) y el Artículo 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, y con el voto por UNANIMIDAD de los miembros del Consejo Municipal y la dispensa de trámite de aprobación de acta, se aprueba la siguiente Ordenanza: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE APLICACIÓN DE SANCIONES ADMINISTRATIVAS – RASA, Y EL CUADRO ÚNICO DE INFRACCIONES Y SANCIONES – CUIS, DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ANCÓN Artículo Primero. - DE LA APROBACIÓN DEL NUEVO RAS Y CUIS