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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE MARZO DEL AÑO 2021 (25/03/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 45

45 NORMAS LEGALES Jueves 25 de marzo de 2021 El Peruano / FUENTE DE FINANCIAMIENTO 2 : Recursos Directamente RecaudadosGASTO CORRIENTEGENERICA DE GASTO : 2.3 Bienes y Servicios 56 178,00 UNIDAD EJECUTORA : 008 ZONA REGISTRAL III SEDE MOYOBAMBA CATEGORÍA PRESUPUESTARIA : Programa Presupuestal PRODUCTO 3.000001 : Acciones ComunesACTIVIDAD 5.000276 : Gestión del ProgramaFUENTE DE FINANCIAMIENTO 2 : Recursos Directamente RecaudadosGASTO CORRIENTEGENERICA DE GASTO : 2.3 Bienes y Servicios 279 100,00 UNIDAD EJECUTORA : 012 ZONA REGISTRAL VIII SEDE HUANCAYO CATEGORÍA PRESUPUESTARIA : Programa Presupuestal PRODUCTO 3.000001 : Acciones ComunesACTIVIDAD 5.000276 : Gestión del ProgramaFUENTE DE FINANCIAMIENTO 2 : Recursos Directamente RecaudadosGASTO CORRIENTEGENERICA DE GASTO : 2.3 Bienes y Servicios 883 979,00 UNIDAD EJECUTORA : 015 SUNARP SEDE AYACUCHO CATEGORÍA PRESUPUESTARIA : Programa Presupuestal PRODUCTO 3.000001 : Acciones ComunesACTIVIDAD 5.000276 : Gestión del ProgramaFUENTE DE FINANCIAMIENTO 2 : Recursos Directamente RecaudadosGASTO CORRIENTEGENERICA DE GASTO : 2.3 Bienes y Servicios 24 653,00 -------------------- TOTAL EGRESOS 9 238 126,00 ============ Artículo 2. Codi fi cación La O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. Artículo 3. Notas para Modi fi cación Presupuestaria La O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 4. Noti fi cación Disponer la noti fi cación de la presente Resolución dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. Regístrese, comuníquese y publíquese en el portal institucional. JORGE ANTONIO MARTIN ORTIZ PASCO Superintendente Adjunto de los Registros Públicos 1937929-1 RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE LOS REGISTROS PÚBLICOS N° 040-2021-SUNARP/SA Lima, 24 de marzo de 2021 VISTOS; el Informe Técnico N° 009-2021-SUNARP/ OGPP, del 18 de marzo de 2021, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Nº 215-2021-SUNARP/OGAJ, del 19 de marzo de 2021, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y CONSIDERANDO:Que, mediante la Resolución N° 194-2020-SUNARP/ SN, de fecha 30 de diciembre de 2020, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2021, del Pliego 067 Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - Sunarp; Que, el numeral 50.1 del artículo 50 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que las incorporaciones de mayores ingresos públicos que se generen como consecuencia de la percepción de determinados ingresos no previstos o superiores a los contemplados en el presupuesto inicial, se sujetan a límites máximos de incorporación determinados por el Ministerio de Economía y Finanzas, en consistencia con las reglas fi scales vigentes, los que son aprobados mediante resolución del Titular de la Entidad cuando provienen, entre otros, de los saldos de balance, constituidos por recursos fi nancieros provenientes de fuente de fi nanciamiento distinta a Recursos Ordinarios, que no hayan sido utilizados al 31 de diciembre del año fi scal, lo cual es concordante con el numeral 23.2 del artículo 23 de la Directiva N° 007-2020-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por la Resolución Directoral N° 0034-2020-EF/50.01; Que, mediante el Memorándum Nº 012-2021-SUNARP/OGA, de fecha 07 de enero del 2021, la Oficina General de Administración remitió a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto los correspondientes documentos, entre los cuales se encuentran los saldos de balance del Pliego SUNARP correspondiente al Ejercicio Fiscal 2020; agregando a ello, el Memorándum Nº 107-2021-SUNARP/OGA, de fecha 25 de enero de 2021, por el cual informó sobre la Ejecución Presupuestal de Ingresos Recaudados y la Ejecución Presupuestal de Gastos Devengados del Ejercicio 2020 y los Saldos de Balance del Ejercicio 2020 del Pliego SUNARP, y mediante el Informe Nº 036-2021-SUNARP/OGA, de fecha 01 de febrero de 2021, expresa la determinación de la cifra del Saldo de Balance correspondiente a la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados, la cual asciende a S/ 95 151,669.27, integrado por las quince (15) Unidades Ejecutoras que conforman el Pliego 067 SUNARP; Que, mediante el Informe Técnico Nº 009-2021-SUNARP/OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto sustenta la incorporación del Saldo de Balance del ejercicio 2020 en la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados, Genérica de Gasto 2.6 Adquisición de Activos No Financieros, para financiar ciento diez (110) inversiones en el Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2021 del Pliego 067 Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el importe de S/ 45 379 517,00 (Cuarenta y Cinco Millones Trescientos Setenta y Nueve Mil Quinientos Diecisiete y 00/100 Soles); Que, el Informe Nº 215-2021-SUNARP/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, establece que la propuesta de incorporación del Saldo de Balance del ejercicio 2020 formulada por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto cumple con los presupuestos fácticos y normativos de la materia, por lo que corresponde la emisión del acto resolutivo que aprueba la incorporación de mayores ingresos públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 067 Superintendencia Nacional de los Registros Públicos para el Año Fiscal 2021; Que, con fecha 04 de febrero de 2021 se publicó en el Diario Oficial “El Peruano” la Resolución Suprema N° 019-2021-JUS, a través de la cual se designó al señor Jorge Antonio Martín Ortiz Pasco, en el cargo de Superintendente Adjunto de los Registros Públicos; Que, en dicho contexto, el órgano de asesoramiento jurídico concluye que, en el presente caso se ha confi gurado el supuesto de impedimento temporal previsto en artículo 15 de la Ley N° 26366, Ley de creación del