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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE MAYO DEL AÑO 2021 (08/05/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 26

26 NORMAS LEGALES Sábado 8 de mayo de 2021 / El Peruano CONSIDERANDO: 1. AntecedentesDe acuerdo con el artículo 13 de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria (en adelante, la Ley Universitaria), la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (en adelante, Sunedu) es responsable del licenciamiento para el servicio educativo superior universitario, entendiéndose al licenciamiento como el procedimiento administrativo que tiene como objetivo veri fi car el cumplimiento de las Condiciones Básicas de Calidad (en adelante, CBC) para ofrecer el servicio educativo superior universitario y autorizar su funcionamiento. El numeral 15.1 del artículo 15 de la Ley Universitaria, establece que la Sunedu es la autoridad competente para aprobar o denegar las solicitudes de licenciamiento de universidades, fi liales, facultades, escuelas y programas de estudio conducentes a grado académico. Mediante Resolución del Consejo Directivo Nº 039-2017-SUNEDU/CD del 06 de octubre de 2017 1 (en adelante, Resolución de Licenciamiento), se otorgó la licencia institucional a la Universidad, para ofrecer servicio educativo superior universitario en cinco (5) locales ubicados en la provincia y departamento de Lima, cuya sede está ubicada en Av. La Fontana 550, distrito de La Molina, con una vigencia de seis (6) años. Asimismo, en la Resolución de Licenciamiento se le reconocieron noventa y cinco (95) programas de estudio, de los cuales cincuenta y cuatro (54) conducen a grado académico de Bachiller y Título Profesional, treinta y cinco (35) conducen al grado de Maestro, cinco (5) al grado de Doctor y un (1) programa conduce a título de Segunda Especialidad. Posteriormente, mediante procedimientos de solicitud de modi fi cación de licencia institucional 2, se crearon nueve (9) programas: siete (7) conducentes a grado de Bachiller y Título Profesional y dos (2) conducentes a grado de Maestro; por lo que actualmente la Universidad cuenta con un total de ciento cuatro (104) programas de estudio reconocidos. El Capítulo IV del “Reglamento del Procedimiento de Licenciamiento Institucional”, aprobado mediante Resolución del Consejo Directivo Nº 008-2017-SUNEDU/CD y sus modi fi catorias 3 (en adelante, Reglamento de Licenciamiento), establece el procedimiento de modi fi cación de la licencia institucional que permite a la Sunedu veri fi car y garantizar que la modi fi cación solicitada no incida negativamente en las CBC que la Universidad acreditó a nivel institucional. Mediante Resolución del Consejo Directivo Nº 096-2019-SUNEDU/CD del 22 de julio de 2019, publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” el 23 de julio de 2019, que, entre otros, modi fi ca los artículos 15, 26, 27 y 28 del Reglamento de Licenciamiento e incorpora los artículos 29, 30 y 31; los mismos que establecen los supuestos para la modi fi cación de licencia institucional; consignándose, además, los requisitos aplicables para cada uno de ellos. Al respecto, el numeral 28.1 del artículo 28 del Reglamento señala que el procedimiento de modi fi cación de licencia institucional se rige por las reglas del procedimiento de licenciamiento institucional, a excepción de lo previsto en los artículos 6, 7, 8, 11, 12, 14, 15, 17, 18 y 21. Asimismo, el numeral 5 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Sunedu 4 y el literal c) del numeral 31.1 del artículo 31 del referido reglamento, establecen como un supuesto de modi fi cación de licencia institucional, la creación de programa conducente a grados y títulos 5. El 14 de marzo de 20196, la Universidad solicitó la creación de seis (6) programas de estudio de pregrado: i) Administración, ii) International Business, iii) Marketing, iv) Administración en Turismo, v) Comunicaciones; y, vi) Derecho, bajo la modalidad semipresencial. El 26 de junio de 2019 7, la Universidad solicitó la creación de un (1) programa de estudio de pregrado “Administración de Empresas” bajo la modalidad semipresencial. El 22 de enero de 2020 8, la Universidad solicitó la creación de un (1) programa de estudio de posgrado “Maestría en Gestión Pública” bajo la modalidad semipresencial.Cabe indicar que los ocho (8) programas semipresenciales 9 referidos están licenciados en la modalidad presencial, los mismos que la Universidad pretende mantener, por lo que se encauza el procedimiento en este extremo como creación de programas 10. En esta medida, la SMLI de la Universidad se enmarca en el literal c) del numeral 31.1 del artículo 31 del Reglamento. El 14 de octubre de 2020, mediante O fi cio Nº 0392-2020-SUNEDU-02-12, se noti fi có a la Universidad los Informes Nº 029-2020-SUNEDU-DILIC-EV y Nº 030-2020-SUNEDU-DILIC-EV que contienen las observaciones sobre veinte (20) y dieciséis (16) requisitos y precisiones en el marco de las SMLI con RTD Nº 011439-2019-SUNEDU-TD y RTD Nº 027485-2019-SUNEDU-TD. Al respecto, se le otorgó el plazo de diez (10) días hábiles para la presentación de la información que subsane dichas observaciones. El 12 de noviembre de 2020 mediante O fi cio Nº 148- 2020-SG/DRI/USIL (RTD Nº 037423-2020-SUNEDU-TD) la Universidad remite información adicional solicitada por Ofi cio Nº 0392-2020-SUNEDU-02-12. El 13 de noviembre de 2020 mediante O fi cios Nº 151- 2020-SG/DRI/USIL, Nº 152-2020-SG/DRI/USIL y Nº 153-2020-SG/DRI/USIL (RTD Nº 037679-2020-SUNEDU-TD), la Universidad remite información adicional solicitada en el marco de las SMLI. El 27 de noviembre de 2020 mediante O fi cio 165- 2020-SG/DRI/USIL, la Universidad remite información adicional. El 29 de enero, el 5 y 11 de febrero de 2021, presentó información adicional, mediante O fi cios Nº 020-2021-SG/ DRI/USIL 11, Nº 029-2021-SG/DRI/USIL12 y Nº 033-2021- SG/DRI/USIL13, respectivamente. El 25 de febrero de 2021 mediante O fi cio Nº 040-2021- SG/DRI/USILRTD14, la Universidad presentó información y precisiones sobre su SMLI. El 19 de marzo de 2021, por Resolución de Trámite Nº 2 se acumularon los procedimientos administrativos de la Universidad, respecto de las SMLI identi fi cadas con RTD Nº 011439-2019-SUNEDU-TD, Nº 027485-2019-SUNEDU-TD y RTD Nº 003643-2020-SUNEDU-TD. Corresponde indicar que, durante el procedimiento de modi fi cación de licencia institucional, se realizaron catorce (14) reuniones 15 entre la Dilic y los representantes de la Universidad, a fi n de brindar información sobre aspectos relacionados con su SMLI. El 5 de abril de 2021, la Dilic emitió el Informe Técnico de Modi fi cación de Licencia Nº 014-2021-SUNEDU-02-12, el cual concluyó con un resultado favorable y dispuso la remisión del expediente al Consejo Directivo para que, de ser el caso, emita la resolución que corresponda. Según el análisis contenido en el informe técnico antes referido, la Universidad justi fi có la creación de ocho (8) programas de estudio, siete (7) de pregrado y uno (1) de posgrado, bajo la modalidad semipresencial, consignados en la Licencia Institucional, basándose en la problemática nacional y la demanda educativa insatisfecha, e identi fi cando los actores estratégicos más relevantes. La Universidad cuenta con infraestructura y equipamiento para el desarrollo de los programas en los locales SL01, ubicado en la Avenida La Fontana Nº 550, Distrito de La Molina y SL02, ubicado en la Avenida La Fontana Nº 750, distrito de La Molina, ambos en la Provincia de Lima. Además, la Universidad cuenta con doscientos cincuenta y ocho (258) docentes bajo el régimen de dedicación a tiempo completo, lo cual representa el 31,7% del total de su plana docente. En el 2020-II, el 87,5% de su plana docente está compuesta por Doctores (18,5%) y Maestros (69%). Con lo cual, la Universidad cumple con lo establecido en el numeral 28.5 del artículo 28, el artículo 82, la tercera disposición complementaria transitoria de la Ley Universitaria y el artículo 4 del Decreto Legislativo Nº 1496. Asimismo, se evidenció que la Universidad incrementó sus publicaciones y citaciones anuales en Web of Science y Scopus en los últimos años y particularmente del 2019 al 2020, cuyo crecimiento fue del orden de 52,88% y 51,82% respectivamente. La Universidad mejoró en los principales ranking internacionales y nacionales de instituciones de educación superior universitaria, ubicándose en la posición 511 de Iberoamérica, 416 de Latinoamérica y 17