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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE MAYO DEL AÑO 2021 (20/05/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 55

55 NORMAS LEGALES Jueves 20 de mayo de 2021 El Peruano / excepción de aquella infraestructura que vaya a formar parte del patrimonio municipal o del Estado, para cuyo efecto deberá cumplir con los permisos pertinentes. Quinta.- En todo lo no previsto en la presente Ordenanza, resultaran aplicables las disposiciones previstas en la Ley N° 30477 y su Reglamento, Ley Nº 29090 y su Reglamentos, Ley Nº 28858 y su Reglamento, así como del Reglamento Nacional de Edi fi caciones RNE EM-020 y EC-040, para la correcta ejecución de obras, instalaciones y/o mantenimientos y/o retiros de servicios públicos en aéreas de dominio público, vigentes a la fecha. DISPOSICIONES FINALES Primera.– ENCARGAR, el cumplimiento de la presente ordenanza a la Gerencia de Desarrollo Urbano, a través de la Subgerencia de Obras Públicas y Transporte y a la Gerencia de Administración Tributaria a través de la Subgerencia de Fiscalización Administrativa, según lo que a cada una corresponde de acuerdo con sus competencias. Segunda.– FACÚLTAR, al Alcalde de la Municipalidad Distrital de Lince, a establecer disposiciones complementarias o reglamentarias que sean necesarias para la adecuación y mejor aplicación de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Tercera.– ENCARGAR, a la Secretaría General, la publicación de la presente ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional la publicación de la Ordenanza, y el anexo correspondiente al Cuadro de Infracciones y Sanciones de la Municipalidad Distrital de Lince en el Portal Institucional. La presente ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. POR TANTO:Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.VICENTE AMABLE ESCALANTE Alcalde 1954053-1 MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA Aprueban actualización de nueve Procedimientos Administrativos y un servicio prestado en Exclusividad Estandarizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA de la Municipalidad DECRETO DE ALCALDÍA N° 006-2021-MSB-A San Borja, 12 de mayo de 2021 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN BORJA VISTOS, el Informe N° 062-2021-MSB-GM-GSH- UDC de la Unidad de Defensa Civil de fecha 09 de abril de 2021, el Informe N° 030-2021-MSB-GM-OPE-UPR de la Unidad de Planeamiento y Racionalización de fecha 06 de mayo de 2021, el Memorándum N° 077-2021-MSB-GM-OPE de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica de fecha 06 de mayo de 2021, el Informe N° 198-2021-MSB-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica de fecha 11 de mayo de 2021, el Memorándum N° 437-2021-MSB-GM de la Gerencia Municipal de fecha 11 de mayo de 2021; y, CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de la autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía reconocida en la Constitución Política del Perú y en la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Decreto Supremo N° 043-2021-PCM, publicado en el diario o fi cial El Peruano con fecha 12 de marzo de 2021, se aprobaron los Procedimientos Administrativos y un Servicio Prestado en Exclusividad Estandarizados de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edi fi caciones, cuya tramitación es de competencia de los Gobiernos Locales, disponiendo en su artículo 2° que: “Aprobación de los procedimientos administrativos y un servicio prestado en exclusividad estandarizados de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edi fi caciones Apruébanse diez (10) procedimientos administrativos y un (01) servicio prestado en exclusividad estandarizados de Inspecciones Técnicas de Seguridad de Edi fi caciones a cargo de los gobiernos locales, los cuales constan en el Anexo Nº 01 que forma parte integrante del presente Decreto Supremo”; asimismo, el artículo 3° dispone que: “Aprobación de las tablas ASMEVM de los procedimientos administrativos y el servicio prestado en exclusividad estandarizados de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edi fi caciones Apruébanse once (11) tablas ASME- VM modelo con los fl ujos óptimos para la adecuada tramitación de los procedimientos administrativos y el servicio prestado en exclusividad estandarizados de Inspecciones Técnicas de Seguridad de Edi fi caciones, las cuales se detallan en el Anexo N° 02 que forma parte integrante del presente Decreto Supremo”; Que, el artículo 5° de la norma en mención, señala que: “Incorporación de los procedimientos administrativos y el servicio prestado en exclusividad estandarizados de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edi fi caciones en el TUPA de los gobiernos locales 5.1 Conforme al numeral 41.1 del artículo 41 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, los gobiernos locales proceden con la incorporación de los procedimientos administrativos y el servicio prestado en exclusividad estandarizados de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edi fi caciones en sus respectivos TUPA, en un plazo máximo de cinco (05) días hábiles contado a partir de la entrada en vigencia del presente Decreto Supremo. Entiéndase que este proceso comprende la sustitución o reemplazo de la información de los procedimientos administrativos y el servicio prestado en exclusividad que cada gobierno local hubiese aprobado y/o modi fi cado en su TUPA, en forma previa a la entrada en vigencia del presente Decreto Supremo, encontrándose obligado a utilizar la información prevista en los Anexos N°s. 01 y 02 (…)”; Que, mediante Fe de Erratas, publicado en el diario ofi cial El Peruano con fecha 24 de marzo de 2021 se corrigió el error material cometido en el señalamiento de los plazos de algunos procedimientos administrativos de ITSE, que fueran aprobados mediante Decreto Supremo N° 043-2021-PCM; Que, con Informe N° 062-2021-MSB-GM-GSH-UDC de fecha 09 de abril de 2021, la Unidad de Defensa Civil remite el fl ujograma de los diez (10) procedimientos administrativos y un (01) servicio brindado en exclusividad estandarizados de Inspección Técnica de Seguridad en Edifi caciones, aprobado por Decreto Supremo N° 043- 2021-PCM, los cuales deben ser incluidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad de San Borja; siendo que, con Memorándum N° 268-2021-MSB-GM-OAF la O fi cina de Administración y Finanzas expide el Informe N° 154-2021-MSB-GM-OAF-UC de la Unidad de Contabilidad remitiendo la propuesta de estructura de costos para ser evaluada y validada, emitiendo opinión favorable a la modi fi cación del TUPA de la Municipalidad de San Borja; Que, con Informe N° 030-2021-MSB-GM-OPE- UPR de fecha 06 de mayo de 2021, la Unidad de Planeamiento y Racionalización señala que, en el marco