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64 NORMAS LEGALES Miércoles 3 de noviembre de 2021 El Peruano / Código 5.1.2.“Por ejecutar o haber ejecutado obras de edi fi cación que transgredan las normas urbanísticas y edi fi catorias sin licencia de Edifi cación”. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- La cancelación total del monto adeudado por concepto de tributos municipales y multas administrativas en estado coactivo, conllevará la suspensión de su procedimiento de cobranza coactiva y levantamiento de las medidas cautelares que existieran al respecto, conforme a la Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva y modi fi catorias del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva. En tanto no se produzca el pago indicado el procedimiento coactivo continuará el trámite, por lo que resultaría viable disponer las medidas cautelares que correspondan, exceptuando del bene fi cio a aquellos contribuyentes que mantengan deudas en instancia coactiva y hayan sido pasibles de embargo efectivo. Segunda.- Los administrados que se acojan voluntariamente al bene fi cio dispuesto en la presente ordenanza, reconocen tácitamente la deuda y/o la comisión de la infracción objeto de pago; por lo cual, en caso el obligado tuviera en trámite cualquier tipo de reclamo o impugnación contra la deuda que se desea pagar, para acogerse a la presente ordenanza, deberá presentar el correspondiente desistimiento ante la autoridad administrativa. Tercera.- El pago de las multas administrativas no libera al infractor de la subsanación o regularización del hecho que originó la sanción, es decir, la medida complementaria es ejecutable, siempre y cuando no se haya regularizado la conducta infractora. Cuarta.- Facultar al Sr. Alcalde de la Municipalidad Distrital de Chorrillos para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias para la adecuación y aplicación de la presente ordenanza, así como establecer prórrogas de la vigencia de la misma. Quinta.- La Gerencia de Administración Tributaria y la Subgerencia de Rentas, brindarán a los interesados la información necesaria para que se acojan adecuadamente a los alcances de la presente ordenanza, a través de los diferentes canales de atención de la Municipalidad. Sexta.- Derogar toda norma del mismo rango que se oponga a la presente ordenanza. Sétima.- La presente Ordenanza entrará en vigencia el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”, disponiéndose su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Chorrillos (www.munichorrillos.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.AUGUSTO SERGIO MIYASHIRO USHIKUBO Alcalde 2007029-1 998 732 784 ventasegraf@editoraperu.com.peAv. Alfonso Ugarte N° 873 - Lima Central Telefónica: (01) 315-0400 ATENCIÓN COMERCIAL TODO LO QUE NECESITAS Y A TODO COLOR Te invitamos a conocer todos nuestros servicios en: