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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2021 (03/11/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 59

59 NORMAS LEGALES Miércoles 3 de noviembre de 2021 El Peruano / 9, Urbanización Residencial Monterrico Ampliación Sur, distrito de La Molina, provincia y departamento de Lima, de propiedad de la Empresa British American Hospital S.A., representada por su Gerente General, el señor Gonzalo Garrido Lecca Álvarez Calderón, resulta Favorable, por cuanto, es consecuente con el uso actual del predio colindante, cali fi cado como H2 y donde funciona la Clínica Angloamericana, teniendo como destino la ampliación de sus instalaciones, lo cual, complementará el equipamiento de salud existente, sin intensi fi car el uso del suelo de la Av. La Fontana. Asimismo, permitirá brindar los servicios de salud hacia una población residente y visitante que se ha generado en el entorno con la presencia de diversos comercios de carácter zonal y equipamientos educativos, evitando así los desplazamientos largos fuera del distrito; Que, estando a lo señalado en los considerandos que anteceden, en uso de las facultades previstas según Artículos 9 y 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura, en su Dictamen N° 130-2021-MML-CMDUVN de 18 de agosto de 2021; el Concejo Metropolitano de Lima, con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL PLANO DE ZONIFICACIÓN DEL DISTRITO DE LA MOLINA APROBADO POR ORDENANZA N° 1144 Y ACTUALIZADO CON ORDENANZA N° 1661 Artículo 1. Aprobar la Modi fi cación del Plano de Zoni fi cación del distrito de La Molina, aprobado mediante Ordenanza N° 1144, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 18 de mayo de 2008 y actualizada por la Ordenanza N° 1661, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 08 de marzo del 2013, de Residencial de Densidad Baja (RDB) a Centro de Salud (H2), para el predio de 1,098.48 m2, constituido por el Lote 9 de la Mz. A, ubicado en la Avenida La Fontana N° 348, Lote 9, Urbanización Residencial Monterrico Ampliación Sur, distrito de La Molina, provincia y departamento de Lima, solicitada por el señor Gonzalo Garrido Lecca Álvarez Calderón, representante de la Empresa British American Hospital S.A., a través del expediente N° 94050-2020, conforme al Anexo N° 1, que forma parte de la presente Ordenanza. Artículo 2. Encargar al Instituto Metropolitano de Plani fi cación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, incorpore en el plano de zoni fi cación del distrito de La Molina, la modi fi cación aprobada en el Artículo primero de la presente Ordenanza. Artículo 3. Noti fi car la presente Ordenanza a la Municipalidad Distrital de La Molina, a fi n que se encargue de la respectiva noti fi cación al administrado. Artículo 4. Encargar a la Secretaría General del Concejo, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano y a la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación su publicación, incluido el Anexo N° 1, en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe), el mismo día de su publicación. POR TANTO:Regístrese, comuníquese y cúmplase.JORGE MUÑOZ WELLS Alcalde 2006840-13 Ordenanza que modifica el plano de zonificación del distrito de Santiago de Surco aprobado por Ordenanza N° 912 ORDENANZA Nº 2408-2021 Lima, 28 de octubre de 2021 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMAPOR CUANTO: El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194 de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, de acuerdo con lo indicado en los numerales 1.1 y 1.2 del Artículo 79 de la Ley Orgánica de Municipalidades, son funciones exclusivas de las Municipalidades Provinciales, en materia de organización del espacio físico y uso del suelo: “aprobar el Plan de Acondicionamiento Territorial de nivel provincial, que identi fi que las áreas urbanas y de expansión urbana, así como las áreas de protección o de seguridad por riesgos naturales; las áreas agrícolas y las áreas de conservación ambiental”; y “aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el Esquema de Zoni fi cación de áreas urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demás planes especí fi cos de acuerdo con el Plan de Acondicionamiento Territorial”; Que, mediante Ordenanza N° 1862, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 28 de diciembre de 2014, se regula el Proceso de Plani fi cación del Desarrollo Territorial Urbano del Área Metropolitana de Lima; Que, mediante Ordenanza N° 2086, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 13 de abril de 2018, se regula el Cambio de Zoni fi cación de Lima Metropolitana y deroga la Ordenanza N° 1911; Que, con Ordenanza N° 912, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 3 de marzo del 2006, se aprueba el Reajuste Integral de la Zoni fi cación de los Usos del Suelo de un Sector del distrito de Santiago de Surco conformante del Área de Tratamiento Normativo III de Lima Metropolitana y con Ordenanza N° 1216, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 28 de enero del 2009, se aprueba el Índice de Usos para la ubicación de actividades urbanas correspondientes al Área de Tratamiento Normativo III del distrito de Santiago de Surco; Que, con Expediente N° 141151-2020, recibido por la Municipalidad Metropolitana de Lima con fecha 12 de noviembre de 2020, el señor José Faustino Álvarez Blas representante de la Clínica San Pablo S.A.C., solicita el Cambio de Zoni fi cación de Residencial de Densidad Baja (RDB) a Hospital General (H3), para el predio de 5,032.50 m2 que forma parte de un área mayor de 6,818.13 m2, constituido por el Sub Lote 1-A, Sub Lote 16-B y Lotes 15 y 16-A, Mz. C, ubicado en la Av. Manuel Olguín y Calle La Conquista, Urb. El Derby de Monterrico, distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Partida Registral N° 14453248, al amparo de lo establecido en la Ordenanza N° 2086, norma que regula el cambio de zoni fi cación en Lima Metropolitana y deroga la Ordenanza N° 1911; Que, la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante O fi cio N° D000033-2021-MML-GDU-SPHU de 25 de enero del 2021, solicitó a la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, para que en uso de sus competencias aplique la consulta vecinal y emita la opinión técnica correspondiente, remitiendo el Acuerdo de Concejo correspondiente y todo lo actuado, dentro del plazo de 30 días; vencido dicho plazo sin haber obtenido respuesta, se considerará como opinión favorable, en virtud a lo establecido en el Artículo 9 de la Ordenanza N° 2086; Que, a través del O fi cio N° 006-2021-GDU-MSS de 22 de febrero de 2021, la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, señala que el procedimiento iniciado por el señor José Faustino Álvarez Blas referente al Cambio de Zoni fi cación de Residencial de Densidad Baja (RDB) a Hospital General (H3), se encuentra contemplado en el Reajuste Integral de Zoni fi cación elaborado por la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro en el marco de la Ordenanza N° 1862, el mismo que se presentó