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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2021 (03/11/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 48

48 NORMAS LEGALES Miércoles 3 de noviembre de 2021 El Peruano / artículos 9 y 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura, en su Dictamen N° 060-2021-MML-CMDUVN de 28 de abril de 2021; el Concejo Metropolitano de Lima, por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL PLANO DE ZONIFICACIÓN DEL DISTRITO DE LA VICTORIA APROBADO POR ORDENANZA N° 1082 Artículo 1. Aprobar la Modi fi cación del Plano de Zoni fi cación del distrito de La Victoria, aprobado mediante Ordenanza N° 1082, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 18 de octubre del 2007, de Otros Usos (OU) a Comercio Zonal (CZ), para el predio de 260.40 m², del predio ubicado en el Barrio Obrero Mz. C, Lote 42, distrito de La Victoria, provincia y departamento de Lima, solicitado por la Empresa Slin Negocios Peruanos SAC, a través del expediente N° 377592-2019, conforme al Anexo N° 1, que forma parte de la presente Ordenanza. Artículo 2. Encargar al Instituto Metropolitano de Plani fi cación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, incorpore en el plano de zoni fi cación de La Victoria, la modi fi cación aprobada en el Artículo primero de la presente Ordenanza. Artículo 3. Noti fi car la presente Ordenanza a la Municipalidad Distrital de La Victoria, a fi n que se encargue de la respectiva noti fi cación al administrado. Artículo 4. Encargar a la Secretaría General del Concejo, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano y a la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación su publicación, incluido el Anexo N° 1, en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe), el mismo día de su publicación. POR TANTO:Regístrese, comuníquese y cúmplase.JORGE MUÑOZ WELLS Alcalde 2006840-5 Ordenanza que modifica el plano de zonificación del distrito de Miraflores aprobado por Ordenanza N° 920 ORDENANZA N° 2402-2021 Lima, 28 de octubre de 2021EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMAPOR CUANTO:El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO:Que, el Artículo 194 de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, de acuerdo con lo indicado en los numerales 1.1 y 1.2 del Artículo 79 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, son funciones exclusivas de las municipalidades provinciales, en materia de organización del espacio físico y uso del suelo: Aprobar el Plan de Acondicionamiento Territorial de nivel provincial, que identi fi que las áreas urbanas y de expansión urbana, así como las áreas de protección o de seguridad por riesgos naturales; las áreas agrícolas y las áreas de conservación ambiental; y aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el Esquema de Zoni fi cación de áreas urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demás planes especí fi cos de acuerdo con el Plan de Acondicionamiento Territorial; Que, mediante Ordenanza N° 1862, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 28 de diciembre de 2014, se regula el Proceso de Plani fi cación del Desarrollo Territorial Urbano del Área Metropolitana de Lima; Que, mediante Ordenanza N° 2086, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 13 de abril de 2018, se regula el Cambio de Zoni fi cación de Lima Metropolitana y deroga la Ordenanza N° 1911; Que, con Ordenanza N° 920, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 30 de marzo del 2006, que aprueba el Reajuste Integral de la Zoni fi cación de los Usos del Suelo del Distrito de Mira fl ores, que forma parte del Área de Tratamiento Normativo III de Lima Metropolitana; Que, con expediente N° 135376-2020 de 2 de noviembre del 2020, la señora Blanca There Gutiérrez Brañez de Montenegro, el señor Gerardo Napoleón Montenegro Arrascue y el señor Gerardo Jesús Montenegro Gutiérrez, en calidad de propietarios del predio de 184.50 m², ubicado en la Calle Arica N° 517-523, distrito de Mira fl ores, provincia y departamento de Lima, solicitan el Cambio de Zoni fi cación de Residencial de Densidad Media (RDM) a Comercio Zonal (CZ); de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza N° 2086 norma que regula el cambio de zoni fi cación en Lima Metropolitana y deroga la Ordenanza N° 1911; Que, la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad Metropolitana de Lima, mediante O fi cio N° 547-2020-MML-GDU-SPHU de 13 de noviembre de 2020, solicitó a la Municipalidad Distrital de Mira fl ores, que en uso de sus competencias aplique la consulta vecinal y emita la opinión técnica correspondiente, dentro del plazo de 30 días. Y mediante el D.S N°162818-2020 la Municipalidad Distrital de Mira fl ores, remite el O fi cio N° 1056-2020-SG/MM adjuntando el Acuerdo de Concejo N° 099-2020/MM de 22 de diciembre del 2020 con opinión desfavorable al cambio de zoni fi cación solicitado, de acuerdo al Informe Técnico N° 033-2020-GDUMA/MM, de la Gerencia de Desarrollo Urbano Medio Ambiente, que se sustenta en el Informe Técnico Legal N° 022-2020-GDUMA/MM de la Municipalidad Distrital de Mira fl ores; Que, la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad Metropolitana de Lima, mediante Ofi cio N° 546-2020-MML-GDU-SPHU de 13 de noviembre de 2020, solicita al Director Ejecutivo del Instituto Metropolitano de Plani fi cación-IMP, emitir opinión técnica sobre la propuesta presentada por la señora Blanca There Gutiérrez Brañez de Montengro y Otros. Y, mediante D.S N° 147695-2020 de 25 de noviembre de 2020, enviado por correo electrónico, el Instituto Metropolitano de Plani fi cación-IMP, con O fi cio N° 1272-20-MML-IMP-DE de 25 de noviembre de 2020, remitió el Informe CEZ N° 061-2020-MML-IMP-DE/DGPT de 23 de noviembre de 2020, en el que emitió opinión desfavorable respecto al Cambio de Zoni fi cación solicitado, señalando que “la actividad de Barbería, se puede desarrollar en la zonifi cación RDM del Sector B, únicamente en predios con frente a determinadas vías que pertenecen al Sistema Vial Metropolitano; a pesar que el predio materia de consulta tiene la cali fi cación de RDM, debido a que se ubica frente a una vía local, no puede desarrollar la actividad urbana de Barbería; además, señala que el pedido no corresponde a un cambio de zoni fi cación, sino a la inclusión en el índice de uso de Actividades Urbanas de la actividad de Barbería en la zonifi cación de RDM, a predios con frente a vías locales” Que, la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima, a través del Informe N° D000104-2021-MML-GDU-SPHU-DP de 4 de marzo del 2021, de la División de Planeamiento de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas, concluyó que, el Cambio de Zoni fi cación de Residencial de Densidad Media (RDM) a Comercio Zonal (CZ) del predio de 184.50m², ubicado en la Calle Arica N° 517-523, distrito de Mira fl ores, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Partida N° 41337567, resulta desfavorable, al no ser