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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2021 (03/11/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 47

47 NORMAS LEGALES Miércoles 3 de noviembre de 2021 El Peruano / establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, de acuerdo con lo indicado en los numerales 1.1 y 1.2 del Artículo 79 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, son funciones exclusivas de las municipalidades provinciales, en materia de organización del espacio físico y uso del suelo: Aprobar el Plan de Acondicionamiento Territorial de nivel provincial, que identi fi que las áreas urbanas y de expansión urbana, así como las áreas de protección o de seguridad por riesgos naturales; las áreas agrícolas y las áreas de conservación ambiental; y aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el Esquema de Zoni fi cación de áreas urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demás planes especí fi cos de acuerdo con el Plan de Acondicionamiento Territorial; Que, mediante Ordenanza N° 1862, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 28 de diciembre de 2014, se regula el Proceso de Plani fi cación del Desarrollo Territorial Urbano del Área Metropolitana de Lima; Que, mediante Ordenanza N° 2086, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 13 de abril de 2018, se regula el Cambio de Zoni fi cación de Lima Metropolitana y deroga la Ordenanza N° 1911; Que, mediante la Ordenanza Nº 1082, publicada en el Diario El Peruano el 18 de octubre de 2007, que aprueba el Reajuste Integral de la Zoni fi cación de los Usos del Suelo de los Distritos de la Victoria y San Luis, que son parte del Área de Tratamiento Normativo II de Lima Metropolitana; Que, con expediente Nº 377592-2019 de 5 de noviembre de 2019, la empresa Slin Negocios Peruanos SAC, representado por la señora Kely Yanni Hilares Torres, propietaria del predio de 260.40 m2, ubicado en el Barrio Obrero Mz. C, lote 42, distrito de La Victoria, provincia y departamento de Lima, inscrito sobre la Partida N° P02205435; solicitan cambio de zoni fi cación de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza N° 2086, norma que regula el cambio de zoni fi cación en Lima Metropolitana y deroga la Ordenanza N° 1911; Que, la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante O fi cio N° 1448-2019-MML-GDU-SPHU de 26 de noviembre de 2019, solicitó a la Municipalidad Distrital de La Victoria, para que en uso de sus competencias aplique la consulta vecinal y emita la opinión técnica correspondiente, dentro del plazo de 30 días. Y mediante Ofi cio N° 006-2020-GDU/MLV de 16 de enero de 2020, el Acuerdo de Concejo N° 003-2020/MLV, de 15 de enero de 2020 de la Municipalidad Distrital de La Victoria, que declara favorable la Petición de Cambio de Zoni fi cación de Otros Usos (OU) a Comercio Vecinal (CV), del predio ubicado en el Barrio Obrero Mz. C, lote 42, distrito de La Victoria, provincia y departamento de Lima Con Informe técnico N°51-2019-MATG-SGOPCYCU-GDU-MDLV de 31 de diciembre de 2019, emitido por la Subgerencia de Obras Privadas, Catastro y Control Urbano de la Municipalidad Distrital de La Victoria, indicado lo siguiente: − El lote pretende realizar el cambio de zoni fi cación para regularizar el uso de mercado minorista que actualmente se viene realizando. − Se debe considerar que el control de residuos sólidos debe ser mejorado, debido a que se encuentra cercano al Hospital Nacional Guillermo Almenara Irigoyen (en un radio de 300 m) lo que debe ser evaluado de acuerdo al Art. 4 Norma A.050 del RNE. − Que la propuesta de proyecto del lote deberá tomar en cuenta de acuerdo a los parámetros urbanísticos y edifi catorios los estacionamientos para los usuarios y la carga- descarga, a fi n de mitigar la congestión vehicular que se ocasiona actualmente la edi fi cación. Que, asimismo, se indica con el Informe N° 594-2019-OPV-GM/MLV elaborado por la Municipalidad Distrital de La Victoria que se realizaron 21 encuestas, con el siguiente resultado: 16 respuestas favorables, 03 desfavorables y no opinan 02; Que, a través de la Dirección Ejecutivo del Instituto Metropolitano de Plani fi cación-IMP, remite el O fi cio N°1425-20-MML-IMP-DE de 29 de diciembre de 2020, el Director Ejecutivo del Instituto Metropolitano de Plani fi cación-IMP, remite el Informe CEZ N°076-2020- MML-IMP-DE/DGPT, mediante el cual emite opinión Favorable al cambio de Zoni fi cación de Otros Usos (OU) a Comercio Zonal (CZ), el cual, señala lo siguiente: − El uso del suelo del predio del recurso y al frente de cuadra no corresponde a ninguna de las actividades admitidas en zoni fi cación OU, considerando que in situ existe uso mixto comercios menores y viviendas predominante en algunos tramos, igualmente ocurre en el otro frente de la cuadra, las actividades no responden a la zoni fi cación VT, el uso también es mixto dirigido a comercios menores y vivienda. − Cabe destacar que en el 1er Informe N°028-2020- MML-IMP-DE/DGPT de fecha 15 de enero 2020, elaborado por el IMP referido a la Presente solicitud de CEZ en sus conclusiones señala que amerita una evaluación integral como conjunto al respecto se mantiene cuando se elaboró el informe antes mencionados no se conocía la propuesta del RIZ distrital. − El presente informe solicitado al IMP relacionado al mismo predio, toma en consideración la propuesta del RIZ presentado por el distrito de La Victoria, aun cuando todavía no está aprobado. Asimismo, se ha evaluado el impacto o la tendencia comercial progresiva del eje del Jirón Andahuaylas considerando a las cercanías de la Av. 28 de julio que tiene alta intensidad comercial y tiene Zoni fi cación normativa de CZ. − Es por ello que se considera viable el cambio de zonifi cación de OU a uso comercial destacándose que el administrado ha solicitado el CEZ a comercio vecinal (CV) por la actividad de mercado que pretende desarrollar normativa su fi ciente para funcionar. Sin embargo, considerando la tendencia comercial progresiva del entorno directo al predio por el efecto de la intensidad comercial que existe frente a la Av. 28 de julio y conociendo la propuesta del RIZ de la victoria, se recomienda otorgar el cambio zoni fi cación para el predio del recurso a Comercio Zonal (CZ) y extender dicha zoni fi cación a los dos frentes de cuadra del Jirón Andahuaylas. Que, de acuerdo a lo expuesto se emite opinión técnica favorable al pedido de cambio especí fi co de zoni fi cación de OU a uso comercial Sin embargo se recomienda Se otorgue el cambio de zoni fi cación a Comercio Zonal (CZ), según lámina adjunta haciéndose extensivo a los dos frentes de cuadra del Jirón Andahuaylas considerando la tendencia progresiva, que tendrá dicho Jirón por efecto de la alta intensidad comercial de la Av. 28 de julio. Asimismo, cabe señalar que se ha tomado en consideración la propuesta de RIZ del distrito de La Victoria todavía no ha probado pero que recoge la presente solicitud a uso comercial a nivel de con versos son las recetas para un sector mayor que el gra fi cado en el presente informe; Que, a través del Informe N° D0000093-2021-MML- GDU-SPHU-DP de 25 de febrero del 2021, de la División de Planeamiento de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas perteneciente a la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima,, concluyó que, se encauce al Cambio de Zoni fi cación de Otros Usos (OU) a Comercio Zonal (CZ), para el predio ubicado en el Barrio Obrero Mz. C, lote 42, distrito de La Victoria, provincia y departamento de Lima, con un área de 260.40 m2, toda vez que se ajusta a las necesidades del sector y por la vocación comercial existente de los predios ubicados sobre el eje del Jr. Andahuaylas. De esta manera se consolida esta vía como un eje de desarrollo de usos mixtos con actividades comerciales compatibles con la Zonifi cación de Comercio Zonal para el Área de Tratamiento Normativo II, siendo la actividad solicitada, consecuente con la visión de desarrollo del distrito, el cual considera como objetivo estratégico: “Incrementar la formalización de las actividades económicas en el distrito”. Asimismo, se debe hacer extensivo a ambos frentes de la manzana donde se ubica el predio (cuadra 3 del Jr. Andahuaylas). Que, estando a lo señalado en los considerandos que anteceden, en uso de las facultades previstas según