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54 NORMAS LEGALES Miércoles 3 de noviembre de 2021 El Peruano / Ordenanza N° 1099, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 12 de diciembre de 2007, de Zona de Habilitación Recreacional (ZHR) y Protección y Tratamiento Paisajista (PTP) a Residencial de Densidad Media (RDM) y Zona de Protección y Tratamiento Paisajista (PTP) para el predio de 349,452.16 m² (34.9 Has) ubicado en el Lote Acumulado de la Calle Granja Azul con Calle Serpiente de Oro Zona de Santa Clara y Lote denominado Empanada del distrito de Ate, provincia y departamento de Lima, solicitado por la empresa Inversiones Centenario S.A.A, representada por Carlos Humberto Montero Urbina, identi fi cado con DNI N° 08131018; conforme al Anexo N° 1, que forma parte de la presente Ordenanza. Artículo 2. Encargar al Instituto Metropolitano de Plani fi cación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, incorpore en el Plano de Zoni fi cación de Ate, la modi fi cación aprobada en el Artículo 1 de la presente Ordenanza. Artículo 3. Noti fi car la presente Ordenanza a la Municipalidad distrital de Ate, a fi n de que se encargue de la respectiva noti fi cación al administrado. Artículo 4. Encargar a la Secretaría General del Concejo, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano y a la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación su publicación, incluido el Anexo N° 1, en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe), el mismo día de su publicación. POR TANTO:Regístrese, comuníquese y cúmplase.JORGE MUÑOZ WELLS Alcalde 2006840-9 Ordenanza que modifica el plano de zonificación del distrito de La Molina aprobado por Ordenanza N° 1144-MML y actualizado con Ordenanza N° 1661-MML ORDENANZA N° 2406-2021 Lima, 28 de octubre de 2021EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMAPOR CUANTO:El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, conforme con lo establecido en el Artículo 194 de la Constitución Política del Perú concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza N° 1862, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 28 de diciembre de 2014, se regula el Proceso de Plani fi cación del Desarrollo Territorial Urbano del Área Metropolitana de Lima; Que, mediante Ordenanza N° 2086, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 13 de abril de 2018, se regula el Cambio de Zoni fi cación de Lima Metropolitana y se deroga la Ordenanza N° 1911-MML; Que, mediante Ordenanza N° 1144, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 18 de mayo del 2008, se aprueba el Reajuste Integral de la Zoni fi cación de los Usos del Suelo del Distrito de La Molina que es parte de las Áreas de Tratamiento Normativo II y III de Lima Metropolitana y con Ordenanza N° 1661, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 08 de marzo del 2013, se aprueba la Actualización de la Zoni fi cación de los Usos del Suelo e Índice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas para el Distrito de La Molina; Que, con Expediente N° 427188-2019 de 20 de diciembre de 2019, la sociedad conyugal conformada por Gustavo Antonio Gómez Sánchez Alva, identi fi cado con DNI Nº 08225847 y Giselle Hage Fernández, identi fi cada con DNI Nº 08274887 y la sociedad conyugal conformada por Arturo Iván Izaguirre Valdés, identi fi cado con DNI Nº 07224865 y María Christina Rita Roca Arbaza, identi fi cada con DNI Nº 07859374, solicitan Cambio de Zoni fi cación de Residencial de Densidad Media (RDM) a Comercio Zonal (CZ) para el predio de 318.40 m², constituido por Chalet Letra A, Avenida Frutales y Avenida A del Distrito de La Molina, provincia y departamento de Lima, al amparo de lo establecido en la Ordenanza N° 2086, norma que regula el Cambio de Zoni fi cación en Lima Metropolitana y deroga la Ordenanza Nº 1911; Que, la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad Metropolitana de Lima, mediante O fi cio N° 163-2020-MML-GDU-SPHU de 17 de febrero de 2020, solicita a la Municipalidad distrital de La Molina emitir, en un plazo de treinta (30) días, la opinión técnica y el levantamiento de la opinión vecinal según lo dispuesto en el Artículo 9, numeral 9.4 de la Ordenanza N° 2086; Que, Mediante O fi cio N° 244-2020-MDLM-SG de 25 de setiembre del 2020, la Municipalidad distrital de La Molina adjunta el Acuerdo de Concejo N° 037-2020/MDLM de 24 de setiembre de 2020, mediante el cual declara Desfavorable el Cambio de Zoni fi cación solicitado, de acuerdo al Informe Nº 304-2020-MDLM-GDU-SHUPUC de 8 de setiembre de 2020 de la Subgerencia de Habilitaciones Urbanas, Planeamiento Urbano y Catastro, en donde se consideró Desfavorable por lo siguiente: “El predio, materia de evaluación, (..) cuenta con una edi fi cación de 02 pisos, de albañilería confi nada, de uso vivienda unifamiliar y se ubica en un área consolidada con uso residencial, donde los predios con frente a vías locales y metropolitanas, se encuentran constituidos por viviendas unifamiliares y multifamiliares de 02 a 03 pisos. (..). La solicitud de cambio de zoni fi cación de Residencial de Densidad Media a Comercio Zonal, según memoria descriptiva, es para el uso de Edi fi cio de O fi cinas Administrativas; califi cación que intensi fi caría la naturaleza residencial de la zona; sobre todo, del lado de la Avenida Los Frutales. Normativamente, según el Anexo 03 de la Ordenanza N°1144-MML, Anexo N°02 y Anexo 03 de la Ordenanza N°1661-MML, en la ubicación el predio, el Giro de O fi cinas Administrativas. Es No Conforme. Según los Sistemas SISCAT y SIL, en el sector evaluado, los predios ubicados con frente a la Av. Separadora Industrial, que cuentan con Licencia de Funcionamiento, registrado mediante Ficha Catastral Económica, corresponde a predios cali fi cados con zoni fi cación RDM, ubicados en el entorno inmediato a la Clínica Monte fi ori, a unos 250 mt. del predio evaluado; asimismo, frente a la Avenida Los Frutales, solo se registran 02 predios cali fi cados con zoni fi cación RDB con trama, con Licencia de Funcionamiento para cevichería y servicio médico; primando el uso residencial en el sector. Efectuada la consulta vecinal, remitido por la Gerencia de Participación Vecinal, a través del Memorándum Nº309-2020-MDLM-GPV, se obtuvo un resultado Desfavorable en mayor porcentaje; obteniéndose con opinión favorable (18), representa el 36% y con opinión desfavorable (32), representa el 64% del total de la muestra. Que, la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad Metropolitana de Lima, mediante O fi cio N° 164-2020-MML-GDU-SPHU de 17 de febrero del 2020, solicita al Director Ejecutivo del Instituto Metropolitano de Plani fi cación, emitir opinión técnica sobre la propuesta presentada por la sociedad conyugal conformada por Gustavo Antonio Gómez Sánchez Alva y Giselle Hage Fernández y la sociedad conyugal conformada por Arturo Iván Izaguirre Valdés y María Christina Rita Roca Arbaza; Que, mediante O fi cio N° 1358-20-MML-IMP-DE de 11 de diciembre de 2020, el Instituto Metropolitano de