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103 NORMAS LEGALES Viernes 26 de noviembre de 2021 El Peruano / JEE: Jurado Electoral Especial JNE: Jurado Nacional de Elecciones LOJNE: Ley N° 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones LOP: Ley N° 28094, Ley de Organizaciones Políticas ROP: Registro de Organizaciones Políticas SIJE-E: Sistema Integrado Jurisdiccional de Expedientes Electrónicos Artículo 5.- Precisión sobre géneros en el reglamento A efectos del presente reglamento, cuando se haga alusión a las expresiones “peruano”, “ciudadano”, “candidato”, “a fi liado”, “personero”, incluyendo su respectivo plural, se entenderá indistintamente a mujer u hombre. Artículo 6.- De fi niciones A efectos del presente reglamento, se consideran las siguientes de fi niciones: 6.1 Declara: Sistema informático para el registro de personeros, solicitudes de inscripción de candidaturas, declaraciones juradas de hoja de vida, plan de gobierno y sus formatos resúmenes, observadores electorales, entre otros. 6.2 DJHV de candidato: Formato electrónico en el que se detallan los datos de cada candidato, exigidos por el numeral 23.3 del artículo 23 de la LOP, y detallados en el artículo 7 del presente reglamento.6.3 Firma digital: Es aquella fi rma electrónica que, utilizando una técnica de criptografía asimétrica, permite la identi fi cación del signatario, la cual es creada por medios que este mantiene bajo su control, de manera que está vinculada únicamente al signatario y a los datos a los que re fi ere, lo que permite garantizar la integridad del contenido y detectar cualquier modi fi cación ulterior. Asimismo, tiene la validez y e fi cacia jurídica que el uso de una fi rma manuscrita, siempre y cuando haya sido generada por un Prestador de Servicio de Certi fi cación Digital debidamente acreditado que se encuentre dentro de la Infraestructura O fi cial de Firma Electrónica (IOFE), y que no medie ninguno de los vicios de la voluntad previstos en el Título VIII del Libro II del Código Civil. Los personeros legales deben contar necesariamente con fi rma digital a ser usada en todos los actos procesales, en el cumplimiento de sus funciones, conforme al reglamento correspondiente. 6.4 Información Complementaria: Es aquella información que integra o complementa los datos exigidos por el numeral 23.3 del artículo 23 de la LOP, independientemente si estos datos son recabados de manera automática por el sistema Declara o no. Esta información se ubica en cada uno de los rubros o ítems que contiene el Formato Único de DJHV. 6.5 Información Adicional: Es aquella información que integra o complementa los datos exigidos por el numeral 23.3 del artículo 23 de la LOP, independientemente si estos datos son recabados de manera automática por