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47 NORMAS LEGALES Domingo 28 de noviembre de 2021 El Peruano / Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Pachacámac: www. munipachacamac.gob.pe Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.GUILLERMO ELVIS POMEZ CANO Alcalde 2015987-1 Modifican dos servicios del Anexo II del Texto Único de Servicios No exclusivos aprobado con Resolución de Alcaldía N° 140-2021-MDP/A, correspondiente a la Subgerencia de Transporte y Ordenamiento Vial RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 156-2021-MDP/A Pachacámac, 24 de noviembre de 2021EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACHACÁMAC VISTO: El Informe N°196-2021-MDP/GSCS-SGTOV de la Subgerencia de Transporte y Ordenamiento Vial, el Memorando N°684-2021-MDP/OPP de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N°202-2021-MDP/GSCS-SGTOV de la Subgerencia de Transporte y Ordenamiento Vial, y el Informe N°440-2021-MDP/OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica sobre modi fi cación del Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE de la Municipalidad Distrital de Pachacámac y, CONSIDERANDO: Que el artículo 194°de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por la Ley N° 30305 “Ley de Reforma Constitucional”, precisa que las Municipalidades provinciales y distritales son órganos de Gobierno Local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de sus competencias en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N°27972 “Ley Orgánica de Municipalidades”; Que, el artículo 55° de la Ley Orgánica de Municipalidades, establece que (…) el patrimonio municipal se administra por cada municipalidad en forma autónoma, con las garantías y responsabilidades de ley; los bienes de dominio público de las municipalidades son inalterables e imprescriptibles. Todo acto de disposición o de garantía sobre el Patrimonio municipal debe ser de conocimiento público”. Que, el artículo 60° de nuestra carta magna establece la potestad que las municipalidades puedan prestar servicios que no pueden ser ofertados por terceros o privados, estableciendo la posibilidad de brindar servicios no exclusivos que obedezcan a interés público. Que, el numeral 43.4 del artículo 43° del Decreto Supremo N° 004-2019-JUS “Decreto Supremo que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N°27444- Ley de Procedimiento Administrativo General”, prescribe que “Para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades a través de Resolución del Titular del Pliego establecen los requisitos y costos correspondientes a ellos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento, respetando lo establecido en el artículo 60° de la Constitución Política del Perú y las normas sobre represión de la competencia desleal”. Que, mediante Resolución de Alcaldía N° 140-2021-MDP/A, de fecha 15 de octubre del 2021, se aprobó el Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE, Anexo II, de la Municipalidad Distrital de Pachacámac.Que, mediante Informe N° 196-2021-MDP/GSCS- SGTOV, la Subgerencia de Transporte y Ordenamiento Vial, propone la modi fi cación de dos servicios brindados por su área, establecidos en el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad Distrital de Pachacámac, señalando que debido a la actual coyuntura ante la Pandemia del COVID-19, se ha afectado el normal desarrollo de actividades para los usuarios, y el servicio de transporte en vehículo menor, cambiando de la modalidad presencial a la modalidad virtual, por lo que formula el reajuste en los costos de los siguientes servicios: 01.01. Dictado del curso de educación y seguridad vial y 01.04, Constatación de características físicas de vehículos menores. Que, con Memorando N° 684-2021-MDP/GM/OPP, la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto opina a favor de la Modi fi cación de los costos en el tarifario del Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad Distrital de Pachacámac. Que, mediante Informe N° 202-2021-MDP/GSCS- SGTOV, la Subgerencia de Transporte y Ordenamiento Vial, presenta el sustento técnico de la modificación del Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad Distrital de Pachacámac, respecto al reajuste en las tarifas de los servicios de Dictado del curso de educación y seguridad vial y Constatación de características físicas de vehículos menores. Que, mediante, informe N°440-2021-MDP/OAJ, la Ofi cina de Asesoría Jurídica, opina que resulta procedente aprobar la modi fi cación del Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad Distrital de Pachacámac. Estando a lo expuesto y a las facultades conferidas en los numerales 6 del artículo 20° y el artículo 43° de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; RESUELVE:Artículo Primero.- MODIFICAR dos servicios del Anexo II, del Texto Único de Servicios No exclusivos aprobado con Resolución de Alcaldía N° 140-2021-MDP/A, correspondiente a la Subgerencia de Transporte y Ordenamiento Vial, bajo los siguientes términos: Antes: N° DENOMINACIÓN DEL SERVICIO TARIFARIO 01.01DICTADO DEL CURSO DE EDUCACIÓN Y SEGURIDAD VIALS/. 18.50 01.04CONSTATACION DE CARACTERISTICAS FISICAS DE VEHICULOS MENORESS/. 35.00 Ahora: N° DENOMINACIÓN DEL SERVICIO TARIFARIO 01.01DICTADO DEL CURSO DE EDUCACIÓN Y SEGURIDAD VIALS/. 10.00 01.04CONSTATACION DE CARACTERISTICAS FISICAS DE VEHICULOS MENORESS/. 25.00 Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, Ofi cina de Administración y Finanzas, a la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Sostenibilidad y Subgerencia de Transporte y Ordenamiento Vial, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Resolución de Alcaldía en el Diario O fi cial El Peruano y su publicación en el portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Pachacámac: www.munipachacamac.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. GUILLERMO ELVIS POMEZ CANO Alcalde 2015988-1