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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2021 (28/11/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 54

TEXTO PAGINA: 36

36 NORMAS LEGALES Domingo 28 de noviembre de 2021 El Peruano / nivel nacional, Coordinaciones Nacionales de las Fiscalías Especializadas, Gerencia General, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a los doctores mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese.ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la Nación 2016187-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE TACNA Crean la Red Regional de Mujeres Emprendedoras y Empresarias de la Región Tacna ORDENANZA REGIONAL Nº 011-2021-CR/GOB.REG.TACNA EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA POR CUANTO:El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha veinticinco de mayo de dos mil veintiuno, en Sesión Ordinaria realizada mediante videoconferencia, aprobó la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO:Que, la Constitución Política del Perú de 1993 en su artículo 2 señala: “Toda persona tiene derecho a: (…) 2. A la igualdad ante la ley. Nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquier índole. Asimismo, el artículo 59 prescribe: “(…) El Estado brinda oportunidades de superación a los sectores que sufren cualquier desigualdad; en tal sentido, promueve las pequeñas empresas en todas sus modalidades”. Que, la Política de Estado Nº 11 del Acuerdo Nacional establece “La promoción de igualdad de oportunidades sin discriminación” señalándose como objetivo: “(…) d) dará acceso equitativo a las mujeres a recursos productivos y empleo”. Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 6 señala: “El desarrollo regional comprende la aplicación coherente y e fi caz de las políticas e instrumentos de desarrollo económico social, poblacional, cultural y ambiental, a través de planes, programas y proyectos orientados a generar condiciones que permitan el crecimiento económico armonizado con la dinámica demográ fi ca, el desarrollo social equitativo y la conservación de los recursos naturales y el ambiente en el territorio regional, orientado hacia el ejercicio pleno de los derechos de hombres y mujeres e igualdad de oportunidades”. Que, la Ley Nº 28983, Ley de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres, en su artículo 6 sobre lineamientos del Poder Ejecutivo, gobiernos regionales y gobiernos locales prescribe: “El Poder Ejecutivo, gobiernos regionales y gobiernos locales, en todos los sectores, adoptan políticas, planes y programas, integrando los principios de la presente Ley de manera transversal (…)”. Que, mediante Decreto Supremo Nº 013-2013-PRODUCE, se aprueba el T.U.O. de la Ley de Impulso al Desarrollo Productivo y al Crecimiento Empresarial, el cual en su artículo 3 establece: “La acción del Estado en materia de promoción de las MyPE se orienta con los siguientes lineamientos estratégicos: (…) g) Propicia el acceso, en condiciones de equidad de género de los hombres y mujeres que conducen o laboran en las MyPE a las oportunidades que ofrecen los programas de servicios de promoción, formalización y desarrollo”. Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2019-MIMP, se aprueba la Política Nacional de Igualdad de Género, en su artículo 2 sobre el ámbito de aplicación señala: “La Política Nacional de Igualdad de Género es de aplicación inmediata para todas las entidades de la administración pública (…)”. Asimismo, en el objetivo prioritario Nº 4 se establece: “Garantizar el ejercicio de los derechos económicos y sociales de las mujeres”. Que, mediante O fi cio Nº 039-2020-LDHC-CR/GOB. REG.TACNA, de fecha 10 de noviembre de 2020, la Prof. Luz Delia Huancapaza Cora, en su calidad de Consejera Regional presenta al Consejo Regional de Tacna, la iniciativa normativa: “CREAR LA RED REGIONAL DE MUJERES EMPRENDEDORAS Y EMPRESARIAS DE LA REGIÓN TACNA”, a fi n de que se proceda a su evaluación y eventual aprobación mediante Ordenanza Regional, para lo cual se adjuntan la documentación sustentatoria de su iniciativa. Que, con el O fi cio Nº 067-2020-DI-DIREPRO/GOB. REG.TACNA, de fecha 23 de diciembre de 2020, emitido por el Director de Industria de la Dirección Regional de la Producción de Tacna; la Opinión Legal Nº 613-2021-ORAJ/GOB.REG.TACNA, de fecha 19 de abril de 2021, emitida por la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica; el Informe Nº 006-2021-A-CODE-CR/GOB.REG.TACNA, de fecha 19 de mayo de 2021, emitido por el Asesor de Comisión; y, demás documentación anexada se sustenta y recomienda la aprobación de la propuesta normativa. Que, la Comisión Ordinaria de Desarrollo Económico del Consejo Regional de Tacna, luego de analizar y debatir el tema, procedió a emitir el Dictamen Nº 003-2021-CODE-CR, de fecha 21 de mayo de 2021, sobre CREAR LA RED REGIONAL DE MUJERES EMPRENDEDORAS Y EMPRESARIAS DE LA REGIÓN TACNA, dictamen con opinión favorable que se puso a consideración del Pleno del Consejo Regional, en Sesión Ordinaria de fecha 25 de mayo de 2021, realizada mediante videoconferencia. Que, considerando las normas antes indicadas y las opiniones favorables emitidas por los distintos órganos competentes del Gobierno Regional de Tacna, corresponde CREAR LA RED REGIONAL DE MUJERES EMPRENDEDORAS Y EMPRESARIAS DE LA REGIÓN TACNA. Que, el Pleno del Consejo Regional, en mérito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los artículos 15 literal a), 36, 37 literal a) y 38 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053 y 30055; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, en Sesión Ordinaria (realizada mediante videoconferencia) de la fecha, ha aprobado por unanimidad, la siguiente: ORDENANZA REGIONAL:Artículo Primero: CREAR LA RED REGIONAL DE MUJERES EMPRENDEDORAS Y EMPRESARIAS DE LA REGIÓN TACNA, como un mecanismo que promueva e impulse la autonomía económica de las mujeres, la generación de servicios y de herramientas de apoyo a la gestión de emprendimientos liderados por mujeres y su articulación con mercados nacionales e internacionales; así como la asociatividad de las organizaciones de mujeres emprendedoras y empresarias de la Región, que tiene como propósito promover: 1.1. El empoderamiento y la autonomía económica de las mujeres. 1.2. La generación de servicios y herramientas de apoyo a la gestión de emprendimientos liderados por mujeres. 1.3. La articulación de dichos emprendimientos con servicios, programas y proyectos del Estado vinculados al fomento y desarrollo empresarial. 1.4. El encadenamiento productivo y comercial en mercados nacionales e internacionales en coordinación con las entidades públicas y privadas competentes.