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23 NORMAS LEGALES Sábado 2 de octubre de 2021 El Peruano / 065-2018-MINCETUR, a efectos de actualizar el monto de compromiso de inversión y el plazo de ejecución de la inversión; Que, la empresa INVERSIONES FAJ SERVICIOS GENERALES S.A.C., mediante escrito de fecha 18 de noviembre de 2020, solicita la suscripción de una segunda adenda de modi fi cación del Contrato de Inversión, al amparo de lo establecido en el Decreto Legislativo N° 973 y su Reglamento, a efecto de ampliar el plazo de ejecución del Proyecto de Inversión, aspectos que han sido materia de evaluación de través del Informe N° 0030-2021-MINCETUR/VMT/DGET/DPDT-SOJ y el Informe N° 0092-2021-MINCETUR/VMT/DGET/DPDT-MCM de la Dirección de Productos y Destinos Turísticos de la Dirección Genera de Estrategia Turística del Viceministerio de Turismo, en los cuales respectivamente, se expresa la opinión técnica y legal favorable al respecto; Que, como se advierte de dichos documentos, el monto de compromiso de inversión del proyecto denominado “HAMPTON BY HILTON TARAPOTO” se mantiene en US $ 5 910 773,00 (Cinco Millones Novecientos Diez Mil Setecientos Setenta y Tres con 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América); asimismo, el plazo de ejecución del proyecto establecido en el contrato de inversión se amplía de tres (3) años, cuatro (4) meses y treinta (30) días a seis (6) años y cuatro (4) meses, contados a partir del 20 de junio de 2017, fecha de presentación de la solicitud del contrato de inversión antes mencionado; Que, con fecha 30 de junio de 2021, se suscribe la adenda de modi fi cación de Contrato de Inversión celebrado entre la empresa INVERSIONES FAJ SERVICIOS GENERALES S.A.C., el Gobierno Regional de San Martín y PROINVERSIÓN, por lo que corresponde emitir la Resolución Ministerial respectiva; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 973, Decreto Legislativo que establece el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas y su modi fi catoria, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2007-EF y sus modi fi catorias, la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR y modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi car el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 065-2018-MINCETUR, modi fi cada por la Resolución Ministerial N° 073-2020-MINCETUR, el cual queda redactado de acuerdo al siguiente texto: “Artículo 2.- Requisitos y características del Contrato de Inversión Establecer, para efectos del numeral 5.3 del artículo 5 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 973, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2007-EF, que el monto del compromiso de la inversión a cargo de la empresa INVERSIONES FAJ SERVICIOS GENERALES S.A.C., asciende a la suma US $ 5 910 773,00 (Cinco Millones Novecientos Diez Mil Setecientos Setenta y Tres y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América) a ser ejecutado en un plazo de seis (6) años y cuatro (4) meses, contados desde el 20 de junio de 2017, fecha de la solicitud de suscripción del Contrato de Inversión”. Artículo 2.- Reemplazar el Anexo I del Contrato y primera Adenda antes mencionados por el Anexo I adjunto a la segunda adenda citada en los considerandos de la presente Resolución. Artículo 3.- Quedan vigentes los demás extremos de la Resolución Ministerial N° 065-2018-MINCETUR, modi fi cada por la Resolución Ministerial N° 073-2020-MINCETUR, en lo que no se oponga a la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROBERTO SÁNCHEZ PALOMINO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 1997439-1Autorizan viaje de Viceministro de Comercio Exterior a Francia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 161-2021-MINCETUR Lima, 30 de setiembre de 2021Visto, el Memorándum N° 439-2021-MINCETUR/ VMCE, del Viceministro de Comercio Exterior; CONSIDERANDO:Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR es el organismo público competente para defi nir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior y de turismo; en tal razón, representa al Perú en los foros y organismos internacionales de comercio y esquemas de integración y tiene la responsabilidad en materias de la promoción de las exportaciones y de las negociaciones comerciales internacionales; Que, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) es un foro donde los gobiernos trabajan conjuntamente para compartir experiencias y buscar soluciones a los problemas comunes: busca entender qué es lo que conduce al cambio económico, social y ambiental; mide la productividad y fl ujos globales del comercio e inversión; y, fi ja estándares internacionales en políticas públicas. La OCDE tiene como misión promover políticas que mejoren el bienestar económico y social de las personas alrededor del mundo. Actualmente cuenta con treinta y ocho (38) países miembros. Aun cuando el Perú no es miembro de la OCDE actualmente, se participa en diversos comités e instancias, que incluyen temas de comercio exterior y turismo, en los que es representado por el MINCETUR; Que, en la ciudad de París, República Francesa, los días 5 y 6 de octubre de 2021, se realizará la Reunión del Concejo Ministerial (MCM) de la OCDE, bajo el tema “Valores Compartidos: Construyendo un Futuro Verde e Inclusivo”, con un enfoque en los retos globales que requieren cooperación y coordinación internacional, como combatir la pandemia de COVID-19, reconstruir las economías y sociedades luego de la crisis, abordar la crisis climática, manejar el impacto disruptivo de tecnologías emergentes, entre otros. Asimismo, se celebrará el 60º aniversario de la OCDE; Que, el Ministro de Comercio Exterior y Turismo, como Jefe de Delegación ante la OCDE, así como la delegación peruana, sostendrán los días 5 y 6 de octubre del presente año, reuniones bilaterales con funcionarios de alto nivel de la Secretaría de la OCDE, así como con representantes de otros países miembros de la OCDE. Dichas reuniones tendrán como fi n presentar los logros del Perú a nivel económico, comercial y turístico, con miras a contribuir con la aspiración del Perú en ser invitado a ser miembro pleno de la OCDE; Que, por lo expuesto resulta necesario autorizar el viaje del señor Diego Sebastián Llosa Velásquez, Viceministro de Comercio Exterior, en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, para participar en los eventos antes mencionados, y brindar el apoyo técnico correspondiente al Titular del sector de comercio exterior y turismo; De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, la Ley N° 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modi fi catorias y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor Diego Sebastián Llosa Velásquez, Viceministro de Comercio Exterior, a la ciudad de París, República Francesa, del 3