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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE OCTUBRE DEL AÑO 2021 (14/10/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 35

35 NORMAS LEGALES Jueves 14 de octubre de 2021 El Peruano / Regional La Libertad al Consejo Regional es aquella que se ajusta a la realidad y que es correcta, debiendo proceder conforme a ella. Sin embargo, se prescribe que dicha información, es de naturaleza iuris tantum por tratarse de una presunción que admite prueba en contrario y, por tanto, podrá ser objeto de fi scalización y control posterior por los órganos y organismos correspondientes; precisando que, conforme a la labor remota que vienen realizado los órganos administrativos del Gobierno Regional de La Libertad, conforme a los lineamientos dictados por el estado en el marco de la emergencia ocasionada por el COVID-19, la documentación se deriva y recepciona de manera virtual mediante correos electrónicos institucionales; y; El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, en uso de sus atribuciones conferidas por los artículos 191.º y 192.º de la Constitución Política del Perú; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modi fi catorias; y los artículos 23.º y 64.º del Reglamento Interno del Consejo Regional La Libertad aprobado con Ordenanza Regional Nº 005-2010-GRLL/CR; y demás normas complementarias, con dispensa de lectura y aprobación de acta, el pleno del Consejo Regional La Libertad ACORDÓ POR UNANIMIDAD: Artículo Primero.- APROBAR la Declaratoria de interés del proyecto en activos “Gran Complejo Agroalimentario La Libertad” Artículo Segundo.- APROBAR el resumen ejecutivo de la iniciativa privada, cuyo texto en Anexo 1 forma parte integrante del presente acuerdo regional. Artículo Tercero.- APROBAR la Versión Inicial del Contrato de la iniciativa privada, cuyo texto en Anexo 2 forma parte integrante del presente acuerdo regional, a cuyo formato electrónico puede accederse desde enlace https://drive.google.com/drive/folders/1G0rr6e7ewIOvIiyjlH4Ny TNKnm8KLjQM?usp=sharing Artículo Cuarto.- NOTIFICAR el presente acuerdo regional al proponente Empresa Complejo Agroindustrial La Libertad SAC., Artículo Quinto.- REMITIR el presente expediente para que el Comité de Promoción de la Inversión Privada continúe con los trámites que correspondan de acuerdo a ley. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional la supervisión para el adecuado uso de los recursos fi nancieros del Estado, bajo responsabilidad; y, poner en conocimiento al OCI del Gobierno Regional de La Libertad para efectos del control concurrente. Artículo Séptimo.- DIFUNDIR, el presente Acuerdo Regional en el Portal Web Institucional del Gobierno Regional La Libertad, Diario O fi cial El Peruano y el diario de mayor circulación de la región La Libertad. POR TANTO,Mando se registre, publique y cumpla.EDWIN MARTÍN CASTELLANOS GARCÍA PresidenteConsejo Regional La Libertad RESUMEN EJECUTIVO INICIATIVA PRIVADA “GRAN COMPLEJO AGROALIMENTARIO LA LIBERTAD” I. Antecedentesa) Mediante Carta s/n de fecha 20 de julio del 2020, la Sra. Almudena González Natal, Gerente General de Complejo Agroindustrial de La Libertad SAC. presentó una iniciativa privada de Proyectos en Activos denominada “Gran Complejo Agroindustrial la Libertad” que se pretende ejecutar sobre un terreno de 96.2868 ha. propiedad del Proyecto Especial Chavimochic ubicado en el Km 591+000 de la Autopista del Sol (Panamericana Norte) distrito de Chicama, Provincia de Ascope, Región y Departamento de La Libertad, en el marco de lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1362 que Regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, solicitando se declare la aprobación y viabilidad al proyecto. b) Mediante Acta Nº 04-2020-GRLL-CEPIP de fecha 03 de agosto del 2020, el Comité de Promoción de la Inversión Privada del GRLL, acordó admitir a trámite la Iniciativa Privada de Proyectos en Activos denominada “Gran Complejo Agroindustrial La Libertad” presentada por la empresa Complejo Agroindustrial de La Libertad SAC. c) Mediante Acta Nº 05-2020-GRLL-CPIP de fecha 21 de agosto del 2020 el Comité de Promoción de la Inversión Privada del GRLL acordó remitir todo lo actuado del expediente en original, a la Gerencia General Regional, para que conjuntamente con el Informe Legal de la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica, lo remita al Consejo regional para que de acuerdo al artículo 79 del Decreto Supremo Nº 240-2018-EF, emita la Opinión de Relevancia de la Iniciativa privada de Proyecto en Activos denominada “Gran Complejo Agroalimentario La Libertad”. d) Mediante Acuerdo Regional Nº 090-2020-GRLL/CR de fecha 07 de setiembre del 2020, el Consejo Regional de La Libertad acordó Aprobar la Declaración de Relevancia de la Iniciativa Privada Proyecto en Activos denominada “Gran Complejo Agroalimentario La Libertad”. e) Mediante Acuerdo Regional Nº 092-2020-GRLL/CR de fecha 24 de setiembre de 2020, el Consejo Regional acordó Autorizar la puesta a disposición del Estado, representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (SBN), el terreno de 96.2868 hectáreas de propiedad del Proyecto Especial CHAVIMOCHIC, ubicado en el Sector VI.A- (2). Etapa III, Distrito Chicama, Provincia de Ascope, Departamento de La Libertad, inscrito en la partida electrónica Nº11405252 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral V, sede Trujillo, al haber dejado de tener utilidad para la fi nalidad operativa del Proyecto Especial CHAVIMOCHIC, por no tener vocación agrícola y al haber sido reservado para fi nes urbanos . f) Mediante la Resolución Nº 0839-2020/SBN-DGPE- SDAPE de fecha 16 de octubre del 2020, fi rmado por el Subdirector de Administración del Patrimonio Estatal de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, Resuelve en su Artículo Primero: Asumir la Titularidad de dominio a favor del Estado representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, del referido predio. g) Mediante Acuerdo Regional Nº 107-2020-GRLL/ CR de fecha 19 de noviembre de 2020, el Consejo Regional acordó Aprobar el pedido de transferencia del predio ubicado en el Área de Reserva La Cumbre (E) Sector VI-A (2) Etapa III, Distrito de Chicama, Provincia de Ascope, La libertad, de propiedad del Estado Peruano, representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales – SBN, inscrito en la Partida Electrónica Nº 11405252 – Asiento C0001 del Registro de Predios de la Ofi cina Registral de Trujillo – Zona Registral Nº V – Sede Trujillo, con un área de 96.2868 Has a favor del Gobierno Regional La Libertad, para el Proyecto en Activos “Gran Complejo Agroalimentario La Libertad”. h) Con O fi cio Nº 1132-2020-VIVIENDA/VMCS- DGPRCS-DC de fecha 15 de diciembre de 2020, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, remite adjunto el Informe Técnico de Tasación Comercial de un área de terreno de 962 868,00 m² (96.2868 ha), denominado Reserva La Cumbre (E), Sector VI.A (2) Etapa III, Distrito de Chicama, Provincia de Ascope, Departamento de La Libertad. i) La Subdirección de Desarrollo Inmobiliario de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales mediante Resolución Nº 0390-2021/SBN-DGPE-SDDI de fecha 19 de febrero del 2021 Resuelve. Declarar INADMISIBLE la solicitud de transferencia del predio presentada por el Gobierno Regional de La Libertad. j) El Comité de Promoción de la Inversión Privada mediante Acta Nº 005-2021-GRLL-CPIP de fecha 19 de marzo de 2021, acordó Otorgar un plazo máximo de quince (15) días hábiles al Complejo Agroindustrial de La Libertad SAC, empresa proponente de la iniciativa privada “Gran Complejo Agroalimentario La Libertad”, para que incorpore en el proyecto las modi fi caciones propuestas en cuanto a la reformulación del área requerida para el proyecto a resultas de la Resolución 0134-2021/SBN- DGPE-SDDI de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales.