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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE OCTUBRE DEL AÑO 2021 (14/10/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 42

42 NORMAS LEGALES Jueves 14 de octubre de 2021 El Peruano / Tributaria, el Informe Nº 051-2021-GAT/MDPN de la Gerencia de Administración Tributaria, el Informe Nº 217-2021-GAJ/MDPN de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 059-2021-GAT/MDPN de la Gerencia de Administración Tributaria; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo estipulado en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley Nº 30305, las municipalidades distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, conforme lo establecen los artículos 74º y 195º de la Constitución Política del Perú, la facultad de crear, modi fi car y suprimir contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos es otorgada a los gobiernos locales, siempre que sea dentro de su jurisdicción y con los límites que la ley establece, esto en concordancia con la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante D.S. Nº 133-2013-EF y con el artículo 9º numeral 9 de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el artículo 52º del TUO del Código Tributario, aprobado mediante D.S. Nº 133-2013-EF, establece que es competencia de los gobiernos locales administrar exclusivamente las contribuciones y tasas municipales, sean estas últimas derechos, licencias o arbitrios y, por excepción, los impuestos que la ley les asigne. Asimismo, el artículo 41º de la misma norma señala que excepcionalmente los gobiernos locales podrán condonar, con carácter general, el interés moratorio y las sanciones respecto de los impuestos que administren, estableciendo que, en el caso de contribuciones y tasas, dicha condonación también podrá alcanzar al tributo; Que, el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que “Las Ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración, supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa. Mediante Ordenanzas se crean, modi fi can, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley (…)”. Asimismo, el inciso 8) del artículo 9º de la misma norma, señala que corresponde al Concejo Municipal “Aprobar, modi fi car o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos”; Que, en el marco de la Ordenanza Municipal Nº 004- 2021/MDPN, de fecha 27 de mayo de 2021, regula el otorgamiento de Constancia de Posesión, Visación de Planos y Memoria Descriptiva para los pobladores que formen parte de programas y/o proyectos de factibilidad de servicios por parte del Estado y/o de las empresas prestadoras de los Servicios Básicos; Que, en atención a las normas glosadas, los gobiernos locales se encuentran facultados para establecer políticas y estrategias que incentiven a los contribuyentes a cumplir sus obligaciones tributarias, y de esta forma garantizar el fi nanciamiento de servicios públicos a favor de la comunidad; Que, por Informe Nº 299-2021-SGRRFT-GAT/MDPN de fecha 03 de setiembre de 2021, la Sub Gerencia de Recaudación, Registro y Fiscalización Tributaria, remite a la Gerencia de Administración Tributaria el proyecto de Ordenanza Municipal para aprobar “El Programa Declara tu Predio” que tiene como objetivo actualizar la base tributaria de la jurisdicción de Punta Negra y otorgar incentivos para la presentación voluntaria de la declaración jurada de inscripción o recti fi cación del Impuesto Predial o presentación de Declaración Jurada como resultado del proceso de fi scalización de predios; Que, mediante Informe Nº 051-2021-GAT/MDPN, de fecha 03 de setiembre de 2021, la Gerencia de Administración Tributaria, remite a la Gerencia Municipal la propuesta de Ordenanza Municipal para aprobar “El Programa Declara tu Predio”, a efectos de proseguir con el trámite correspondiente y emisión de opinión legal; Que, con Informe Nº 217-2021-GAJ/MDPN de fecha 06 de setiembre de 2021, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión legal concluyendo que resulta viable la aprobación del proyecto de Ordenanza que aprueba el Programa “Declara tu Predio”, para la actualización tributaria del impuesto predial y arbitrios municipales en el distrito de Punta Negra, debiéndose subsanar las observaciones formuladas previo a su elevación al Concejo Municipal; Que, por Informe Nº 059-2021-GAT/MDPN, de fecha 14 de setiembre de 2021, la Gerencia de Administración Tributaria subsana las observaciones advertidas por la Gerencia de Asesoría Jurídica, la misma que es puesta a conocimiento de la Gerencia Municipal y, con Proveído Nº 691-2021/GM la Gerencia Municipal remite los actuados a la Secretaría General e Imagen Institucional para elevar al Concejo Municipal la propuesta de Ordenanza; Estando a lo expuesto, de conformidad a lo establecido por los numerales 8 y 9 del artículo 9º y artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el artículo 41º del TUO del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, el Concejo Municipal por UNANIMIDAD aprueba: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PROGRAMA “DECLARA TU PREDIO” ACTUALIZACIÓN TRIBUTARIA DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES EN PUNTA NEGRA Artículo 1º.- OBJETIVO La presente Ordenanza tiene como objetivo actualizar la base tributaria de la jurisdicción del distrito de Punta Negra, y otorgar incentivos para la presentación voluntaria de la declaración jurada de inscripción o recti fi cación del Impuesto Predial o presentación de Declaración Jurada como resultado del proceso de fi scalización de predios, así como el cumplimiento debido de la tasa de arbitrios municipales. Artículo 2º.- ALCANCES Podrán acogerse a la presente ordenanza todos aquellos contribuyentes que se encuentren en las siguientes situaciones: - Propietarios y/o posesionarios que cuenten con predio en la jurisdicción de Punta Negra y no hayan cumplido con declararlo(s) ante la Administración Tributaria. - Propietarios y/o posesionarios que cuenten con predio en la jurisdicción de Punta Negra, y no hayan cumplido con actualizarlo(s) (cambio de uso, aumento de valor, etc.) ante la Administración Tributaria. - Propietarios y/o posesionarios que cuenten con predio en la jurisdicción de Punta Negra, al (los) cual(es), dentro de la vigencia de la presente Ordenanza se le(s) determine deuda producto del proceso de fi scalización. Artículo 3º. - DEFINICIONES PROGRAMA “DECLARA TU PREDIO” ACTUALIZACIÓN TRIBUTARIA DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES EN PUNTA NEGRA: Es el conjunto de actividades desarrolladas por la Administración Tributaria destinadas a veri fi car el cumplimiento de las obligaciones tributarias, con la fi nalidad de ampliar la base tributaria por medio de la identi fi cación de omisos y subvaluadores y, que mediante la presentación de su declaración jurada, conlleven a la correcta determinación de su impuesto predial con los límites establecidos en el artículo 14º del TUO de la Ley de Tributación Municipal y la normativa legal vigente aplicable. De igual modo, serán tramitadas aquellas Declaraciones Juradas del Impuesto Predial que modi fi quen total o parcialmente los criterios de distribución de los Arbitrios Municipales que in fl uya directamente con su determinación, observando los límites establecidos en la normativa legal vigente aplicable. Asimismo, se procederá a la fi scalización del cumplimiento de obligaciones formales y/o sustanciales de la tasa de Arbitrios Municipales, ello con las prerrogativas establecidas en la normativa vigente aplicable. Consta de dos etapas: - PRIMERA ETAPA - Actualización de información: Oportunidad que brinda la Administración Tributaria a todos los contribuyentes del distrito de Punta Negra a través del PROGRAMA “DECLARA TU PREDIO”