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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE OCTUBRE DEL AÑO 2021 (16/10/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 49

49 NORMAS LEGALES Sábado 16 de octubre de 2021 El Peruano / Nacional de Pensiones, aprobado por Decreto Supremo Nº 354-2020-EF. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los quince días del mes de octubre del año dos mil veintiuno. JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República PEDRO FRANCKE BALLVÉ Ministro de Economía y Finanzas 2002063-15 Aceptan renuncia de director independiente del Directorio de la Superintendencia del Mercado de Valores - SMV RESOLUCIÓN SUPREMA N° 021-2021-EF Lima, 15 de octubre de 2021CONSIDERANDO:Que, de acuerdo con el artículo 4 del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Mercado de Valores – SMV, aprobado mediante el Decreto Ley N° 26126, el Directorio de la SMV está compuesto, entre otros, por un director independiente, quien no debe tener confl ictos de interés ni encontrarse vinculado en el ejercicio de su profesión con las materias bajo la competencia de la SMV, y es designado por un periodo de seis (6) años no renovables para el periodo inmediato mediante resolución suprema refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, mediante la Resolución Suprema N° 004-2018- EF, se designó al señor Gonzalo Podestá Haustein como director independiente del Directorio de la SMV; Que, el señor Gonzalo Podestá Haustein ha formulado su renuncia al cargo que venía desempeñando, por lo que resulta necesario aceptar la misma; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en el Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado mediante el Decreto Ley N° 26126; Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1. Aceptar la renuncia presentada por el señor Gonzalo Podestá Haustein como director independiente del Directorio de la Superintendencia del Mercado de Valores – SMV, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2. La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República PEDRO FRANCKE BALLVÉ Ministro de Economía y Finanzas 2002063-23 EDUCACION Designan Jefa de la Oficina de Seguimiento y Evaluación Estratégica RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 398-2021-MINEDU Lima, 15 de octubre de 2021CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Jefe(a) de la O fi cina de Seguimiento y Evaluación Estratégica, dependiente de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica del Ministerio de Educación; Que, resulta necesario designar a la persona que ejercerá el cargo al que se hace referencia en el considerando precedente; De conformidad con lo previsto en la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora CAROLINA FRESYA LIZANO ESPINOZA en el cargo de Jefa de la O fi cina de Seguimiento y Evaluación Estratégica, dependiente de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica del Ministerio de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS ALFONSO GALLARDO GÓMEZ Ministro de Educación 2002036-1 Aprueban las Bases del Concurso “Reconocimiento y Difusión de Iniciativas en Innovación Tecnológica y Educativa de la Educación Superior Tecnológica y Técnico - Productiva 2020 - 2021 - INNOVACIÓN EN TIEMPOS DE PANDEMIA - YUYAY” RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 300-2021-MINEDU Lima, 15 de octubre de 2021VISTOS, el Expediente N° 0138528-2021, el Informe Nº 00128-2021-MINEDU/VMGP-DIGESUTPA-DISERTPA de la Dirección de Servicios de Educación Técnico - Productiva y Superior Tecnológica y Artística, el Informe Nº 01364-2021-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto, dependiente de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto, el Informe Nº 01137-2021-MINEDU/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 de la Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, establece que el Sector Educación se encuentra bajo la conducción y rectoría del Ministerio de Educación; asimismo, de acuerdo con el literal a) del numeral 1 y el literal a) del numeral 2 del artículo 5 de la citada Ley, son funciones rectoras y técnico-normativas del Ministerio de Educación, formular, planear, dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; así como aprobar las disposiciones normativas vinculadas con sus ámbitos de competencia, respectivamente; Que, el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por fi nalidad de fi nir, dirigir y articular la política de educación, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado; Que, de acuerdo con lo dispuesto por el literal h) del artículo 8 de la Ley Nº 28044, la educación peruana se sustenta en el principio de creatividad y la innovación, que promueve la producción de nuevos conocimientos en todos los campos del saber, el arte y la cultura; asimismo, conforme con lo previsto en el literal g) del artículo 13 de