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28 NORMAS LEGALES Domingo 17 de octubre de 2021 El Peruano / corresponda, que el traslado se realice con todas las garantías necesarias para prevenir el riesgo de contagio del COVID-19 en el reclamado y sus custodios como acto previo a la ejecución de su extradición. Artículo 4.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República ANÍBAL TORRES VÁSQUEZ Ministro de Justicia y Derechos Humanos OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 2002062-12 PRODUCE Formalizan Acuerdo que aprobó designación de Jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del INACAL RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 041-2021-INACAL/PE Lima, 15 de octubre de 2021 VISTO: La Nota N° 017-2021-INACAL/SCD del Secretario del Consejo Directivo, el Memorando N° 124-2021-INACAL/GG de la Gerencia General, y la Nota N° 050-2021-INACAL/OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad, dispone que el Instituto Nacional de Calidad – INACAL, es un organismo Público Técnico Especializado, adscrito al Ministerio de la Producción, con personería jurídica de derecho público, con competencia a nivel nacional y autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y fi nanciera; además es el ente rector y máxima autoridad técnico normativa del Sistema Nacional para la Calidad; Que, el literal b) del artículo 14 de la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad, establece como una de las funciones del Consejo Directivo, la de designar y remover a los directores de los órganos de línea, o a quienes hagan sus veces, así como a los jefes de los órganos de administración interna; siendo esta disposición concordante con lo señalado en el literal b) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del INACAL, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-2019-PRODUCE; Que, se encuentra vacante el cargo de Jefe de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto del Instituto Nacional de Calidad; Que, a través de la Nota N° 017-2021-INACAL/SCD del Secretario del Consejo Directivo, se comunica que mediante Acuerdo, adoptado en la Sesión N° 020-2021 de fecha 14 de octubre de 2021, el Consejo Directivo aprobó designar al señor Jorge David Chang Serrano como Jefe de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto del Instituto Nacional de Calidad; Con las visaciones de la Gerencia General y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad; y el Decreto Supremo N° 009-2019-PRODUCE, Decreto Supremo que aprueba la Sección Única del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Calidad – INACAL; SE RESUELVE:Artículo Único.- Formalizar el Acuerdo adoptado por el Consejo Directivo del Instituto Nacional de Calidad, en la Sesión N° 020-2021 de fecha 14 de octubre de 2021, mediante el cual se aprobó la designación del señor Jorge David Chang Serrano como Jefe de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto del Instituto Nacional de Calidad. Regístrese, comuníquese y publíquese.M. CLARA GÁLVEZ CASTILLO Presidenta EjecutivaInstituto Nacional de Calidad 2001809-1 Aprueban “Instructivo para la suscripción de contratos y adendas para la prestación de servicios tecnológicos de soporte productivo que brinda el Instituto Tecnológico de la Producción - ITP” Instituto Tecnológico de la Producción RESOLUCIÓN EJECUTIVA Nº 093-2021-ITP/DE Lima,15 de octubre de 2021VISTOS:El Memorando N° 431-2021-ITP/CITEPESQUERO- CALLAO de fecha 14 de junio de 2021 e Informe Técnico N° 0008-2021-ITP/CITEPESQUERO-CALLAO de fecha 13 de septiembre de 2021 del Centro de Innovación y Transferencia Tecnológica Pesquero – CITEpesquero; el Memorando N° 3324-2021-ITP/OPPM de fecha 09 de septiembre de 2021, el Informe N° 0061-2021-ITP/MODERNIZACION de fecha 09 de septiembre de 2021, el Informe Técnico N° 0043-2021-ITP/MODERNIZACION de fecha 22 de septiembre de 2021 y Memorando N° 3599-2021-ITP/OPPM de fecha 28 de septiembre de 2021 de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° 296-2021-ITP/OAJ de fecha 14 de octubre de 2021 de la Oficina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 92, modi fi cado por el Decreto Legislativo N° 1451, se crea el Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); Que, en virtud de lo dispuesto por el artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE, los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica-CITE tienen por objeto, entre otros, contribuir a la mejora de la productividad y competitividad de las empresas y los sectores productivos a través de actividades de capacitación y asistencia técnica; asesoría especializada para la adopción de nuevas tecnologías; transferencia tecnológica; investigación, desarrollo e innovación productiva y servicios tecnológicos, difusión de información; generando mayor valor en la transformación de los recursos, mejorando la oferta, productividad y calidad de los productos tanto para el mercado nacional como para el mercado externo, propiciando la diversi fi cación productiva; Que, de acuerdo con el artículo 41 del Decreto Supremo N° 005-2016- PRODUCE, que aprobó el Reglamento de Organización y funciones del Instituto Tecnológico de la Producción – ITP, los CITE públicos de competencia del