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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE OCTUBRE DEL AÑO 2021 (17/10/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 78

TEXTO PAGINA: 29

29 NORMAS LEGALES Domingo 17 de octubre de 2021 El Peruano / sector producción, son órganos desconcentrados del ITP y dependen jerárquicamente de la Dirección Ejecutiva; Que, en el literal a) del artículo 8 de la Resolución Ejecutiva N° 19-2021- ITP/DE, la Dirección Ejecutiva del ITP delegó en los/las Directores/as de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Públicos – CITE Públicos, la representación legal a fi n de ejercer la facultad de suscribir contratos y sus respectivas adendas para la venta de bienes y la prestación de los servicios que brinda el CITE, de acuerdo con el tarifario vigente a la fecha de contratación y el procedimiento propuesto por el CITE y aprobado por Resolución Ejecutiva; Que, con Memorando N° 431-2021-ITP/ CITEPESQUERO-CALLAO de fecha 14 de junio de 2021 e Informe Técnico N° 0008-2021-ITP/CITEPESQUERO-CALLAO de fecha 13 de septiembre de 2021, el Centro de Innovación y Transferencia Tecnológica Pesquero – CITEpesquero remitió a la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización el sustento técnico de la propuesta denominada “Instructivo para firma de Contratos y Adendas de prestación de servicios de Soporte Pro ductivo para los CITE públicos”, cuyo objetivo es establecer orientaciones, instrucciones y ordenamiento procedimental para la suscripción de contratos de prestación de servicios tecnológicos de soporte productivo que brinde el Instituto Tecnológico de la Producción a través de los CITE públicos, y sus respectivas adendas, de acuerdo con el tarifario vigente a la fecha de su contratación; así como gestionar la documentación correspondiente a los actos previos y aquellos requeridos para la ejecución de estos, incluyendo las coordinaciones y noti fi caciones respectivas; Que, a través del el Memorando N° 3324-2021-ITP/ OPPM de fecha 09 de septiembre de 2021, el Informe N° 0061-2021-ITP/MODERNIZACION de fecha 09 de septiembre de 2021, el Informe Técnico N° 0043-2021-ITP/MODERNIZACION de fecha 22 de septiembre de 2021 y Memorando N° 3599-2021-ITP/OPPM de fecha 28 de septiembre de 2021, la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización emitió opinión favorable para la aprobación del proyecto de Instructivo con la denominación de “Instructivo para el procedimiento de la firma de contratos y adendas para la prestación de servicios tecnológicos de soporte productivo que brinda el Instituto Tecnológico de la Producción - ITP” , toda vez que, las disposiciones establecidas en dicho Instructivo son aplicables para aquellos CITE públicos que brindan servicios tecnológicos de soporte productivo y en cumplimiento del literal a) del artículo 8 de la Resolución Ejecutiva N° 019-2021-ITP/DE; Que, mediante Informe N° 296-2021-ITP/OAJ de fecha 14 de octubre de 2021, la O fi cina de Asesoría Jurídica opinó que corresponde aprobar el proyecto de Instructivo con la denominación de “Instructivo para la suscripción de contratos y adendas para la prestación de servicios tecnológicos de soporte productivo que brinda el Instituto Tecnológico de la Producción - ITP”, de conformidad con el ordenamiento jurídico vigente; Que, atendiendo al marco normativo y por los fundamentos señalados, resulta necesario aprobar el instructivo denominado “Instructivo para la suscripción de contratos y adendas para la prestación de servicios tecnológicos de soporte productivo que brinda el Instituto Tecnológico de la Producción - ITP”, conforme a lo establecido en la Directiva N° 002-2020-ITP/DE “Directiva para la Elaboración, Aprobación y Modificación de los Documentos Normativos de Gestión Interna del Instituto Tecnológico de la Producción –ITP” aprobada mediante Resolución Ejecutiva N° 104-2020-ITP/DE; Con los vistos de la Secretaría General, la O fi cina de Asesoría Jurídica, la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, en lo que corresponde a sus competencias; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 92, modi fi cado por el Decreto Legislativo N° 1451, que crea el Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); el Decreto Supremo N° 005-2016-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del ITP;SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Instructivo denominado “Instructivo para la suscripción de contratos y adendas para la prestación de servicios tecnológicos de soporte productivo que brinda el Instituto Tecnológico de la Producción - ITP”, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Encargar la implementación y operatividad de la Directiva aprobada en el artículo 1 a los órganos del ITP, en lo que corresponda a sus funciones. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, y el Instructivo aprobado de la presente Resolución con sus respectivos anexos en el portal institucional del Instituto Tecnológico de la Producción- ITP (www.gob.pe/itp). Regístrese, comuníquese y publíquese.SERGIO RODRIGUEZ SORIA Director Ejecutivo 2001981-1 SALUD Aceptan renuncia de Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud RESOLUCIÓN SUPREMA N° 025-2021-SA Lima, 16 de octubre de 2021CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Suprema N° 007-2021-SA, de fecha 15 de febrero de 2021, se designó al médico cirujano Bernardo Elvis Ostos Jara, en el cargo de Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud del Ministerio de Salud; Que, el citado funcionario ha formulado renuncia al cargo antes señalado, la cual resulta pertinente aceptar; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el médico cirujano Bernardo Elvis Ostos Jara, al cargo de Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud del Ministerio de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República HERNANDO CEVALLOS FLORES Ministro de Salud 2002069-9 Encargan funciones de Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud RESOLUCIÓN SUPREMA N° 026-2021-SA Lima, 16 de octubre de 2021